A diez años de vigencia de la Carta Democrática Interamericana: ¿Se debe crear un Ombudsman para la democracia en el Sistema Interamericano?

AutorJorge Santistevan de Noriega
Páginas123-127
123
foro jurídico
A diez años de vigencia de la Carta Democrática Intera-
mericana: ¿Se debe crear un Ombudsman para la demo-
cracia en el Sistema Interamericano?*
Jorge Santistevan de Noriega**
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la Carta Interamericana Democrática que, por virtud de su aprobación mediante Resolución de la Asamblea Gene-
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continente destinado a la promoción y fortalecimiento del sistema democrático. Basado en ilustres antecedentes que
consagraron cláusulas democráticas para desencadenar la defensa colectiva de regímenes constituidos sobre la base
de la elección popular -fórmulas que fundamentalmente fueron diseñadas para reaccionar frente a golpes de Estado
perpetrados por gobiernos militares- la Carta Democrática Interamericana, promovida por la diplomacia peruana en
plena transición democrática, con participación directa del canciller del momento, Javier Pérez de Cuéllar, y el emba-
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derecho de los pueblos a la democracia, darle al concepto Democracia un contenido moderno, abarcativo e inclusivo
y, además, establecer sus elementos esenciales, así como las alteraciones al orden democrático que pueden dar lugar a
los mecanismos de defensa colectiva de la democracia dentro del Sistema Interamericano.
La Carta no deja de lado referencia expresa a la integralidad del concepto democracia que reconoce el legítimo dere-
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culturales; el reconocimiento de los derechos de los pueblos indígenas y el respeto al de las minorías, el medio ambien-
te y la multiplicidad cultural del continente. En suma, el más avanzado estatuto de conceptualización del contenido
del concepto Democracia, con vocación de promoción y protección a través de la acción colectiva de los Estados.
* Artículo basado en la conferencia dictada sobre la materia en el Seminario Internacional de Conmemoración del Décimo Aniversario de la
Carta Interamericana Democrática realizado por el Ministerio de Relaciones Exteriores de Chile en noviembre de 2011.
** -
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de Derecho Internacional Económico y Derecho Empresarial de la PUCP, así como en las universidades Universidad Peruana de Ciencias
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secretaría técnica la ejerce el Centro Carter desde Atlanta Georgia.
“la tarea que tiene un Ombudsman es una ta-
rea fundamentalmente de activar mecanismos
de persuasión, no formales, no de sanción, (...)
que puedan evitar que la situación se torne
irremediable y no quede otra alternativa que
aplicar las sanciones que el sistema interame-
ricano tiene previstas.”

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