RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 060-2010-MDLP/ALC - Designan funcionario responsable de la elaboración, actualización y adecuación del Portal de Transparencia

Fecha de publicación08 Julio 2010
Fecha de disposición08 Julio 2010
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, jueves 8 de julio de 2010
421886
Concertado, rigiéndose por reglamento aprobado por
Ordenanza Municipal según lo establece el artículo 105°
de la misma Ley;
Que, de acuerdo a lo señalado en el numeral 1 del
artículo 9° de la Ley Orgánica de Municipalidades, el
Concejo Municipal mantiene la atribución de aprobar los
planes de desarrollo municipal concertados y el Presupuesto
Participativo. Asimismo, el numeral 14 del referido artículo
señala que el Concejo Municipal aprueba las normas que
garanticen una efectiva participación vecinal;
Que, mediante la Ley N° 28056 Ley Marco del
Presupuesto Participativo, reglamentada por Decreto
Supremo N° 171-2003-EF, se dispone asegurar la
efectiva participación de la sociedad civil en el Proceso
de Programación Participativa del Presupuesto, el cual
se desarrolla en armonía con los planes de desarrollo
concertados de los Gobiernos Locales;
Que, en virtud al Decreto Supremo Nº 142-2009-EF,
modif‌i cada mediante Decreto Supremo N° 131-2010-EF, se
aprueba el Reglamento de la Ley Marco del Presupuesto
Participativo;
Que, conforme al Decreto Supremo Nº 97-2009-EF,
modif‌i cada mediante Decreto Supremo N° 132-2010-EF,
se establecen los criterios para delimitar proyectos de
impacto regional, provincial y distrital en el presupuesto
participativo;
Que, el Instructivo N° 001-2010-EF/76.01 Instructivo
para el Proceso del Presupuesto Participativo Basado en
Resultados, aprobado mediante Resolución Directoral
N° 007-2010-EF/76.01, publicado en el Diario Of‌i cial El
Peruano con fecha 10 de abril del 2010, establece los
lineamientos, mecanismos y pautas para que los gobiernos
regionales y locales desarrollen el proceso en mención,
precisando diversos criterios para delimitar los proyectos
de impacto regional, provincial y local, de conformidad
a lo estipulado en la Ley N° 28056, sus modif‌i catorias y
reglamento así como en la Ley N° 28411 Ley General del
Sistema Nacional de Presupuesto;
Que, en este contexto y tomando en cuenta lo
expuesto, resulta necesario reglamentar la participación
de los representantes de la sociedad civil, así como sus
responsabilidades, obligaciones y derechos, dentro del
proceso de desarrollo del Presupuesto Participativo para el
Año 2011, el cual permitirá asegurar un uso ef‌i ciente de los
recursos públicos en el desarrollo local;
Que, en virtud de ello se conforma el Equipo Técnico
de la Municipalidad del Distrito de San Luis que elaborará
el Presupuesto Participativo para el Año 2011, el cual
está integrado por nueve miembros y será presidido por
Gerencia de Planeamiento, Presupuesto e Informática. El
Equipo Técnico brindará apoyo profesional y técnico;
En atención a lo expuesto, y por las facultades
contenidas en el numeral 8 y 14 del artículo 9° y el artículo
luego del debate correspondiente en Sesión Extraordinaria
de la fecha con la Dispensa del trámite de lectura y
aprobación del Acta, por Unanimidad con los aportes del
pleno del Concejo Municipal se aprobó el siguiente:
REGLAMENTO DEL PROCESO DEL
PRESUPUESTO PARTICIPATIVO BASADO EN
RESULTADOS EN EL DISTRITO DE SAN LUIS PARA
EL AÑO 2011
Artículo Primero.- Aprobar el Reglamento del Proceso
del Presupuesto Participativo Basado en Resultados en
el Distrito de San Luis para el año 2011 que consta de
tres anexos. El Anexo N° 1 «Cronograma», el Anexo N° 2
«Reglamento del Proceso del Presupuesto Participativo
Basado en Resultados en el Distrito de San Luis para
el año 2011» y el Anexo N° 3 «Criterios de priorización»
que forman parte integrante de la presente Ordenanza.
El primero es un cronograma de actividades, el segundo
contiene dos títulos, siete capítulos, cuarenta y cuatro
artículos y seis disposiciones complementarias y f‌i nales;
y el tercero, contiene los criterios de priorización y sus
respectivos puntajes.
Artículo Segundo.- Encargar a Gerencia Municipal,
Gerencia de Planeamiento, Presupuesto e Informática
y Gerencia de Desarrollo Urbano la ejecución de las
acciones que correspondan a sus competencias y
atribuciones para asegurar el cumplimiento de la presente
Ordenanza.
Artículo Tercero.- Derogar todas las normas
municipales que se opongan a la presente Ordenanza.
Artículo Cuarto.- Los Anexos N° 1, 2 y 3 del
Reglamento del Proceso del Presupuesto Participativo
Basado en Resultados en el Distrito de San Luis para
el año 2011 se publicarán en el portal electrónico de la
municipalidad (www.munisanluis.gob.pe). La publicación
virtual del Reglamento está a cargo de la Subgerencia de
Imagen y Participación Vecinal.
Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.
FERNANDO DURAND MEJIA
Alcalde
515927-1
PROVINCIAS
MUNICIPALIDAD DE LA PUNTA
Designan funcionario responsable de la
elaboración, actualización y adecuación
del Portal de Transparencia
RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA
Nº 060-2010-MDLP/ALC
La Punta, 1 de julio del 2010
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD
DISTRITAL DE LA PUNTA;
CONSIDERANDO:
Que, la Ley de Transparencia y Acceso a la Información
Pública Nº 27806, tiene por f‌i nalidad promover la transparencia
de los actos del estado y regular el derecho fundamental de
acceso a la información consagrado en el numeral 5 del
Que, en el segundo párrafo del artículo 4º del
Reglamento de la citada ley, aprobada por el Decreto
Supremo Nº 072-2003-PCM, se establece que la
designación del funcionario responsable de la elaboración
y actualización del Portal se efectuará mediante Resolución
de la máxima autoridad de la Entidad, y será publicada en
el Diario Of‌i cial El Peruano;
Que, mediante el Decreto Supremo Nº 063-2010-
PCM, publicado el 3 de junio de 2010, se aprueba la
implementación del Portal de Transparencia Estándar en
las Entidades de la Administración Pública. Asimismo,
en el tercer párrafo del artículo 3º de la citada norma,
se establece que el registro y la actualización de la
información de transparencia son de carácter obligatorio
y de estricta responsabilidad de cada entidad de la
Administración Pública;
Estando a las consideraciones expuestas, y en uso
de las facultades conferidas por el artículo 20° de la Ley
Orgánica de Municipalidades N° 27972;
RESUELVE:
Artículo Primero.- DESIGNAR al Jefe de la Unidad de
Tecnología de la Información de la Municipalidad Distrital de
La Punta como funcionario responsable de la elaboración,
actualización y adecuación del Portal de Transparencia,
de conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27806, su
Artículo Segundo.- DISPONER que las unidades
orgánicas responsables del procesamiento de la
información, designe un coordinador, que tendrá relación
directa con el funcionario designado en el artículo
primero.
Artículo Tercero.- DISPONER la publicación de la
presente Resolución en el Diario Of‌i cial El Peruano.
Regístrese, publíquese y cúmplase.
WILFREDO DUHARTE GADEA
Alcalde
515369-1

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