RESOLUCION N° 1664 - Aprueban expedición de duplicado de diploma de Bachiller en Ciencias con mención en Arquitectura de la Universidad Nacional de Ingeniería

Fecha de publicación09 Enero 2014
Fecha de disposición09 Enero 2014
El Peruano
Jueves 9 de enero de 2014
513926
VISTO:
El proveído de la Secretaria General recaído en el
Informe Nº 001-2014-DP/OPPRE mediante el que se
solicita la emisión de la resolución que delegue en la
Secretaria General facultades en materia presupuestaria
durante el ejercicio presupuestario del Año Fiscal 2014;
y,
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con los artículos 161º y 162º de la
la Ley N° 29882 y mediante la Resolución Defensorial
Nº 0012-2011/DP se aprobó su vigente Reglamento de
Organización y Funciones;
aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411,
Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, en
adelante el TUO de la Ley N° 28411, que establece los
principios, procesos y procedimientos que regulan el
Sistema Nacional de Presupuesto;
Que, asimismo, en la Ley N° 30114, Ley de Presupuesto
del Sector Público para el Año Fiscal 2014, se establecen
las disposiciones para el proceso presupuestario que
deben observar las entidades del Sector Público durante
el Año Fiscal 2014;
Que, según el documento de visto, se solicita la emisión
de la resolución que delegue en la Secretaria General
determinadas facultades en materia presupuestaria
durante el ejercicio presupuestario del Año Fiscal 2014;
Que, el numeral 7.1) del artículo 7º del TUO de la Ley
N° 28411, establece que el Titular de la Entidad puede
delegar sus funciones en materia presupuestal cuando así
lo haya establecido expresamente dicho marco normativo,
así como las leyes de presupuesto del Sector Público o la
norma de creación de la Entidad;
Que, así también, el numeral 40.2 del artículo 40° del
TUO de la Ley N° 28411, señala que las modif‌i caciones
presupuestarias en el Nivel Funcional Programático son
aprobadas mediante Resolución del Titular, a propuesta
de la Of‌i cina de Presupuesto o de la que haga sus
veces en la Entidad, pudiendo delegar dicha facultad
de aprobación, a través de disposición expresa, la cual
deberá ser publicada en el Diario Of‌i cial El Peruano;
Que, por otro lado, de acuerdo a lo dispuesto en los
literales f) y g) del artículo 7º del precitado Reglamento de
Organización y Funciones de la Defensoría del Pueblo,
el Titular de la Entidad tiene entre sus atribuciones, la
facultad de delegar las facultades y funciones que no sean
privativas de su cargo y en materia presupuestaria;
Que, con el f‌i n de facilitar la ejecución del proceso
presupuestario en el Pliego 020: Defensoría del Pueblo
para el Año Fiscal 2014, garantizar el cumplimiento de las
normas de carácter presupuestario, asegurar la adecuada
gestión institucional y establecer los niveles de decisión
y autoridad en la Entidad, es conveniente delegar las
facultades señaladas en los considerandos precedentes
a la Secretaria General;
Con los visados de la Primera Adjuntía, de la Secretaría
General y de las of‌i cinas de Planif‌i cación, Presupuesto,
Racionalización y Estadística y de Asesoría Jurídica; y,
En uso de las atribuciones conferidas por el artículo
5º de la Ley Nº 26520, Ley Orgánica de la Defensoría del
Pueblo, modif‌i cada por la Ley N° 29882; en concordancia
con los literales d), f) y g) del artículo 7º del Reglamento
de Organización y Funciones de la Defensoría del Pueblo,
aprobado por Resolución Defensorial Nº 0012-2011/
DP; de conformidad con lo dispuesto por los artículos
7º y 40º del TUO de la Ley N° 28411; de acuerdo a lo
establecido en la Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto
del Sector Público para el Año Fiscal 2014 y estando al
encargo efectuado mediante Resolución Defensorial Nº
004-2011/DP;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- DELEGAR en la Secretaria
General o la que haga sus veces, las siguientes facultades
en materia presupuestaria:
a. Aprobar las modif‌i caciones presupuestarias en
el Nivel Funcional Programático durante el ejercicio
presupuestario del Año Fiscal 2014, de acuerdo a lo
establecido en el numeral 40.2) del artículo 40º del TUO
de la Ley Nº 28411.
b. Aprobar, durante el ejercicio presupuestario del
Año Fiscal 2014, las facultades y atribuciones en materia
presupuestal, así como las acciones administrativas de
gestión y resolución que corresponden al Titular del Pliego
y que no sean privativas a su función, de acuerdo a lo
establecido en los numerales 7.1) y 7.2) del artículo 7º del
TUO de la Ley Nº 28411.
Artículo Segundo.- La delegación de facultades a que
se ref‌i ere la presente Resolución no exime la obligación
de cumplir con los requisitos y procedimientos legales
establecidos para cada caso concreto.
Artículo Tercero.- REMITIR copia fedateada de
la presente Resolución a la Contraloría General de la
República, a la Comisión de Presupuesto y Cuenta
General de la República del Congreso de la República
y a la Dirección General del Presupuesto Público del
Ministerio de Economía y Finanzas.
Artículo Cuarto.- DISPONER la publicación de la
presente Resolución en el Diario Of‌i cial El Peruano y en
el Portal de Transparencia de la Defensoría del Pueblo
(www.defensoria.gob.pe).
Regístrese, comuníquese y publíquese.
EDUARDO VEGA LUNA
Defensor del Pueblo (e)
1035325-1
INSTITUCIONES
EDUCATIVAS
Aprueban expedición de duplicado
de diploma de Bachiller en Ciencias
con mención en Arquitectura de la
Universidad Nacional de Ingeniería
UNIVERSIDAD NACIONAL DE INGENIERÍA
RESOLUCIÓN RECTORAL Nº 1664
Lima, 8 de noviembre de 2013
Visto el expediente STDUNI: 2013-119253 presentado
por el señor César Aníbal Carbajal Zavaleta, quien solicita
duplicado de su diploma del Grado Académico de Bachiller
en Ciencias con mención en Arquitectura;
CONSIDERANDO:
Que, el señor César Aníbal Carbajal Zavaleta,
identif‌i cado con DNI Nº 07258003, egresado de esta
Casa de Estudios, mediante el expediente del visto
solicita la expedición del duplicado de su diploma de su
Grado Académico de Bachiller en Ciencias con mención
en Arquitectura; por deterioro de dicho documento,
adjuntando la documentación sustentatoria respectiva,
según lo dispuesto en el Reglamento de Duplicado de
Diplomas de Grados Académicos y Títulos Profesionales,
aprobado por Resolución Rectoral Nº 0122, del 18 de
enero del 2008;
Que, la Of‌i cina de Trámite Documentario, Grados
y Títulos de la Secretaría General de la Universidad,
mediante informe de fecha 23-10-2013 precisa que el
diploma del señor César Aníbal Carbajal Zavaleta, se
encuentra registrado en el Libro de Registro de Bachilleres
Nº 07, página 52, con el número 20775; teniéndose en
cuenta la documentación que acompaña según el Of‌i cio
Nº 813-2013/1er. VR, de fecha 04 de noviembre del 2013,
del Primer Vicerrector, Geól. José S. Martínez Talledo
y la recomendación de la Comisión Académica y de
Investigación en su sesión Nº 44-2013 realizada el 04-11-
2013; y,
Que, el Consejo Universitario en su sesión ordinaria
Nº 31 del 06 de noviembre del 2013 acordó aceptar lo
solicitado y se expida el duplicado del Grado Académico
de Bachiller en Ciencias con mención en Arquitectura, al
señor César Aníbal Carbajal Zavaleta;

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