ACUERDO Nº 095-2010-MSI - Autorizan viaje de Regidor y de policía municipal a Puno para la entrega de donativos recolectados por el Municipio para la campaña del friaje y para campaña médica a realizarse en el distrito de Pucará, provincia de Lampa

Fecha de disposición07 Septiembre 2010
Fecha de publicación07 Septiembre 2010
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, martes 7 de setiembre de 2010
425220
Proceso de Cobranza de Ejecución Coactiva se establece
un benef‌i cio de deducción del 50% del monto insoluto, para
aquellos infractores que durante la vigencia del presente
benef‌i cio cumplan con cancelar las multas administrativas
y de sanción respectivas.
Artículo 5º.- CONDONACIÓN DE VALORES
CORRESPONDIENTE A LOS EJERCICIOS 2007, 2008
Y 2009.
a) Se condonará el 90% del monto insoluto y el 100%
de intereses, de las Resoluciones de Determinación de
Arbitrios y Órdenes de Pago, emitidos en el ejercicio 2007,
siempre y cuando el contribuyente cumpla con cancelar
en su totalidad dicho valor.
b) Se condonará el 60% del monto insoluto y el 100%
de intereses, de las Resoluciones de Determinación de
Arbitrios y Órdenes de Pago emitidas en el ejercicio 2008,
siempre y cuando el contribuyente cumpla con cancelar
en su totalidad los citados valores.
c) Se condonará el 40% del monto insoluto y el 100%
de intereses, de las Resoluciones de Determinación de
Arbitrios y Órdenes de Pago emitidas en el ejercicio 2009,
siempre y cuando el contribuyente cumpla con cancelar
en su totalidad los citados valores.
Artículo 6º.- MULTAS TRIBUTARIAS
Respecto de las deudas derivadas de multas tributarias
se otorgaran los siguientes benef‌i cios:
a) Se condonará el 90% del monto insoluto y el 100%
de intereses siempre y cuando el contribuyente cumpla
con cancelar dicha multa, y la totalidad de la deuda
establecida en las Resoluciones de Determinación que se
encuentre en cobranza ordinaria o coactiva.
b) Se exonerará el 100% de la Multa Tributaria y
sus intereses a aquellos contribuyentes que inscriban
sus predios, declaren y/o regularicen su estado actual,
siempre y cuando cancelen el total del impuesto predial y
arbitrios municipales correspondientes.
No se encuentran comprendidas aquellas Multas
Tributarias de las cuales se hayan iniciado procedimiento
coactivo, producto del cual se hayan trabado medidas
preventivas o garantías a favor de la Municipalidad de
conformidad con lo dispuesto en el Artículo 12º de la
presente ordenanza.
Artículo 7º.- DEUDAS EN PROCEDIMIENTO DE
EJECUCIÓN COACTIVA
El benef‌i cio establecido en la presente Ordenanza
también alcanza a aquellas deudas tributarias y no
tributarias que se encuentren en procedimiento de
ejecución coactiva, condonándose además el 100% de
las costas y gastos procesales.
Artículo 8º.- CONDONACIÓN DE LOS INTERESES
DE LAS DEUDAS POR EL SERVICIO DE AGUA
POTABLE.
Se condonará el 100% de los intereses y moras
de las deudas por el servicio de Agua Potable de los
años 2000, 2001, 2002, 2003, 2004, 2005, 2006, 2007,
2008 y 2009, que f‌i guren pendientes de pago en el
Sistema de Tributación Municipal; siempre y cuando
el contribuyente cumpla con cancelar en su totalidad
el monto insoluto de la deuda que se encuentre en
cobranza ordinaria.
Artículo 9º.- FORMAS DE PAGO
La forma de pago serán al contado del íntegro de la
deuda, durante la vigencia de la presente Ordenanza.
Artículo 10º.- DE LOS FRACCIONAMIENTO DE
PAGO PENDIENTES
Los convenios de fraccionamiento que tienen saldos
pendientes de pago, podrán ser cancelados durante la
vigencia de la presente Ordenanza, sin reajustes, sin
moras y sin intereses, siempre que el deudor cancele la
totalidad de las cuotas de la deuda fraccionada.
Artículo 11º.- RECONOCIMIENTO DE LA DEUDA.
Los contribuyentes que se acogen a los Benef‌i cios
establecidos en la presente Ordenanza Municipal,
reconocen expresamente sus obligaciones pendientes
de pago; por lo que, en caso de reclamaciones y/o
impugnaciones futuras en este extremo serán declaradas
improcedentes.
Artículo 12º.- GARANTÍAS O MEDIDAS
CAUTELARES
Las garantías que se encuentren otorgadas a favor
de la Municipalidad, así como las medidas preventivas
trabadas, se mantendrán en tanto concluya la cobranza
de la deuda tributaria y/o deuda no tributaria, salvo que
el contribuyente la sustituya por otras a satisfacción de la
administración.
Artículo 13º.- EXCLUSIONES
No se encuentran incluidos en los alcances de la
presente Ordenanza:
a) Los contribuyentes que tengan expedientes
en trámite sobre reclamaciones y/o impugnaciones,
demanda contenciosa administrativa, acción de
amparo en trámite ante la Municipalidad, Tribunal
Fiscal o Poder Judicial, salvo que presenten su
solicitud de desistimiento de acuerdo a las normas del
procedimiento administrativo, tributario, contencioso
tributario y/o procesal civil, según corresponda, caso
contrario sólo podrán acogerse por la parte de la deuda
no reclamada.
b) Los contribuyentes que hubieren abonado y/o
fraccionado el total de sus obligaciones con anterioridad a
la entrada en vigencia del presente dispositivo.
Artículo 14º.- PLAZO DE VIGENCIA
La presente Ordenanza entrará en vigencia desde el
08 de Setiembre al 01 de Octubre del 2010.
DISPOSICIONES FINALES
Primero: Durante la vigencia de la presente
Ordenanza, quedará suspendida la Ordenanza Municipal
No. 084-MDCH, de fecha 27 de mayo del 2004, referida al
Reglamento de Fraccionamiento de Incentivo al pago total
de deudas Tributarias y no Tributarias.
Segundo. Se encarga a la Subgerencia de
Administración Tributaria y Rentas, Of‌i cina de Ejecución
Coactiva, Subgerencia de Tecnología de la Información
y Comunicaciones, Gerencia de Seguridad Ciudadana
Fiscalización y Control, y Subgerencia de Tesorería; el
cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza,
debiendo todas las demás dependencias de la
Municipalidad prestar el apoyo y facilidades para su cabal
cumplimiento.
Tercero: Facúltese al señor Alcalde para que
mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones
complementarias y necesarias para la adecuada
aplicación de la presente Ordenanza, así como también
para establecer su prórroga de ser el caso.
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
ALFREDO E. VALCÁRCEL CAHEN
Alcalde
539899-1
MUNICIPALIDAD DE
SAN ISIDRO
Autorizan viaje de Regidor y de policía
municipal a Puno para la entrega
de donativos recolectados por el
Municipio para la campaña del friaje
y para campaña médica a realizarse
en el distrito de Pucará, provincia de
Lampa
ACUERDO DE CONCEJO
Nº 095-2010-MSI
San Isidro, 25 de agosto de 2010.

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