RESOLUCION N° 1868-2012 - Autorizan a Financiera Edyficar la apertura de seis (06) Oficinas Especiales bajo la modalidad de local compartido con el Banco de la Nación en los departamentos de Junín, Piura, Ancash y Cajamarca

Fecha de disposición04 Abril 2012
Fecha de publicación04 Abril 2012
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, miércoles 4 de abril de 2012
463666
e) Se invitará a un menor de edad, para que luego de
revolver el bolillero, extraiga los bolillos y los muestre a
los asistentes.
f) El partido político o movimiento al que corresponda
el primer bolillo extraído ocupará el primer lugar en su
respectivo bloque; el partido político o movimiento al que
corresponda el segundo bolillo ocupará el segundo lugar,
y así sucesivamente hasta concluir con el sorteo.
g) El Notario Público o el Juez de Paz dará conformidad
a los bolillos extraídos y los funcionarios de la ONPE u
ODPE registrarán los resultados.
Artículo 5°.- Retiro o desistimiento de organización
política
En el caso que alguna organización política se retire o
desista de participar en el proceso electoral, la ubicación
asignada será tomada por la organización a la que
corresponda la posición inmediata inferior, según el orden
establecido mediante sorteo.
Artículo 6º.- Ubicación de las alianzas electorales
La ubicación de las Alianzas Electorales en cada
uno de los bloques de la cédula de sufragio se realizará
teniendo en cuenta a la organización política de mayor
alcance que conforma ésta.
Artículo 7º.- Publicidad y elaboración de actas de
los resultados del sorteo
Una vez obtenido el resultado de los sorteos mencionados,
se hace pública la ubicación de las organizaciones políticas
en la cédula de sufragio. De lo anterior, se levantará el acta
respectiva, en cuatro ejemplares. Uno de los ejemplares se
entregará al Notario Público o Juez de Paz, otro al Jurado
Electoral Especial o Jurado Nacional de Elecciones, otro al
Registro Nacional de Identif‌i cación y Estado Civil y el cuarto
quedará en poder de la ONPE u ODPE, según corresponda.
Asimismo, se entregará copias del acta al representante
de la Defensoría del Pueblo, a los personeros y a los
observadores que lo soliciten.
772065-1
SUPERINTENDENCIA
DE BANCA, SEGUROS Y
ADMINISTRADORAS PRIVADAS
DE FONDOS DE PENSIONES
Autorizan a Financiera Edyficar
la apertura de seis (06) Oficinas
Especiales bajo la modalidad de local
compartido con el Banco de la Nación
en los departamentos de Junín, Piura,
Ancash y Cajamarca
RESOLUCIÓN SBS Nº 1868-2012
Lima, 23 de marzo de 2012
EL INTENDENTE GENERAL DE BANCA
VISTA:
La solicitud presentada por Financiera Edyf‌i car
para que se le autorice la apertura de seis (06) Of‌i cinas
Especiales bajo la modalidad de local compartido con el
Banco de la Nación, de acuerdo con el detalle descrito en
la parte resolutiva; y,
CONSIDERANDO:
Que, la citada empresa ha cumplido con presentar la
documentación pertinente que sustenta dicha solicitud;
Estando a lo informado por el Departamento de
Supervisión Bancaria “A”;
De conformidad con lo dispuesto por el artículo 30º de
la Ley Nº 26702 - Ley General del Sistema Financiero y del
Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia
de Banca y Seguros y la Resolución Nº 775-2008; y, en
uso de las facultades delegadas mediante la Resolución
SBS Nº 12883-2009;
RESUELVE:
Artículo Único.- Autorizar a Financiera Edyf‌i car, la
apertura de seis (06) Of‌i cinas Especiales bajo la modalidad
de local compartido con el Banco de la Nación, conforme
al siguiente detalle:
- Jirón Lima Nº 592, distrito de Acobamba, provincia de
Tarma y departamento de Junín.
- Calle Simón Bolívar Nº 204, distrito de Chalaco,
provincia de Morropón y departamento de Piura.
- Jirón Comercio Mz. S4, Lote 15-B, distrito de Chiquián,
provincia de Bolognesi y departamento de Ancash.
- Calle José Carlos Mariátegui s/n, distrito de Paimas,
provincia de Ayabaca y departamento de Piura.
- Jirón Juan Ugaz Nº 199,distrito y provincia de Santa
Cruz, departamento de Cajamarca.
- Jirón 2 de Mayo s/n, distrito de Sorochuco, provincia
de Celendin y departamento de Cajamarca.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
RUBEN MENDIOLAZA MOROTE
Intendente General de Banca
772638-1
GOBIERNOS REGIONALES
GOBIERNO REGIONAL
DE CAJAMARCA
Convocan al Proceso de Presupuesto
Participativo para el año fiscal 2013
ORDENANZA REGIONAL
Nº 002-2012-GR.CAJ-CR
EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL
CAJAMARCA
POR CUANTO:
EL CONSEJO REGIONAL CAJAMARCA
Ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente:
CONSIDERANDO:
Que, la Constitución Política del Estado en el artículo
191º concordante con el artículo 2º de la Ley Nº 27867,
Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular, son
personas jurídicas de Derecho Público, con autonomía
política, económica y administrativa en asuntos de su
competencia;
Que, la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la
Descentralización, en el artículo 17º, inciso 1) prescribe
que los gobiernos regionales y locales están obligados
a promover la participación ciudadana en la formulación,
debate y concertación de sus planes de desarrollo y
presupuestos, y en la gestión pública; en el artículo
18º, inciso 2) señala que los planes y presupuestos
participativos son de carácter territorial y expresan los
aportes e intervenciones tanto del sector público como
privado, de las sociedades regionales y locales y de la
cooperación internacional. Y, f‌i nalmente en el articulo 20º
en el inciso 1) se establece que los gobiernos regionales y
locales se sustentan y rigen por presupuestos participativos
anuales como instrumentos de administración y gestión,
los mismos que se formulan y ejecutan conforme a Ley y en
concordancia con los planes de desarrollo concertados;
Que, la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos
Regionales, en su artículo 15º, literal a) prescribe que

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