¿Bioética y derecho para qué y para quiénes? Discusiones en torno a la regulación de las técnicas de reproducción humana asistida en Colombia

AutorXimena Rincón Castellanos
CargoInvestigadora del Grupo de Investigación Filosofía Moral y Política del Instituto de Bioética de la Pontificia Universidad Javeriana y del Consejo Latinoamericano de Ciencias Sociales (CLACSO)
Páginas99-112
¿Bioética y derecho para qué y para quiénes?
Discusiones en torno a la regulación de las
cnicas de reproducción humana asistida en
Colombia
Bioethics and law for what and whom? Discussions about
the Regulation of assisted reproductive techniques in
Colombia
X IM E NA R I NC Ó N C AS T EL L AN O S*
Resumen: Las recientes preocupaciones por la regulación normativa de las
técnicas de reproducción humana asistida (TRHA) suscitan especialmente
discusiones sobre cómo administrar los embriones, cuántas veces usar
una muestra, cómo definir la filiación, entre otros. Sin embargo, no se
ha cuestionado directamente a quienes estaría amparándose con estas
regulaciones y cuál sería su contribución a la equidad social y al desarrollo
de todo un país, pues la urgencia de salvaguardar los derechos sexuales y
reproductivos —marco teórico invocado para exigir la regulación de las
TRHA— debe apuntar necesariamente a la consecución de una sociedad
menos desigual.
El análisis propuesto será abordado a partir del caso de la aplicación de las TRHA
para la maternidad subrogada en Colombia. En el artículo se presenta inicialmente
el contexto en el cual se pretende la regulación de la maternidad sustitutiva,
revisando algunos aportes conceptuales y empíricos de Michael Sandel sobre las
tendencias de la maternidad subrogada entre los países «desarrollados» y los del
«tercer mundo», para luego ver los perfiles de fecundidad en Colombia, como
una muestra de la inequidad existente en el país.
Posteriormente, se hará una aproximación al debate jurídico existente en el
país, a partir del único caso de maternidad sustitutiva resuelto por la Corte
Constitucional Colombiana y los proyectos de ley que han sido presentados en
el país como intentos de regulación de esta materia. Finalmente, se llevarán
a cabo algunas reflexiones y discusiones sobre la regulación normativa de las
TRHA y la gestación sustitutiva, para que el derecho opere como verdadera
correa de transmisión de variados intereses sociales1, es decir, que conduzca
más bien hacia el bien común, la solidaridad y la cooperación, y no actúe
como un simple regulador que asegure el cumplimiento de los contratos.
* InvestigadoradelGrupodeInvestigaciónFilosofíaMoralyPolíticadelInstitutodeBioéticadelaPontificia
Universidad Javeriana y del Consejo Latinoamericano de Ciencias Sociales (CLACSO). Bogotá
(Colombia).AbogadaymagistraenPolíticaSocial.Correoelectrónico:xrincon@javeriana.edu.co
1 Elconceptodederecho comocorreadetransmisiónde losinteresessocialeshasido desarrollado
porelmaestroGuillermoHoyosVásquez,quienplanteaqueelderechodehoydebeserensímismo
lapolítica,es decir,elderechocomo deliberaciónynegociaciónsinexclusión deactoressociales.
Deestemodo,el diálogosocial,eminentementepolítico,asume laformajurídicaparaasegurar su
cumplimiento,sinquitarlesuesencia política.Estaideahasidopresentadaen variasconferencias,
entreellasenlaLecciónInauguraldelDoctoradoenDerechodelaFacultaddeCienciasJurídicasde
laUniversidadJaverianaenBogotá(agostode2011).
N° 69, 2012
pp. 99-112

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