Aprueban disposiciones de encaje en moneda extranjera

Fecha de publicación29 Octubre 2004
Fecha de disposición29 Octubre 2004
Pág. 279327
NORMAS LEGALES
Lima, viernes 29 de octubre de 2004
ORDEN MAGISTRADOS
119 Omar Antonio Pimentel Calle
120 Sandro Alberto Núñez Paz
121 Cecilia Gabriela Gonzáles Fuentes
122 Roberto Vilchez Dávila
123 Mercedes Isabel Manzanares Campos
124 Henry Antonino Huerta Saenz
125 Víctor Andrés Quinte Pillaca
126 Alexander Arturo Urbano Menacho
127 Elena Rendón Escobar
128 Juan Carlos Lock Gallegos
129 Nancy Coronel Aquino
130 Irma Roxana Adela Jimenez Vargas Machuca
131 Roddy Saavedra Choque
132 Carolina Lizárraga Houghton
133 Luis Miguel Gamero Vildoso
134 Maria Leticia Niño Neira Ramos
135 Ricardo Luis Calle Taguche
136 Elisa Vilma Carlos Casas
137 Maria Delfina Vidal la Rosa Sanchez
138 Elice Ines Zuñiga Herrera
139 Rosa Liliana Davila Broncano
140 Avigail Colquicocha Manrique
141 Rosa Guillermina Rodriguez Lecaros
142 Victor Alberto Corante Morales
143 Ana Marilu Prado Castañeda
144 Cecilia Leonor Espinoza Montoya
145 Nora Eusebia Almeida Cardenas
146 Rolando Jose Huatuco Soto
147 Elizabeth Lourdes Minaya Huayaney
148 Hugo Arnaldo Huerta Rodriguez
149 Juana Maria Torreblanca Nuñez
150 Marco Fernando Cerna Bazan
151 Rosario Alfaro Lanchipa
152 Carmen Alicia Sanchez Tapia
153 Gustavo Gregorio Avila Condori
154 Jaime Roman Perez
155 Maria del Pilar Tupiño Salinas
156 Marcial Misael Chavez Cornejo
157 Silvia Ysabel Nuñez Riva
158 Mirian Catherine Vargas Chavez
159 Velia Odalis Begazo Villegas
160 Pedro Donaires Sanchez
161 Ysabel Dorotea Garro de la Peña
162 Rose Mary Parra Rivera
163 Ruben Cayro Cari
164 Christian Jorge Villon Medina
165 Angel Victor Martin Zea Villar
166 Benjamin Jacob Carhuas Cantaro
167 Carlos Alberto Quispe Montesinos
168 Miguel Angel Benito Rivera Gamboa
169 Manuel Alipio Roman Olivas
170 Wilbert Jose Sanchez Vera
171 Mariano Freddy De la Cruz Huaman
172 Luis Alberto Carrasco Alarcon
173 Cecilia Alva Rodriguez
174 Alfredo Catacora Acevedo
175 Segundo Ore de la Rosa Castro Hidalgo
176 Lucila Rafael Yana
177 Miguel Enrique Becerra Medina
178 Rocío del Pilar Romero Zumaeta
19535
ORGANISMOS AUTÓNOMOS
ANR - CONAFU
FE DE ERRATAS
CONSEJO NACIONAL PARA LA AUTORIZACIÓN
DE FUNCIONAMIENTO DE UNIVERSIDADES
(CONAFU)
RESOLUCIÓN Nº 197-2004-CONAFU
Mediante Oficio Nº 1170-2004-CONAFU-P el Consejo
Nacional para la Autorización de Funcionamiento de
Universidades solicita se publique Fe de Erratas de la
Resolución Nº 197-2004-CONAFU, publicada en nues-
tra edición del 23 de octubre de 2004.
En el Artículo 28º, párrafo final:
DICE:
"La Comisión de Evaluación y Consolidación se
conformará para cada Proyecto bajo evaluación del
CONAFU".
DEBE DECIR:
"La Comisión de Evaluación y Consolidación se
conformará para cada proyecto y evaluación bajo compe-
tencia del CONAFU".
19447
BANCO CENTRAL DE RESERVA
Aprueban disposiciones de encaje en
moneda extranjera
CIRCULAR Nº 019-2004
Lima, 27 de octubre del 2004
Ref.: Disposiciones de encaje en moneda ex-
tranjera
El Directorio de este Banco Central ha resuelto dejar
sin efecto la Circular Nº 017-2004, sustituyéndola por la
presente, que rige a partir del período de encaje que se
inicia el 1 de noviembre de 2004. En esta oportunidad se
incrementa la tasa de encaje marginal a 30 por ciento y se
establece como nuevo período base el correspondiente
al mes de setiembre de 2004. Asimismo, se modifica el
procedimiento de cálculo del encaje exigible por las obli-
gaciones derivadas de créditos recibidos de entidades
financieras del exterior, estableciendo una tasa de encaje
implícita aplicable a las obligaciones hasta un nivel equi-
valente al mayor de los promedios observados en dicho
mes o en febrero de 2004, y un encaje marginal del 30 por
ciento para las obligaciones que excedan dicho nivel.
I. NORMAS GENERALES
1. Ámbito de aplicación
La presente Circular rige para las empresas de ope-
raciones múltiples del sistema financiero a que se refiere
el literal A del artículo 16 de la Ley Nº 26702 (Ley Gene-
ral del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y
Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros,
modificada por las Leyes Nºs. 27008, 27102, 27299 y
27331 y en adelante Ley General), así como para el
Banco de la Nación y la Corporación Financiera de De-
sarrollo (COFIDE), a todas las cuales se denominará
Entidad(es) Sujeta(s) a Encaje.
El término Entidad(es) Sujeta(s) a Encaje no com-
prende al Banco Agropecuario ni a las entidades de de-
sarrollo de la pequeña y microempresa (EDPYMEs) no
autorizadas a captar recursos del público mediante de-
pósitos u otra modalidad contractual.

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