Autorizan ejercer cargo de martillero público a nivel nacional

Fecha de publicación26 Noviembre 1999
Fecha de disposición26 Noviembre 1999
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NORMAS LEGALES
Lima, viernes 26 de noviembre de 1999
mentaria están a disposición de los interesados en el Regis-
tro Público del Mercado de Valores.
Artículo 4º.- Transcribir la presente Resolución a Nue-
vo Mundo Sociedad Administradora de Fondos de Inversión
S.A.; a Argenta Sociedad Agente de Bolsa S.A., en su calidad
de representante de los obligacionistas; a Seminario y Cía.
Sociedad Agente de Bolsa S.A., en su calidad de agente
colocador; a CAVALI ICLV S.A. y a la Bolsa de Valores de
Lima.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
GUSTAVO BERAMENDI GALDOS
Gerente General
Comisión Nacional Supervisora
de Empresa y Valores
14648
Disponen inscribir segunda emisión
de bonos subordinados de institución
bancaria en el Registro Público del
Mercado de Valores
RESOLUCION GERENCIAL
Nº 005-99-EF/94.50
Lima, 17 de noviembre de 1999
VISTOS:
El Expediente Nº 99/00454 del BANCO DEL PRO-
GRESO, y el Memorándum Nº 012-99-EF/94.50.1 de fecha
16 de noviembre de 1999.
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con el numeral 14 del Artículo 221º
de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de
Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y
Seguros, Ley Nº 26702, las empresas bancarias pueden
emitir y colocar bonos, en moneda nacional o extranjera,
incluidos los subordinados, siempre que sean de su propia
emisión;
Que, mediante Junta General Anual de Accionistas del
BANCO DEL PROGRESO de fecha 26 de marzo de 1999 se
aprobó un Programa Global de Emisión de Obligaciones,
autorizando un endeudamiento del Banco por un monto
máximo de Cuarenta Millones y 00/100 Dólares de los
Estados Unidos de América (US$ 40 000 000,00), o su
equivalente en moneda nacional, delegando al Directorio
del Banco las facultades suficientes de diseñar, aprobar y
autorizar las condiciones específicas de cada tramo de
emisiones parciales de deuda hasta por el monto antes
indicado;
Que, en mérito a las atribuciones delegadas, el Directo-
rio del BANCO DEL PROGRESO en sesiones de fechas 27
de mayo y 28 de octubre de 1999, aprobó la colocación por
oferta pública primaria de los "Bonos Subordinados del
Banco del Progreso - Segunda Emisión", hasta por la suma
de Siete Millones Quinientos Mil y 00/100 Dólares de los
Estados Unidos de América (US$ 7 500 000,00);
Que, mediante Resolución SBS Nº 0874-99 de fecha 23
de setiembre de 1999, la Superintendencia de Banca y
Seguros emitió opinión favorable respecto de la presente
emisión de bonos subordinados;
Que, en el presente caso se ha cumplido con presentar la
documentación e información requerida por el Reglamento
de Oferta Pública Primaria y de Venta, aprobado por Reso-
lución CONASEV Nº 141-98-EF/94.10, así como las dispo-
siciones aprobadas mediante Resolución Gerencia General
Nº 211-98-EF/94.11; y,
Estando a lo acordado por el Directorio de esta Comisión
Nacional, reunido en sesión de fecha 6 de abril de 1999, que
faculta al Gerente de Emisores y Empresas a disponer la
inscripción en el Registro Público del Mercado de Valores de
los valores cuya emisión por oferta pública tenga opinión
favorable de la Superintendencia de Banca y Seguros;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Inscribir en el Registro Público del Merca-
do de Valores los bonos subordinados denominados "Bonos
Subordinados del Banco del Progreso - Segunda Emisión"
del BANCO DEL PROGRESO, hasta por la suma de Siete
Millones Quinientos Mil y 00/100 Dólares de los Estados
Unidos de América (US$ 7 500 000,00), y registrar el
prospecto informativo correspondiente.
Artículo 2º.- La oferta pública de los bonos a que se
refiere el artículo anterior deberá efectuarse con sujeción a
lo dispuesto en el Artículo 25º y, de ser el caso, en el Artículo
29º del Reglamento de Oferta Pública Primaria y de Venta
de Valores Mobiliarios, aprobado por Resolución CONA-
SEV Nº 141-98-EF/94.10.
La colocación de los bonos a que se refiere el Artículo 1º
de la presente Resolución deberá efectuarse en un plazo que
no excederá de nueve (9) meses contados a partir de la fecha
de su inscripción en el Registro Público del Mercado de
Valores, prorrogables hasta por un período igual a petición
de parte.
Asimismo, se deberá cumplir con presentar a CONA-
SEV la documentación e información a que se refieren los
Artículos 23º y 24º del Reglamento de Oferta Pública Prima-
ria y de Venta de Valores Mobiliarios, aprobado por Resolu-
ción CONASEV Nº 141-98-EF/94.10.
Artículo 3º.- La inscripción y el registro a que se refiere
el Artículo 1º de la presente Resolución no implican que
CONASEV recomiende la inversión en los valores u opine
favorablemente sobre las perspectivas del negocio. Los
documentos e información para una evaluación comple-
mentaria están a disposición de los interesados en el Regis-
tro Público del Mercado de Valores.
Artículo 4º.- Transcríbase la presente Resolución al
BANCO DEL PROGRESO; al Banco de Crédito del Perú en
su calidad de representante de los obligacionistas; a CAVA-
LI ICLV S.A. y a la Bolsa de Valores de Lima.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
HECTOR VALENTIN HURTADO
Gerente de Emisores y Empresas
14570
OFICINA REGISTRAL
DE LIMA Y CALLAO
Autorizan ejercer cargo de martillero
público a nivel nacional
RESOLUCION JEFATURAL
Nº 651-99-ORLC/JE
Lima, 23 de noviembre de 1999
Visto el expediente organizado por don PABLO COL-
BERT ROJAS TAMAYO, sobre obtención del título de
Martillero Público para actuar a nivel nacional y el Oficio Nº
587-99-ORLC/GBM del 19 de noviembre de 1999; emitido
por la Gerencia de Bienes Muebles; y,
CONSIDERANDO:
Que, el interesado ha cumplido con lo establecido en el
Decreto Supremo Nº 005-98-JUS, Texto Unico de Procedi-
mientos Administrativos de la SUNARP y de sus órganos
desconcentrados, de fecha 27 de junio de 1998 y, en el
Artículo 116º del Código de Comercio, modificado por el
Decreto Ley Nº 18948 y el Reglamento de Martilleros
Públicos, aprobado por Resolución Suprema del 27 de mayo
de 1914, reuniendo los requisitos necesarios para el desem-
peño del cargo de Martillero Público a nivel nacional, según
se desprende de la documentación que acompaña a su
pedido;
Que, asimismo, de acuerdo a lo regulado por la Resolu-
ción Suprema Nº 008-90-ICTI/CO, que establece las moda-
lidades de garantía que deben prestar los que deseen ejercer
el cargo de Martillero Público, el recurrente ha optado por
otorgar garantía efectiva, equivalente a una y media Uni-
dades Impositivas Tributarias, a favor de la Oficina Regis-
tral de Lima y Callao, mediante Certificado de Depósito Nº
1999424410455;
En uso de las atribuciones conferidas por el Artículo 8º
del Texto Unico Ordenado del Reglamento de Organización
y Funciones de la Oficina Registral de Lima y Callao,
aprobado por Resolución del Superintendente Nacional de
los Registros Públicos Nº 185-96-SUNARP, la Resolución
del Superintendente Nacional de los Registros Públicos Nº
022-95-SUNARP, los Artículos 28º y 29º del Estatuto de la

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