RESOLUCION Nº 020-024-0000095/SUNAT - Dejan sin efecto designación de Auxiliares Coactivos de la Intendencia Regional Lima

Fecha de publicación10 Febrero 2011
Fecha de disposición10 Febrero 2011
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, jueves 10 de febrero de 2011
435940
Nº 020-2007-MTC, modif‌i cado por Decreto Supremo
Nº 001-2010-MTC, establece que al solicitante que se
le hubiera resuelto su contrato de concesión por incurrir
en la causal de resolución prevista en el numeral 10 del
artículo 137º y no hayan transcurrido dos (2) años desde
la notif‌i cación de la resolución correspondiente, no se le
otorgará concesión o autorización; asimismo, es aplicable
también a los accionistas, socios, asociados, director o
representante legal, de la persona jurídica que incurrió en
la referida causal, sean éstos solicitantes o formen parte
de una persona jurídica solicitante;
Que, mediante el Informe Nº 081-2011-MTC/27, la
Dirección General de Concesiones en Comunicaciones
concluye que la empresa MULTIVISIÓN TV CABLE
E.I.R.L. ha incurrido en causal de resolución del
contrato de concesión única aprobado por Resolución
Ministerial Nº 638-2009-MTC/03, prevista en el numeral
10 del artículo 137º del Texto Único Ordenado del
Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones,
aprobado mediante Decreto Supremo Nº 020-2007-
MTC, modif‌i cado mediante Decreto Supremo Nº 001-
2010-MTC, concordante con la cláusula décimo octava
del referido contrato de concesión única, por haber
redistribuido la señal de otro concesionario que brinda
el servicio público de distribución de radiodifusión por
cable, sin contar con el acuerdo correspondiente;
Que, asimismo, concluye que es procedente
cancelar la inscripción de la Ficha Nº 192 en el Registro
de Servicios Públicos de Telecomunicaciones, realizada
mediante Resolución Directoral Nº 607-2009-MTC/27 a
favor de la empresa MULTIVISIÓN TV CABLE E.I.R.L.,
y aplicar lo establecido en el numeral 8 del artículo 113º
del Texto Único Ordenado citado en el considerando
precedente;
De conformidad con lo dispuesto por el Texto
Único Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones,
aprobado por el Decreto Supremo Nº 013-93-TCC y su
modif‌i catoria; el Texto Único Ordenado del Reglamento
General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado
modif‌i catoria mediante Decreto Supremo Nº 001-2010-
MTC; el Reglamento de Organización y Funciones del
Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado
por el Decreto Supremo N° 021-2007-MTC; y,
Con la opinión favorable del Director General de
Concesiones en Comunicaciones y la conformidad del
Viceministro de Comunicaciones;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Declarar que ha quedado resuelto el
Contrato de Concesión Única suscrito con la empresa
MULTIVISIÓN TV CABLE E.I.R.L., para la prestación
de los servicios públicos de telecomunicaciones en todo
el territorio de la República del Perú, aprobado por la
Resolución Ministerial Nº 638-2009-MTC/03; quedando sin
efecto la mencionada resolución, conforme a lo expuesto
en la parte considerativa de la presente resolución.
Artículo 2º.- Cancelar la inscripción en el Registro de
Servicios Públicos de Telecomunicaciones de la Ficha
Nº 192, realizada a favor de la empresa MULTIVISIÓN
TV CABLE E.I.R.L., mediante la Resolución Directoral
Nº 607-2009-MTC/27, conforme a lo expuesto en la parte
considerativa de la presente resolución.
Artículo 3º.- Aplicar a la empresa MULTIVISIÓN
TV CABLE E.I.R.L., su Gerente General y/o Socios, lo
establecido en el numeral 8 del artículo 113º del Texto
Único Ordenado del Reglamento General de la Ley
de Telecomunicaciones, aprobado mediante Decreto
Supremo Nº 020-2007-MTC y modif‌i cado mediante
Artículo 4º.- Remitir copia de la presente resolución
a la Dirección General de Control y Supervisión de
Comunicaciones, para los f‌i nes de su competencia.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ENRIQUE CORNEJO RAMÍREZ
Ministro de Transportes y Comunicaciones
600923-1
ORGANISMOS EJECUTORES
SUPERINTENDENCIA NACIONAL
DE ADMINISTRACION
TRIBUTARIA
Dejan sin efecto designación de
Auxiliares Coactivos de la Intendencia
Regional Lima
INTENDENCIA REGIONAL LIMA
RESOLUCIÓN DE INTENDENCIA
Nº 020-024-0000095/SUNAT
Lima, 28 de enero de 2011
CONSIDERANDO:
Que, habiéndose designado Auxiliares Coactivos
mediante las Resoluciones de Intendencia Nº 020-
024-0000023, 020-024-0000066 y 020-024-0000080
publicadas en el Diario Of‌i cial El Peruano el 16 de mayo
del 2008, 19 de marzo del 2010 y 14 de octubre del 2010;
por cambio de Área de los profesionales y fallecimiento
de uno de ellos, es necesario dejar sin efecto 5 de las
designaciones.
Que, el artículo 4° de la Resolución de
Superintendencia N° 216-2004/SUNAT ha facultado al
Intendente de Aduana Marítima del Callao, Intendente
de Aduana Aérea del Callao, Intendente de Fiscalización
y Gestión de Recaudación Aduanera, Intendente de
Principales Contribuyentes Nacionales, Intendentes
de Aduanas desconcentradas y en los Intendentes
Regionales de la SUNAT a designar, mediante
Resoluciones de Intendencia, a los trabajadores que
se desempeñarán como Auxiliares Coactivos dentro
del ámbito de competencia de cada una de esas
Intendencias;
En uso de las facultades conferidas en la Resolución
de Superintendencia N° 216-2004/SUNAT.
SE RESUELVE:
Artículo Unico.- Dejar sin efecto la designación como
auxiliar coactivo de la Intendencia Regional Lima, de los
funcionarios que se indican a continuación:
REG. APELLIDOS Y NOMBRES
1 6229 ABRILL ARRIOLA PATRICIA
2 6653 CHUNGA SALGADO LUIS ANGEL
3 3429 ESTACIO BUSTAMANTE ROSENDO ALFREDO
4 3136 MORALES MALPARTIDA LUZMILA
5 6684 YANQUI CALLACONDE ROCIO LILIANA
Regístrese, comuníquese y publíquese.
GIOVANNA CONSUELO FERNÁNDEZ VELAZCO
Intendente Regional
Intendencia Regional Lima
600671-1
Designan Auxiliar Coactiva de la
Intendencia Regional Junín
INTENDENCIA REGIONAL JUNIN
RESOLUCIÓN DE INTENDENCIA
N° 130-024-0000196/SUNAT
Huancayo, 11 de enero de 2011

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