RESOLUCION N° 5436-2014 - Autorizan a Edpyme GMG Servicios Perú S.A. la apertura de oficinas especiales ubicadas en los departamentos de Lima y Puno.

Fecha de publicación03 Septiembre 2014
Fecha de disposición03 Septiembre 2014
El Peruano
Miércoles 3 de setiembre de 2014 531691
SUPERINTENDENCIA
DE BANCA, SEGUROS Y
ADMINISTRADORAS PRIVADAS
DE FONDOS DE PENSIONES
Autorizan a Edpyme GMG Servicios Perú
S.A. la apertura de oficinas especiales
ubicadas en los departamentos de Lima
y Puno
RESOLUCIÓN SBS Nº 5436-2014
Lima, 20 de agosto de 2014
LA INTENDENTE GENERAL DE BANCA
VISTA:
La solicitud presentada por Edpyme GMG Servicios
Perú S.A. para que se le autorice la apertura de dos (2)
of‌i cinas especiales, según se indica en la parte resolutiva;
y,
CONSIDERANDO:
Que la Edpyme ha cumplido con presentar la
documentación pertinente que sustenta el pedido
formulado;
Estando a lo opinado por el Departamento de
Supervisión Bancaria “D”; y,
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 30° de
la Ley Nº 26702 - Ley General del Sistema Financiero y del
Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia
de Banca y Seguros y la Resolución Nº 6285-2013; y, en
uso de las facultades delegadas mediante Resolución
SBS Nº 12883-2009 y Resolución Administrativa SBS Nº
240-2013;
RESUELVE:
Artículo Único.- Autorizar a Edpyme GMG Servicios
Perú S.A. la apertura de dos (2) of‌i cinas especiales, según
se indica:
- Of‌i cina Especial 12, situada en la Av. Puente Piedra
298, Cercado de Puente Piedra; distrito de Puente Piedra,
provincia y departamento de Lima.
- Of‌i cina Especial 20, situada en la Av. El Sol 224,
Barrio Bellavista; distrito, provincia y departamento de
Puno.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
PATRICIA SALAS CORTES
Intendente General de Banca
1131706-1
Autorizan a la Financiera Confianza
S. A. A. el traslado de oficina especial
permanente y agencias, ubicadas en
los departamentos de Cajamarca,
Ayacucho y Arequipa
RESOLUCIÓN SBS Nº 5438-2014
Lima, 20 de agosto de 2014
EL INTENDENTE GENERAL DE MICROFINANZAS
VISTA:
La solicitud presentada por la Financiera Conf‌i anza
S.A.A. para que se le autorice el traslado de una (01) of‌i cina
especial ubicada en el departamento de Cajamarca, y;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución SBS N° 5258-2009 de
fecha 04.06,2009, se autorizó la apertura de una (01)
of‌i cina especial permanente ubicada en Jr. José Osores
N° 542, distrito y provincia de Chota, departamento de
Cajamarca;
Que, la empresa ha cumplido con remitir a
esta Superintendencia la documentación pertinente para
el traslado de dichas of‌i cinas;
Estando a lo informado por el Departamento de
Supervisión Microf‌i nanciera “B”; y,
De conformidad con lo dispuesto por el articulo 32° de
la Ley N° 26702 - Ley General del Sistema Financiero y del
Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de
Banca y Seguros y el Reglamento de apertura, conversión,
traslado o cierre de of‌i cinas, uso de locales compartidos,
cajeros automáticos y cajeros corresponsales, aprobado
mediante Resolución N° 6285-2013 y modif‌i catorias; y,
en uso de las facultades delegadas mediante Resolución
SBS N° 12883-2009;
RESUELVE:
Artículo Único.- Autorizar a la Financiera Conf‌i anza
S.A.A., el traslado de una (01) of‌i cina especial permanente
ubicada en Jr. José Osores N° 542, distrito y provincia
de Chota, departamento de Cajamarca; a su nuevo local
ubicado en Centro Poblado Chota Sector 2, Jr. Ezequiel
Montoya N° 337, Mz. 100, lote 4, distrito y provincia de
Chota, departamento de Cajamarca.
Regístrese, comuníquese y publiquese.
DEMETRIO CASTRO ZÁRATE
Intendente General de Microf‌i nanzas
1131416-1
RESOLUCIÓN SBS Nº 5442-2014
Lima, 20 de agosto de 2014
EL INTENDENTE GENERAL DE MICROFINANZAS
VISTA:
La solicitud presentada por la Financiera Conf‌i anza
S.A.A. para que se le autorice el traslado de dos (02)
agencias ubicadas en los departamentos de Ayacucho
(01) y Arequipa (01); y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución SBS N° 979-2003 de
fecha 01. 07. 2003, se autorizó el traslado de una (01)
agencia a la Calle San José N° 110, distrito, provincia y
departamento de Arequipa hacia el local ubicado en la
Calle Moral N° 101, 101-A, 101-B, esquina con la Calle
Jerusalén N° 201-B, 201-C, 201-C, 201-D y 201-E de la
misma localidad;
Que, mediante Resolución SBS N° 395-2010 de
fecha 18.01.2010, se autorizó, entre otras of‌i cinas, la
apertura de una (01) agencia ubicada en el Jirón Bellido
Nº 609, distrito de Ayacucho, provincia de Huamanga y
departamento de Ayacucho;
Que, la empresa ha cumplido con remitir a
esta Superintendencia la documentación pertinente para
el traslado de dichas agencias;
Estando a lo informado por el Departamento de
Supervisión Microf‌i nanciera “B”; y,
De conformidad con lo dispuesto por el artículo 32° de
la Ley N° 26702 - Ley General del Sistema Financiero y del
Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de
Banca y Seguros y el Reglamento de apertura, conversión,
traslado o cierre de of‌i cinas, uso de locales compartidos,
cajeros automáticos y cajeros corresponsales, aprobado
mediante Resolución N° 6285-2013 y modif‌i catorias; y,
en uso de las facultades delegadas mediante Resolución
SBS N° 12883-2009;

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