Designan Director Académico de la Academia de la Magistratura
Fecha de publicación | 17 Agosto 2004 |
Fecha de disposición | 17 Agosto 2004 |
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NORMAS LEGALES
Lima, martes 17 de agosto de 2004
VIVIENDA
Convocan a municipalidades y organiza-
ciones de barrios urbano-marginales de
diversas ciudades a presentar solicitu-
des de postulación para la asignación
de Bonos de Mejoramiento Barrial
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 199-2004-VIVIENDA
Lima, 16 de agosto de 2004
CONSIDERANDO:
Que, por Decreto Supremo Nº 004-2004-VIVIENDA se
creó el Programa Mejoramiento Integral de Barrios - MiBa-
rrio y aprobó el Reglamento General, por Resolución Mi-
nisterial Nº 119-2004-VIVIENDA se aprobó el Reglamento
Operativo del Programa y por Decreto Supremo Nº 008-
2004-VIVIENDA se modificó el artículo 17º del Reglamen-
to del Programa MiBarrio, en mención;
Que, el numeral 12.2 del artículo 12º del Reglamento
General del Programa citado, dispone que el Ministerio de
Vivienda, Construcción y Saneamiento mediante Resolución
Ministerial, efectuará las convocatorias a postulación para
el otorgamiento del Bono de Mejoramiento Barrial - BMB;
Que, es necesario realizar la segunda convocatoria para
la asignación de Bonos de Mejoramiento Barrial a las Mu-
nicipalidades y Organizaciones Comunitarias de localida-
des priorizadas de acuerdo a estudios técnicos realizados;
De conformidad con la Ley Nº 27792, Ley de Organiza-
ción y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción
y Saneamiento y su Reglamento aprobado mediante De-
creto Supremo Nº 002-2002-VIVIENDA;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Segunda Convocatoria del Programa
MiBarrio
Convocar a las Municipalidades y Organizaciones Co-
munitarias de los barrios urbano-marginales formalizados,
de las ciudades de Chimbote, Huancayo, Pucallpa y Tacna,
a presentar sus solicitudes de postulación para la asigna-
ción de Bonos de Mejoramiento Barrial, de conformidad con
lo establecido en el Decreto Supremo Nº 004-2004-VIVIEN-
DA y la Resolución Ministerial Nº 119-2004-VIVIENDA.
Artículo 2º.- Monto de los Bonos de Mejoramiento
Barrial
Los recursos totales a ser financiados por el Ministerio
de Vivienda, Construcción y Saneamiento para la Segun-
da Convocatoria ascienden a US $ 2'400,000.00 (dos mi-
llones cuatrocientos mil dólares americanos) equivalentes
a 1,200 Bonos de Mejoramiento Barrial - BMB, a distribuir-
se en partes iguales a cada una las ciudades enunciadas
en el artículo anterior.
Artículo 3º.- Período de información y recepción de
solicitudes
Las actividades de información de la presente Convo-
catoria se realizarán hasta el 27 de septiembre del presen-
te año. Las solicitudes de postulación serán presentadas
en el Banco de Materiales S.A.C. - BANMAT desde el 17
de agosto al 28 de septiembre del 2004.
Artículo 4º.- Cronograma de Actividades Interme-
dias
El Viceministerio de Vivienda y Urbanismo, en coordi-
nación con el Banco de Materiales S.A.C., pondrán en co-
nocimiento de las Municipalidades y Organizaciones Co-
munitarias cuya postulación haya sido aceptada, el crono-
grama de las actividades intermedias comprendidas entre
la fecha de aceptación de la postulación y la fecha de sus-
cripción de los Convenios de Participación con cada Aso-
ciación, Municipalidad y Organización Comunitaria - AMOC
seleccionada de las mencionadas ciudades.
Artículo 5º.- Autorización para suscripción de
Convenios
Autorizar al Banco de Materiales S.A.C. - BANMAT a
suscribir los Convenios necesarios con las Municipalida-
des para llevar a cabo los procesos de selección, la ejecu-
ción de las obras y/o la adquisición de servicios de los pro-
yectos seleccionados.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
CARLOS BRUCE
Ministro de Vivienda, Construcción
y Saneamiento
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PODER JUDICIAL
ACADEMIA DE LA
MAGISTRATURA
Designan Director Académico de la Aca-
demia de la Magistratura
CONSEJO DIRECTIVO PRESIDENCIA
RESOLUCIÓN Nº 081-2004-AMAG-CD/P
Lima, 13 de agosto de 2004
LA PRESIDENTA DEL CONSEJO DIRECTIVO
DE LA ACADEMIA DE LA MAGISTRATURA
VISTOS:
La Resolución Nº 046-2004-AMAG-CD/P, de fecha 12
de mayo del actual, por la cual se encarga la función de
Directora Académica de la Academia de la Magistratura a
la doctora Grace Arroba Ugaz; y,
CONSIDERANDO:
Que, en virtud del Art. 151º de la Constitución Política
del Estado, la Academia de la Magistratura es la institución
competente para la formación y capacitación de los magis-
trados del Poder Judicial y del Ministerio Público a nivel
nacional, en sus diversos grados;
Que, mediante Resolución Nº 046-2004-AMAG-CD/P,
de fecha 12 de mayo de 2004, se encargó en la función de
Directora Académica de la Academia de la Magistratura a
la doctora Grace Arroba Ugaz, Subdirectora del Programa
de Formación y Actualizacion (PFA), hasta que se designe
al titular en dicho cargo;
Que, la Plaza de Nº 13 de Director Académico, confor-
me lo establece el Artículo 8º de la Ley Orgánica de la Aca-
demia de la Magistratura es un cargo de confianza; por lo
que a efecto de dar continuidad y potenciar las labores in-
herentes al referido cargo, en función de los lineamientos
establecidos por el Pleno del Consejo Directivo de la Aca-
demia de la Magistratura y su Presidencia y en atención
además del Informe Nº 617-2004 de la Dirección General y
del Oficio Nº 096-2004 del Órgano de Control Institucional,
resulta necesario designar al funcionario responsable de
la Dirección Académica;
En uso de las facultades conferidas por la Ley Orgáni-
ca de la Academia de la Magistratura, Ley Nº 26335, y por
su Estatuto aprobado mediante Resolución Nº 022-2001-
AMAG-CD, de conformidad con el mandato legal y en ejer-
cicio de sus atribuciones y con cargo de dar cuenta al Ple-
no del Consejo Directivo;
RESUELVE:
Artículo Primero.- DEJAR SIN EFECTO la Resolu-
ción Nº 046-2004-AMAG-CD/P, de fecha 12 de mayo de
2004, que encarga a la doctora Grace Arroba Ugaz,
Subdirectora del Programa de Formación y el Ascenso
(PFA) la función de Directora Académica de la Acade-
mia de la Magistratura, debiendo reincorporarse a su
cargo de origen.
Artículo Segundo.- DESIGNAR a partir de la fecha en
la Plaza Nº 13, Nivel F-B, del Cuadro de Asignación de
Personal (CAP) vigente, al doctor OSCAR ENRIQUE GO-
MEZ CASTRO, quien se desempeñará como Director Aca-
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