Dictamen recaído en los proyectos 01760/2021-CR, 03971/2022-CR y 04301/2022-CR. LEY QUE CONDONA Y REDUCE LAS MULTAS DERIVADAS DE LAS ELECCIONES LLEVADAS A CABO DURANTE LA EMERGENCIA SANITARIA POR LA PANDEMIA DE LA COVID-19 Y DICTA DISPOSICIONES SOBRE LA ELIMINACIÓN DE LA CONSTANCIA DE SUFRAGIO

JurisdicciónPerú
Tipo de procesoDICTAMEN POR UNANIMIDAD
Fecha20 Septiembre 2023
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"Decenio de la Sgualdad de Oportunidades para mujeres y hombres"
"Ano de la unsdad, la paz y el desarrollo"
DICTAMEN DE ALLANAM1ENTO RECAIDO EN LA OBSERVACION
DEL PODER EJECUTIVO A LA AUTOGRAFA DE LOS PROYECTOS
DE LEY 1760/2021-CR, 3971/2022-CR y 4301/2022-CR, LEY QUE
CONDONA Y REDUCE LAS MULTAS DERIVADAS DE LAS
ELECC10NES LLEVADAS A CABO DURANTE LA EMERGENCIA
SANITARIA FOR LA PANDEMIA DE LA COVID-19 Y DICTA
DISPOSICIONES SOBRE LA ELIMINACION DE LACONSTANCIA DE
SUFRAGIO
COMISION DE CONSTITUCION Y REGLAMENTO
Periodo Anual de Sesiones 2023 - 2024
Senor Presidente:
Ha sido remitida para dictamen de la Comision de Constitucion y Reglamento, de
conformidad con el arti'culo 108 de la Constitucion Polftica del Peru y los artfculos 79 y 79-
A del Reglamento del Congreso de la Republica, la observacion de la Presidenta de la
Republica a la autografa de ley recai'da en los Proyectos de Ley 1760/2021-CR, 3971/2022-
CR y 4301/2022-CR, Ley que condona y reduce las multas derivadas de ias elecciones
llevadas a cabo durante la emergencia sanitaria por la pandemia de la COVID-19 y dicta
disposiciones sobre la eliminacion de la constancia de sufragio.
Ei presente dictamen fue aprobado par UNANIMIDAD en la Tercera Sesion Ordinaria de la
Comision de Constitucion y Reglamento, de fecha 12 de setiembre de 2023, con el voto a
favor de los congresistas: Moyano Delgado, Marticorena Mendoza, Garcia Aiegrfa, Alva
Prieto, Aragon Carreno, Burgos Oiiveros, Camones Soriano, Echafz de Nunez Izaga,
Echevema Rodnguez, Elfas Avalos, Gonzales Delgado, Juarez Galiegos, Palacios
Huaman, Paredes Gonzales, Picon Quedo, Reymundo Mercado, Salhuana Cavides, Tacuri
Valdivia, Taipe Coronado, Valer Pinto, Ventura Angel y Chacon Trujillo (accesitaria de
Aguinaga Recuenco) sin votos en contra ni abstenciones.
SITUAC10N PROCESAL
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CON.
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DICTAMEN DE ALLANAMIENTO RECAIDO EN LA OBSERVACION
DEL PODER EJECUTIVO A IA AUTOGRAFA DE LOS PROYECTOS
DE LEY 1760/2021-CR, 3971/2022-CR y 4301/2022-CR, LEY QUE
CONDONA Y REDUCE LAS MULTAS DERIVADAS DE LAS
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DISPOS1CIONES SOBRE LA ELIIVHNACION DE LA CONSTANCIA DE
SUFRAG10
a. El Proyecto de Ley 1760/2021-CR, Ley que elimina el uso del holograma en los
procesos electoraies, fue presentado par el grupo parlamentario ACCION
POPULAR a iniciativa de la congresista de la Republica, KAROL IVETT PAREDES
FONSECA, ante el Area de Tramite Documentario del Congreso de la Republica
con fecha 20 de abril de 2022, yfue decretado el 26 de febrero de 2022 para estudio
y dictamen a la Comision de Constitucion y Reglamento, como unica comision
dictaminadora.
b. E! Proyecto de Ley 3971/2022-CR, Ley que condona las muitas eiectorales de las
elecciones generates de 2021 y elecciones regionales y municipales de 2022 a
consecuencia de la declaratoria del Estado de Emergencia Nadonal, fue presentado
por ei grupo parlamentario FUERZA POPULAR a iniciativa del congresista de la
Republica, VICTOR SEFERINO FLORES RUIZ, ante d Area de Tramite
Documentario del Congreso de la Republica con fecha 12 de enero de 2023, y fue
decretado el 13 de enero de 2023 para estudio y dictamen a la Comision de
Constitudon y Reglamento, como unica comision dictaminadora.
c. El Proyecto de Ley 4301/2022-CR, Ley que condona las multas por omision al
sufragio en las elecciones generates - 2021, regionales y municipales - 2022, fue
presentado por el grupo parlamentario PERU LIBRE a iniciativa del congresista de
la Republica, AMERICO GONZA CASTILLO, ante el Area de Tramite Documentario
del Congreso de la Republica con fecha 20 de febrero de 2023, y fue decretado el
22 de febrero de 2023 para estudio y dictamen a la Comision de Constitucion y
Reglamento, como unica comision dictaminadora.
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c G ° "Decemo de la Igualdad de Oportumdades para mujeres y hombres"
"Anode ta unidad, la pazyel desarroHo"
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SUFRAGIO
En ese sentido, teniendo en cuenta la conexidad y afinidad de las mendonadas propuestas
normativas, estas fueron acumuladas para su estudio y tramite, par lo que fueron
dictaminadas en su conjunto a fin de dictar disposiciones sobre las elecciones llevadas a
cabo durante la pandemia de la COVID-19 y la eliminacion de la constancia de sufragio.
El 20 de junio de 2023, se aprobo en primera votacion en el Pleno del Congreso de la
Republica e! texto sustitutorio planteado con 111 votos a favor, 0 en contra y 0
abstenciones1; el mismo que de conformidad con lo dispuesto por el artfcuio 78 del
Reglamento del Congreso fue exonerado de segunda votacion en la misma sesion del
Pleno con 112 votos a favor, 0 en contra y 0 abstenciones2.
El 31 dejulio de 2023, la Presidents de la Republica, a traves del Oficio ? 249-2023-PR,
en merito a lo dispuesto por el arti'culo 108 de la Constitucion, concordante con lo senalado
por e! literal c) del numeral 2 del articulo 8 de la Ley Organica del Poder Ejecutivo, Ley
29158, formula observacion respecto de la autografa de ley materia del presente dictamen.
1. Aspectos procedimentales
De conformidad con el artfculo 79-A del Reglamento del Congreso referido a las
formas alternativas de pronunciamiento que las Comisiones pueden tener respecto
de las observaciones formuladas por el Presidente de la Republica, la Comision
puede pronunciarse con arreglo a las alternativas siguientes:
"a) Dictamen de allanamiento: Cuando la Comision acepta todas las
observaciones formuladas por el Poder Ejecutivo y modifica el texto originario
1 h^ti^://wb2server.congresq.gob.pe/splev-portal-se^ice/archivo/MTllQTk2/pdf/PL 1760
2 https://\A/b2sen/er.congreso.gob.pe/splev-port3!-service/archivo/MTilOTkzypdf/_PL 1760 EXO
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de la autografa, segun dichas observaciones, sin insistiren aspecto alguno que
hubiera sido objeto de obsen/acion y, a la vez, sin alterar, ni en forma ni en
fondo, la parte no observada de! texto de la autografa.
b) Dictamen de Insistencia: Cuando la Comision rechaza, total o parcialmente,
/as observaciones del Presidente de la Republica e insisten en el texto originario
de las autografa.
Se configura la insistencia, por lo tanto, cuando habiendose aceptado algunas
de las observaciones de! Poder Ejecutivo, at mismo tiempo, se ha mantenido e!
texto ohginario de las otras disposiciones o articulos obsen/ados.
c) Nuevo proyecto: Cuando dentro de un proceso de reconsideracion frente a
/as observaciones de! Poder Ejecutivo a una ley aprobada por el Congreso, la
comision incorpora en el texto origtnario de la autografa obser^/ada nuevas
normas o disposiciones por propia iniciativa, sin considerar las obsen/aciones
del Poder Ejecutivo. Asimismo, se configura tambien este supuesto cuando:
1. Se aceptan las obser^aciones de! Poder Ejecutivo, pero se incorporan nuevas
disposiciones o normas no reladonadas con dichas observaciones sea respecto
de! fondo o de la forma.
2. Se insiste en el texto originario de la autografa, pero se incorporan normas o
disposiciones, de forma o de fondo, no relacionadas con /as obsen/aciones del
Poder Ejecutivo."
En el presente caso, la Comision se allana a la observacion planteada par !a
Presidenta de la Republica, en merito a las razones que se exponen a continuacion.
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COK-^RFSO "Decenio de /a tguaidad de Oportunidades para mujeres y hombres"
KLnfbucA "Ano de ia unidad, la paz y ei desarroih"
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II. CONTENIDO DE LA AUTOGRAFA
La autografa de ley tiene como objeto emitir disposiciones para la condonacion y reduccion
de las multas derivadas de las elecciones llevadas a cabo durante la emergencia sanitaria
por la pandemia de la COVID-19, asf como eliminar la-constancia de sufragio mediante la
modificacion de la Ley 26859, Ley Organica de Elecciones, y la Ley 26497, Ley Organica
del Registro de Identificacion y Estado Civil.
III. MARCO NORMATIVO
a. Constitucion Poiftica dei Estado.
b. Ley Organica del Elecciones, Ley 26859.
d. Ley Organica de! Registro de Identificacion y Estado Civil, Ley 26497.
e. Ley que suprime las restricciones civiles, comerciales, administrativas y
judiciales; y reduce las multas en favor de los ciudadanos omisos al sufragio,
IV. OBSERVAC10N FORMULADAALAAUTOGRAFA
Respecto a la autografa de ley materia de observacion, el Poder Ejecutivo mediante el Oficio
249-2023-PR de fecha 31 de julio de 2023, ha formuiado observacion al Articulo 4 de la
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SANITAR1A FOR LA PANDEMIA DE LA COVID-19 Y DICTA
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SUFRAGIO
Autografa referido a la incorporacion de la Decimosetima Disposicion Transitoria en la Ley
26859, Ley Organica de Eiecciones.
El Poder Ejecutivo ha planteado que se reformule la referida disposicion transitoria en la
Ley Organica de Elecciones en relacion a !a gratuidad del tramite de justificacion para [os
casos de aquellos electores diagnosticados con [aCOVID-19en lafechaen que se llevaron
a cabo las Elecciones del ano 2022 a fin de garantizar la confidencialidad de la informacion
relacionada a la saiud de los ciudadanos, en ese sentido senalan:
"La disposicion contenida en el artfculo 4 de la Autografa, por la que se
dispone que la Autoridad Nacional Sanitaria (MiNSA), informe sobre !as
personas diagnosticadas con COVID, no resulta materialmente posibfe,
porque un importante porcentaje de personas que padecieron (o padecen)
de COVID-19, no se encuentran registradas, adicionalmente a /os
impedimentos de orden legal sobre la reser^a de la informacion en materia
de saiud de las personas.
En merito de lo senalado, atendiendo a la confidenciatidad y la resen/a de la
historia clmica como documento medico legal, asi como las
responsabilidades que contleva el acto medico y acciones conexas a este, e!
derecho de protecdon de datos personales y las garantias de respeto a/
derecho a la intimidad personal y proteccion de su salud, conforme a los
principios constitucionales y disposidones legales senaladas en /os parrafos
precedentes, corresponde observar la autografa en el extreme de la
disposicion contenida en el artfculo 4, recomendando su reformulacion,
a efectos de precisar aue corresponde a/ administrado beneficiario de
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COKGIftr.AO "Decenio de !a Igualdad de Oportumdades para mujeres y hombres"
KliNJBU(-A "Anodelaunidadjapazyeidesarrolio"
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la ley, la acreditacion de su impedimento por razones de salud, de
ejercer el voto en /os eventos electorales due hace referenda _la_
Autografa de Ley"(Enfasis agregado).
En cuanto a la observacion realizada, se pueden identificar que esta repara en dos
aspectos de la disposicion contenida en el arti'culo 4. El primer aspecto se encuentra
referido a que este contendna un mandato dirigido a la Autoridad Nacional Sanitaria
para que informe sobre las personas que se encontraban diagnosticadas con COVID-
19 a la fecha de reaiizacion de las Elecciones Regionates y Municipales 2022,
mientras que el segundo se refiere al registro documentado de toda [a poblacion
diagnosticada en dicha fecha. Par lo cuai, recomienda que se reformule la disposicion
en el sentido de que sea ei administrado quien acredite el impedimento para ejercer
el veto en dichas elecciones en particular.
Ahora bien, la absolucion de la observacion debe iniciar senaiando que se comparte
la recomendacion del Poder Ejecutivo, en tanto que recoge el sentido en que fue
planteada la disposicion desde su redaccion original, es decir, que lo dispuesto en d
articulo 4 no busca imponer una obliqacion de hacer a la Autoridad Nacional
Sanitaria, sino disponer la gratuidad del tramite para aquellos administrados que
decidan iniciar el procedimiento, incorporando una disposicion similar a
disposiciones transitorias de la Ley Organica de Elecciones previamente emitidas en
relacion a los procesos electorales.
La dlsposicion obsen/ada senaia lo siguiente:
"Las personas diagnosticadas con covid-19 dentro de un plazo maximo de diez dias
calendario, identificadas por la Autohdad Nacional Sanitaria de conformidad con las
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normas emitidas por el Poder Ejecutivo, a la fecha de realizacion de las Elecciones
Regionales y Municipales 2022, estan exentas del pago de la multa por omision a!
sufragio o de inasistencia para integrar las Mesas de Sufragio, segun corresponda. El
Jurado Nacional de Elecciones (JNE) adecua ia ptataforma virtual para el tramite de
justificacion, ast como las disposiciones respectivas para su imptementacion. El
tramite senalado en ta presente disposicion es gratu'ito"
Como se precisa en el uitimo enunciado de la disposicion corresponde al Jurado
Nacional de Elecciones adecuar su plataforma virtual para el tramite de justificacion,
precisando que el tramite es gratuito. Ello se encuentra redactado en dicho sentido,
pues es el administrado interesado en realizar el tramite de la justificacion quien
accede a la plataforma virtual del JNE e ingresa su solicitud. Si se revisa el
antecedente de las disposiciones transitorias incorporadas en la Ley Organica de
Elecciones a proposito de los procesos electorales llevados a cabo durante pandemia
encontramos las siguientes:
SEXTA DISPOSICION TRANSITORIA
Las personas en grupos de riesgo para COVfD-19, identificadas por la Autoridad
Nacional Sanitaria de conformidad con las normas emitidas por el Poder
Ejecutivo, estan exentas del pago de la multa por omision a! sufragio o de
inasistencia a la integracion de las Mesas de Sufragio. El Jurado Nacional de
Elecciones (JNE) debe habilitar una plataforma virtual para e/ tramite de
justificacion o dispensa que corresponda y emitir el reglamento respectivo. La
Oficina Nacional de Procesos Electorates (ONPE) debe hacerlo propio en reladon al
tramite de excusas para sermiembro de Mesa. Todos /os tramites senalados en la
presente disposicion son gratuitos. (Enfasis agregado)
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DECIMOTERCERA DISPOSICION TRANSITORIA
Las personas en grupos de riesgo para la covid-19, identificadas por la Autoridad
Nacional Sanitaria de conformidad con las normas emitidas por el Poder
Ejecutivo, asi como las mujeres embarazadas o personas con hijos menores o igual
de dos (2) anos previos a la fecha de la eleccion, estan facultadas para solicitar
dispensa poromision delsufragio yjustificacion porinasistencia a la integracion
de Mesa de Sufragio, segun corresponda. El Jurado Nacional de Elecciones (JNE)
debe habilitar una plataforma virtual para e/ tramite de justificacion o dispensa
que corresponda y emitir el reglamento respectivo. La Oficina Nacional de Procesos
Electorales (ONPE) debe hacer lo propio con re!aci6n al tramite de excusas para ser
miembro de Mesa. Todos /os tramites senalados en la presente disposicion son
gratuitos. (Enfasis agregado)
La redaccion de ambas disposiciones y [a disposicion observada en la autografa
comparten tres elementos en comun: la referencia a la Autoridad Nacional Sanitaria,
la obligacion del JNE de habilitar una piataforma para realizar el tramite y el caracter
gratuito de este. Si bien en el caso de [a sexta disposicion transitoria no se indica que
las personas que cumplen con la condicion prevista esten facultadas para iniciar el
tramite, la redaccion de la disposicion en su totalidad permite inferirlo a partir de la
necesidad de seguir el tramite gratuito. Solo que en el case de ia disposicion bajo
analisis la medida ya no se encuentra dirigida a las personas del grupo de riesgo, sino
a las personas con diagnostico de COV1D-19 en el di'a del proceso electoral o hasta
diez di'as anteriores a este.
A fin de no ahondar en lo que puede entenderse una diferencia en la interpretacion
par parte del Poder Ejecutivo, se acoge la observacion en e! sentido de que se haga
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DISPOSICIONES SOBRE LA ELIMlNAaON DE LA CONSTANCIA DE
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expiicito que quien debe iniciar el tramite gratuito es el ciudadano interesado en
obtener la Justificacion en el supuesto previsto y no asi la Autoridad Nacional
Sanitaria, de manera que se despeje cualquier duda sobre una presunta obligacion
de proporcionar datos sensibies de los ciudadanos por parte de dicha autoridad, para
lo cual se sehalara expresamente que el ciudadano se encuentra facultado a realizar
la solicitud de lajustificacion.
Ahora bien, en atencion al segundo aspecto de ia observacion referido al subregistro
de casos de personas que padecieron COVID-19, ya que dicha informacion no se
encontran'a consolidada en el Centre Nacional de Epidemiologia, sino que esta
registrada en distintos establecimientos de salud, laboratorios publicos, privados y
mixtos a nivel nacional, se dejara de [ado el requisito referido a la Autoridad Nacional
Sanitaria, evitando la exclusion de casos que cumplan con la condicion sustantiva en
case esta no haya sido registrada mas de la Institucion Prestadora de Servicios de
Salud (IPRESS) a traves de la cual tomo conocimiento de su diagnostico.
Eilo se realiza tomando en consideracion el estandar previsto en el Reglamento de
Justificacion y Dispensa Electoral, aprobado mediante Resolucion 0987-2021-JNE,
en lo referente al documento sustentatorio para unajustificacion por la causa de salud,
pues finalmente el diagnostico de! COVID-19 representana un supuesto especial de
causal de Justificacion por salud, pues esta se podn'a sustentar mediante copia simple
del documento expedido par laboratorio o entidad de salud privada o publica en el
que conste el diagnostico.
En suma, podemos concluir que la disposicion en los terminos que fue aprobada por
el Pleno del Congreso, permite identificar que el tramite para hacer efectiva la
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KU1UBUCA "Ano de !a umdad, ta pazyel desarroHo"
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exencion de multa se inicia par iniciativa del administrado y no asf par la Autoridad
Sanitaria Nacional; no obstante, a fin de clarificar el sentido del texto de la autografa
nos allanamos ante la observacion, planteando una modificacion en la redaccion de
manera que se recoja dicho sentido.
V. CONCLUSION
Por ias consideraciones expuestas y de confomnidad con lo establecido en el artfculo 108
de la Constitucion Politica del Peru y el articulo 79-A del Reglamento del Congreso de la
Republica, la Comision de Constitucion y Reglamento recomienda aprobar el
ALLANAMIENTO a la observacion presentada por el Poder Ejecutivo a la autografa de ley
recafda en ios Proyectos de Ley 1760/2021-CR, 3971/2021-CR y 4301/2022-CR, Ley que
condona y reduce las multas derivadas de las elecciones llevadas a cabo durante la
emergencia sanitaria par la pandemia de la COVID-19 y dicta disposiciones sobre la
eliminacion de la constancia de sufragio, bajo d siguiente texto:
El Congreso de la Republica;
Ha dado ia siguiente Ley:
LEY QUE CONDONAY REDUCE LAS MULTAS DERIVADAS DE LAS ELECCIONES
LLEVADAS A CABO DURANTE LA EMERGENC1A SANITARIA POR LA PANDEMIA
DE LA COVID-19 Y DICTA DISPOSICIONES SOBRE LA ELIMINACION DE LA
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Articulo 1. Condonacion de multas respecto de elecciones Ilevadas a cabo durante el
ano 2021
Se condonan las multas electorales por omision a! sufragio, por no asistir o negarse a
integrar la mesa de sufragio, o por negarse ai desempeno del cargo de miembro de mesa
respecto de las Elecciones Generates 2021, las Elecciones Municipales Complementarias
de Alcalde y Regidores en el distrito de Chipao 2021 y la Consulta Popular de Revocatoria
del Mandate de Autoridades Municipales 2021.
Artfculo 2. Condonacion y reduccion de multas respecto de las Elecciones
Regionales y Municipales 2022
Se condonan y reducen las multas de manera diferenciada de acuerdo con el tipo de multa
y la clasificacion de! Instituto Nacional de Estadfstica e Informatica (INEI) de los distritos
calificandolos como "no pobre", "pobre" y "pobre extremo", respecto de las Eiecciones
Regionales y Municipales 2022, segun el siguiente detalle:
DISTRITO CALIFICADO COMO "NO POBRE" POR EL INE!
Par omision a la votacion
Par no asistir o negarse a integrar ia mesa de sufragio
Par negarse ai desempeno del cargo de miembro de mesa conforme a ia
seleccion estabtecida en el artfculo 250 de la Ley 26859.
MULTA
1 % de la UIT
2,5 % de la UiT
2,5 % de la UIT
12
CONCHISO
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"Decemo de /o iguaidad de Oportunidades para mujeres y hombres'
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ELECCIONES LLEVADAS A CABO DURANTE LA EMERGENCfA
SANITARIA POR LA PANDEMIA DE LA COVID-19 Y DICTA
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SUFRAGIO
DISTRITO CALIFICADO COMO "POBRE" POR EL INEI
Por omision a la votacion
Por no asistir o negarse a integrar la mesa de sufragio
For negarse al desempeno de! cargo de miembro de mesa confomne a la
seleccion establecida en el artfcuio 250 de la Ley 26859.
DISTRITO CALIFICADO COMO "POBRE EXTREMO" POR EL INEI
Por omision a la votacion
For no asistir o negarse a integrar la mesa de sufragio
Par negarse al desempeho de! cargo de miembro de mesa conforme a la
seieccion establecida en el articulo 250 de la Ley 26859.
MULTA
Se condona
1.5% de la UIT
1,5%delaUIT
MULTA
Se condona
1 % de la UIT
1 % de la UIT
Articulo 3. Archivamiento de cobranzas coactivas
Se archivan tos procedimientos de cobranzas coactivas iniciados por no pagar las multas
electorales condonadas, conforme a lo establecido en los artfculos 1 y 2.
13
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N 'Rx -° "Decenso de la Igualdad de Oportunidades para mujeres y hombres"
Ki.PUULiCA //^^ ^ ^ U/7/do^ la paz y e/ desarroHo"
D1CTAMEN DE ALLANAMIENTO RECAIDO EN LA OBSERVACfON
DEL PODER EJECUTIVO A LA AUTOGRAFA DE LOS PROYECTOS
DE LEY 1760/2021-CR, 3971/2022-CR y 4301/2022-CR, LEY QUE
CONDONA Y REDUCE LAS MULTAS DERIVADAS DE LAS
ELECCIONES LLEVADAS A CABO DURANTE IA EIVIERGENCIA
SANITARIA POR LA PANDEMIA DE LA COVID-19 Y DICTA
DISPOSICIONES SOBRE LA EUMINACION DE LA CONSTANCIA DE
SUFRAGIO
Articulo 4. Incorporacion de disposicion transitoria a la Ley 26859, Ley Organica de
Elecciones
Se incorpora la disposidon transitoria decimosetima en la Ley 26859, Ley Organica de
Elecciones.
"DISPOSICiONES TRANSITORIAS Y FINALES
1...]
Decimoseptima Disposicion Transitoria
Las personas diagnosticadas con la covid-19 dentro de un plazo maximo de diez
dias calendario previos a la fecha de realizacion de las Elecciones Regionales y
Municipales 2022 y hasta dicha fecha, estan facultadas para solicitar la
justificacion por omision a! sufraglo o de inasistencia para integrar las Mesas de
Sufragio, segun corresponda. El Jurado Nacional de Etecciones (JNE) adecua la
plataforma virtual para el tram'ite de justificacion, asi como las disposiciones
respectivas para su imptementacion. El tramite senalado en la presente disposicion
es gratuito."
Se modifica el literal c) de! artfculo 390 de la Ley 26859, Ley Organica de Elecciones, a fin
de diminar la exigencia de la constancia de sufragio, quedando redactado en los siguientes
termlnos:
"Articulo 390.- Son rephmidos con pena privativa de la libertad no mayor de seis
meses y pena de multa no menor del diez por ciento del ingreso minimo vital
multipticado por treinta dias de multa mas pena accesoria de inhabilitadon por igual
14
CONG.R?.SO
Kf;Kf'BU(,A
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Decenio de ta IguaSdad de Oportunsdades para mujeres y hombres
"Ano de !a unidad, ta poz y el desarrollo
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rzm-ffi.
DIQITAL
Firmado digrtalmente por:
PICOH QUEDO Luis Raiil FAU
2019174812650ft
Ivbtivo: Soy el autor del
documento
F&cha; 2Q/Q9/2023 15:15:25-0500
DICTAMEN DE ALLANAMIENTO RECAIDO EN LA OBSERVACION
DEL PODER EJECUTIVO A LA AUTOGRAFA DE LOS PROYECTOS
DE LEY 1760/2021-CR, 3971/2022-CR y 4301/2022-CR, LEY QUE
CONDONA Y REDUCE LAS MULTAS DERIVADAS DE LAS
ELECCIONES LLEVADAS A CABO DURANTE LA EMERGENCIA
SANITARIA POR LA PANDEMIA DE LA COVID-19 Y DICTA
DISPOSICIONES SOBRE LA ELIMINACION DE LA CONSTANCIA DE
SUFRAGIO
tiempo que el de la condena, de conformidad con los incisos 1), 2), 3), 4) y 8) del
[...]
c) Los registradores publicos, notahos, escribanos, empleados pubticos y demas
personas que no exijan la presentacion dei Documento Naciona! de Identidad, a fin
de identificar a quienes intentan realizar actos que requieran ta! presentadon."
FZHMA
DIOITKLt
D1SPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES^
Fffmado digifalmente por:
IwlARTI C Q R ENAIulEH D OZA. Jarge
^fonso FAU 20191748126 soft
PRtMERAi"R^lamentaci6n
documento
IFt^a:6?§§fffi^rifcS§:2^I^storaies, en el ambito de sus funciones, emit^rTlftYwjlflmfin
FIRMh
DIGITAL
Fimiado djgitalmente por:
P.AiACIOS HU^IAN l^argat
FAU 20161748126 soft
hArtivo: Soy el autor cfel
documento
^^19/D9/2023 19:1S:45-D5
necesaria para garantizar la implementacion de [a presente ley dentro de los treinta (30)
dfas calendario siguientes a su publicacion.
SEGUNDA. Alcance
La condonacion y reduccion de multas electorates a que se contrae la presente ley no
alcanza a quienes a [a fecha hubieran efectuado la canceiacion de estas, no siendo
FZKMA.
DSigiTAS*
procedente la devolucion del pago por dicho concepto.
Tirmado digitalmente por:
ECHEvERRlARODRIGUE
Hamlet FAU 2Q18t74ei2G soft
IUNIVD:_SOV el 3ut3rdel DISPOSICION COMPLEMENTARIA DEROGATO
documenio
Fecha: 18Ai9^023 16;14:42-05QQ
^^^..
Finnado djgjtalmente por:
CHACONTRUJILLO Hilsa
?riy FAU 2D161748126 soft
[Artivo: Soy el autor d&l
documento
Fecha; 18/08^023 16:28:43-05
UNICA. Derogacion
Se deroga el artfculo 29 de la Ley 26497, Ley Organica del Registro de Identificacion y
Estado Civil.
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S*A
F.IRMA
DIOITfcL
Firmado rfig'rtalmente por:
JOSELUtS ELIASA'yftLOS
Iwbtivo: Soy el autor del
docum&rrto
Fecha: JS/D9/2D23 18:C8:16-D5DQ
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FXIQ?
EIQITAXi
Fimnado digitalmente por:
VALER P INTO Hestor F.^JU
20161749128 soft
Motivo: Soy &1 autor del
documento
Fecha: 18ffla,i2D23 16:21:Q6-Q50D
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iFIPMh.
DXOITAI.
Firmljn digitalmente por:
3ALHUANACAV1DES Eduardc
FAU2D13174S 128 soft
tyfativo: Soy el autor del
doeumento
Feoha: 18AJ8/2D23 15:59:39-05
Finmado digrtalmente por:
TAIPECORONADO Maria
Bizabetti, FAJJ 20181748128 soft
iyp; 5°y el autor tiel
^Ri^yhg^jip8/2023 f7:23:23-&50D
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FIRMA.
DIOITAL
KU'UBLICA
Firrnado dig'rtalmemte par:
ARAGON CARRENQ Liiis Atgel
FAU2D1S174812Gsoft
tvtotiv(|;^^^ij
docui
Fech^1'9.
Tfecenfo de !a Iguatdad de Oportunidades'para mujeres y hombres"
"Ano de la unidad, la paz y el desarrolSo"
Fimiado digitalmenrte por:
PAREDES GOHZALES ^fex
Artonio WU 20161748126 soft
^ilwoF^oy el autor del
tcKiiStiento
;Fecfta"+£i/D9/2023 )6:43:2y-05
^.x/.iifSf^,
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E-I'RMA
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Fimnado digitalmente pDr
GONZALES DELGADO Diana
Carolina FAU 2016174S126 soft
lutriivo: Soy el autor del
documento
Fecha: 18ffl6ff023 15:08:31-0500
Dese cuenta,
Sala de Sesiones
12 de setiembre de 2023.
DICTAMEN DE ALLANAMIENTO RECAIDO EN LA OBSERVACION
DEL PODER EJECUTIVO A LA AUTOGRAFA DE LOS PROYECTOS
DE LEY 1760/2021-CR/ 3971/2022-CR y 4301/2022-CR, LEY QUE
CONDONA Y REDUCE LAS MULTAS DERIVADAS DE LAS
ELECCIONES LLEVADAS A CABO DURffM IJ;. LA blVILKl^yrtQA diaitaimente Dor:
"^^t^. i '.'."l'~~." ~"°"-~;^-'"~'r'~"
-19 Y
SANITARIA POR LA PANDEMIA DE
DISPOSICIONES SOBRE LA EUMINACION
SUFRAGIO
|[^Bp^lAGARCIALuis
"Aturo FAU 20161748128 soft
'qiy^NplfitiRf Soy e! autor del
documento
Fecha: )&/D8/2Q23 13:t8:D1-D5
nmffi.
DIGITAL
Firmado digrtalmente par:
ECH^JZDENUHEZIZAJGA
Gladys lutargot FAU 2D161748126
soft
tukrtivo: Soy el autordel
doeumento
Fecha: 13,nQ8/2D23 1Q:D3:DQ-D5QQ
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MARTHA LUPE MOYANO DELGADO
Presidents
Comision de Constitucion y Reglament
Firmadci digitalmente p or
MOYAMO DELGADQ ?rtha
Lupe FAU2D161748126soft
kkrtivo: Soy el autor del
documento
Fecha: 15/D9/2D23 16:28:27.0SDO
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Firmado digrtalmente por:
REYMUNDOMERG^OO Bdga
Comelio FAJU 20161748128 so1
Motivo: Soy el aiftor del
doeumerrtD
Fecha: 18/09/2023 11:2D:40-DS
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Finnado digitalmenrte por:
ALVAPRIETO Maria Del
Cannen FAU 20161749126 soft
Irtrtivo: Soy el autar del
documerito
Facha: 16^9/2023 12:21:50-0500
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Firmado digitalmente por:
h/lAfiTICORENAMENDOZAJ&rge
^Ifonso FAU2H16f748126soft
hArtivo: Say el autordel
documento
Fecha: 18ffl9ffl023 14:14:5+0500
Fimnado digrtalmente por
JUAREZ GALLEQOS Carmen
Patricia FAU 201617-W126 sofl
Mstivo: Soy el autor del
documento
Fecha: 13/09/2023 10:34:28-05
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Firmado digitalmente par:
CLONES SORi^iO L^dy
tutercedes FAU 2Q1G1T4Q126 soft
tuNivo: Soy ei autorctel
documents
Feeha: 18/D9/2D23 12:37:)5-D5DD
Firm ado digit aim e nt e por
MARTICOREMAMEMDQZAJs?rge
^ifonso FAU 20161748126 soft
tubtivo: Soy el autor del
doeumento
Fecha: 1Sffl9/2D23 14:t5:48-D50D
Fimdife digitalmente por
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Adolfo FALI 20161748126 soft
Motive: Soy el autor del
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Fecha: 1S/09/2D23 1o;2?;3a-D5
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BURG03 OLIVEROSJuan
Bartolome FAU 2Q1617'?126 soft
lubtivo: Soy el autor del
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Fecha: 2D/D9GD23 18:D1:37-D50D

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