Autorizan al IMARPE donar suma de dinero a favor de la Fundación 'Promar del Perú' como aporte fundacional

Fecha de publicación14 Julio 2000
Fecha de disposición14 Julio 2000
Pág. 190225
NORMAS LEGALES
Lima, viernes 14 de julio de 2000
Que la recurrente cumple con los requisitos establecidos
en los Artículos 24º y 27º de la Ley Nº 26872, Ley de
Conciliación y los Artículos 42º, 44º y 45º del Reglamento de
la Ley de Conciliación, aprobado por Decreto Supremo Nº
001-98-JUS, por lo que es procedente autorizarla a funcio-
nar como Centro de Conciliación;
Estando a lo opinado en el Informe Nº 212-2000-DM-
STC-SDSCCC de la Secretaría Técnica de Conciliación, es
pertinente atender la solicitud del Centro Panamericano de
Conciliación - CENPACON;
De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legisla-
tivo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo, Decreto Ley Nº 25993
- Ley Orgánica del Sector Justicia, Ley Nº 26872 - Ley de
Conciliación y su Reglamento aprobado por Decreto Supre-
mo Nº 001-98-JUS;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- AUTORIZAR al Centro Panamericano
de Conciliación - CENPACON, a funcionar como Centro
de Conciliación denominado "Centro de Conciliación -
CENPACON", con sede en la ciudad de Lima.
Artículo 2º.- El Ministerio de Justicia en aplicación de
la Ley de Conciliación y su Reglamento, supervisará el
correcto funcionamiento del Centro de Conciliación y aplica-
rá, cuando corresponda, las medidas pertinentes de acuerdo
a sus atribuciones.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
CESAR LUNA-VICTORIA LEON
Ministro de Pesquería
Encargado de la Cartera de Justicia
8031
Cancelan título de Notario de la provin-
cia de Chiclayo, Distrito Notarial de
Lambayeque
RESOLUCION MINISTERIAL
Nº 198-2000-JUS
Lima, 12 de julio de 2000
Visto el Oficio Nº 103-2000-JUS/CN-P, de fecha 4 de julio
de 2000, remitido por el Presidente del Consejo del Notaria-
do;
CONSIDERANDO:
Que mediante oficio de visto, el Presidente del Consejo
del Notariado, comunica el fallecimiento del doctor Homero
Duárez Díaz, Notario de la provincia de Chiclayo, Distrito
Notarial de Lambayeque, adjuntando copia de la respectiva
acta de defunción;
Que en consecuencia es necesario cancelar el título
respectivo;
De conformidad con lo dispuesto en el inciso a) del
Artículo 21º del Decreto Ley Nº 26002 - Ley del Notariado
y el Decreto Ley Nº 25993 - Ley Orgánica del Sector
Justicia;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- CANCELAR, por fallecimiento, el título de
Notario de la provincia de Chiclayo, Distrito Notarial de
Lambayeque, del doctor Homero Duárez Díaz.
Artículo 2º.- Remitir copia de la presente Resolución
Ministerial al Consejo del Notariado y al Colegio de Notarios
de Lambayeque, para los fines consiguientes.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
CESAR LUNA-VICTORIA LEON
Ministro de Pesquería
Encargado de la Cartera de Justicia
8032
PESQUERIA
Autorizan al IMARPE donar suma de
dinero a favor de la Fundación "Promar
del Perú" como aporte fundacional
RESOLUCION SUPREMA
Nº 041-2000-PE
Lima, 13 de julio del 2000
CONSIDERANDO:
dispone que el Ministerio de Pesquería promoverá la cons-
titución de una Fundación para los fines de incentivar la
financiación y desarrollo de la investigación científica y
tecnológica y la capacitación pesquera;
Que conforme lo establece el Artículo 2º del Decreto
Legislativo Nº 95, el Instituto del Mar del Perú (IMAR-
PE) tiene por finalidad realizar investigaciones científi-
cas y tecnológicas del mar y de las aguas continentales y
de los recursos de ambos, con el objeto de lograr el
racional aprovechamiento de los mismos, sin que dicha
actividad incida o duplique las investigaciones de otras
entidades, con las cuales mantendrá una adecuada co-
ordinación;
Que mediante Acuerdo Nº 049-2000-CD/O del 24 de
mayo del 2000, el Consejo Directivo del IMARPE autorizó la
asignación de recursos y la Constitución de la Fundación
"PROMAR DEL PERU", con el objeto de promover y apoyar
las investigaciones científicas y tecnológicas y fomentar la
educación y capacitación en materias vinculadas con el
aprovechamiento racional, responsable e integral de los
recursos hidrobiológicos, mediante la aplicación de técnicas
y tecnologías avanzadas;
Que es necesario autorizar al IMARPE a donar la suma
de S/. 10 000,00 (Diez Mil y 00/100 Nuevos Soles) como
aporte fundacional;
De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley
del Poder Ejecutivo y el Decreto Legislativo Nº 804; y,
Estando a lo acordado;
SE RESUELVE:
Artículo Unico.- Autorízase al IMARPE a transferir en
calidad de donación la suma de S/. 10 000,00 (Diez mil y 00/
100 Nuevos Soles) a favor de la Fundación "PROMAR DEL
PERU", como aporte fundacional.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori
Presidente Constitucional de la República
CESAR LUNA-VICTORIA LEON
Ministro de Pesquería
8057
RELACIONES
EXTERIORES
Ratifican acuerdo sobre ejercicio de
actividades remuneradas para fami-
liares dependientes del personal di-
plomático, consular, administrativo
y técnico de misiones diplomáticas y
consulares, suscrito con el Reino de
España
DECRETO SUPREMO
Nº 022-2000-RE
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

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