RESOLUCION N° 046-2013/SUNAT - Modifican las disposiciones para colocación de sellos, letreros y carteles oficiales con motivo de la ejecución o aplicación de sanciones o en ejercicio de las funciones de la administración tributaria

Fecha de disposición07 Febrero 2013
Fecha de publicación07 Febrero 2013
NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, jueves 7 de febrero de 2013 487639
INSTITUTO GEOLOGICO
MINERO Y METALURGICO
Delegan diversas facultades en materia
presupuestal en la Secretaría General
del INGEMMET durante el Año Fiscal
2013
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA
Nº 019-2013-INGEMMET/PCD
Lima, 1 de febrero de 2013
CONSIDERANDO:
Que, el Instituto Geológico, Minero y Metalúrgico
– INGEMMET es un Organismo Público Técnico
Especializado del Sector Energía y Minas, con personería
jurídica de derecho público, goza de autonomía técnica,
económica y administrativa, constituyendo un Pliego
Presupuestario, conforme lo señalado en los Decretos
Supremos N° 058-2011-PCM y N° 035-2007-EM;
Que, de acuerdo a lo dispuesto en el numeral 7.1 del
Artículo 7° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411,
Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, el
Titular de una Entidad es la más alta autoridad ejecutiva
y puede delegar sus funciones en materia presupuestal
cuando lo establezca expresamente la Ley General, las
Leyes de Presupuesto del Sector Público o la norma de
creación de la Entidad, siendo responsable solidario con
el delegado;
Que, el numeral 40.2 del Artículo 40° del Texto
Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del
Sistema Nacional de Presupuesto, establece que las
modif‌i caciones presupuestarias en el nivel Funcional
Programático son aprobadas mediante Resolución del
Titular, a propuesta de la Of‌i cina de Presupuesto o la que
haga su veces en la Entidad, pudiendo delegarse dicha
facultad mediante disposición expresa, la cual debe ser
publicada en el Diario Of‌i cial El Peruano;
Que, a través de la Ley N° 29951 – Ley de Presupuesto
del Sector Público para el Año Fiscal 2013, se establecen
las normas para el proceso presupuestario que deben
observar los organismos del Sector Público durante el
ejercicio f‌i scal 2013;
Que, el Presidente del Consejo Directivo es el Titular de
la Entidad y del Pliego Presupuestal del Instituto Geológico,
Minero y Metalúrgico – INGEMMET, es el responsable de
dirigir y supervisar la marcha institucional y representa
al Consejo Directivo ante las autoridades del Sector y
ante otras instituciones públicas y privadas, conforme
a lo establecido en el Reglamento de Organización y
Funciones - ROF del INGEMMET, aprobado por Decreto
Supremo N° 035-2007-EM;
Que, el Artículo 9° del Reglamento de Organización
y Funciones - ROF del INGEMMET establece que la
Secretaría General es la más alta autoridad administrativa
de la entidad;
Que, con la f‌i nalidad de coadyuvar a una mejor gestión
en la administración de los recursos asignados, en materia
presupuestal, que permitan al INGEMMET cumplir de forma
ef‌i ciente y ef‌i caz con las funciones de su competencia; así
como, con los objetivos y metas trazados en los instrumentos
de gestión, resulta pertinente delegar en la Secretaría
General determinadas funciones asignadas al Titular del
Pliego durante el Año Fiscal 2013;
Con el visado de la Secretaría General y de los
Directores de las Of‌i cinas de Administración, Asesoría
Jurídica y de Planeamiento y Presupuesto;
De conformidad con lo dispuesto en el Texto Único
Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema
Nacional de Presupuesto y en ejercicio de las atribuciones
conferidas en el artículo 7° del Decreto Supremo Nº 035-
2007-EM, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento
de Organización y Funciones del Instituto Geológico,
Minero y Metalúrgico – INGEMMET;
SE RESUELVE:
Artículo 1°.- Delegar en la Secretaría General del
Instituto Geológico, Minero y Metalúrgico – INGEMMET
durante el Año Fiscal 2013, las siguientes facultades en
materia presupuestal:
1.1 Aprobar la formalización de Notas para
Modif‌i caciones Presupuestaria en el nivel Funcional
Programático, de acuerdo con el numeral 40.2 del artículo
40° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411.
1.2 Suscribir la Ficha Técnica del Indicador de
Desempeño, establecida en la Directiva N° 005-2012-
EF/50.1 “Directiva para la Evaluación Semestral y Anual
de los Presupuestos Institucionales de las Entidades del
Gobierno Nacional y Gobiernos Regionales para el Año
Fiscal 2012” aprobado por Resolución Directoral Nº 017-
2012-EF/50.01.
1.3 Aprobar las Directivas internas en el marco de la
Ley de Presupuesto y modif‌i catorias.
Artículo 2°.- La delegación de facultades a que se
ref‌i ere la presente Resolución, comprende las atribuciones
de decidir y resolver, pero no exime de la obligación de
cumplir con los requisitos legales establecidos para cada
caso.
Artículo 3°.- La Secretaría General deberá dar cuenta
a la Presidencia del Consejo Directivo del INGEMMET,
dentro de los cinco (05) primeros días hábiles de cada
mes, sobre los actos realizados en virtud de la delegación
dispuesta en el Artículo 1° de la presente Resolución.
Artículo 4°.- Disponer la publicación de la presente
Resolución en el Diario Of‌i cial El Peruano y en el Portal
Institucional del Instituto Geológico, Minero y Metalúrgico
– INGEMMET (www.ingemmet.gob.pe).
Regístrese, comuníquese y publíquese.
SUSANA G. VILCA ACHATA
Presidenta del Consejo Directivo
INGEMMET
897915-1
SUPERINTENDENCIA
NACIONAL DE ADUANAS Y DE
ADMINISTRACION TRIBUTARIA
Modifican las disposiciones para
colocación de sellos, letreros y carteles
oficiales con motivo de la ejecución o
aplicación de sanciones o en ejercicio
de las funciones de la administración
tributaria
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA
Nº 046-2013/SUNAT
Lima, 6 de febrero de 2013
CONSIDERANDO:
Que el numeral 17 del artículo 62º del Texto Único
Ordenado (TUO) del Código Tributario, aprobado por el
Decreto Supremo Nº 135-99-EF y normas modif‌i catorias,
establece que la SUNAT dentro de su facultad de
f‌i scalización, colocará sellos, carteles y letreros of‌i ciales,
precintos, cintas, señales y demás medios utilizados o
distribuidos por la Administración Tributaria con motivo de
la ejecución o aplicación de las sanciones o en el ejercicio
de sus funciones que le han sido establecidas por las
normas legales, en la forma, plazos y condiciones que
ésta establezca.
Que la tercera nota sin número de las Tablas I, II y
III del Código Tributario establece que la Administración
Tributaria podrá colocar en lugares visibles los sellos,
letreros y carteles adicionalmente a la aplicación de
las sanciones, de acuerdo a lo que se establezca en la
Resolución de Superintendencia que para tal efecto se
emita;
Que al amparo de las normas antes mencionadas se
aprobaron, mediante Resolución de Superintendencia Nº

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