Dictamen recaído en el proyecto de Ley 072/2016-CR que se propone modificar el último párrafo del artículo 57 del código penal, ampliando la prohibición del beneficio de la suspensión de la pena efectiva a los condenados por lesiones leves causadas por violencia contra la mujer.. . .

Fecha24 Noviembre 2016
Tipo de procesoUnanimidad
EmisorMujer y Familia
4
CONGRESO DE LA REPUBLICA
ÁREA DE TRAMITE DOCUMENTARIO
2 4 NOV 2016
DO
Firma
. Hora‘"
.
.5,2.9
CONGRESO
REPÚBLICA
DICTAMEN RECAÍDO EN EL PROYECTO E LEY
072/2016-CR QUE SE PROPONE MODIFICAR EL
ÚLTIMO PÁRRAFO DEL ARTÍCULO 57 DEL CÓDIGO
PENAL, AMPLIANDO LA PROHIBICIÓN DEL
BENEFICIO DE LA SUSPENSIÓN DE LA PENA
EFECTIVA A LOS CONDENADOS POR LESIONES
LEVES CAUSADAS POR VIOLENCIA CONTRA LA
MUJER.
COMISIÓN DE MUJER Y FAMILIA
PERÍODO ANUAL DE SESIONES 2016 -2017
Dictamen 002-2016-2017/CMF-CR
Señora Presidenta:
Ha sido remitido para dictamen de la Comisión de Mujer y Familia el Proyecto de
Ley 072/2016-CR presentado por el
Grupo Parlamentario Fuerza Popular,
a
iniciativa de la congresista
María Cristina Melgarejo Paucar,
mediante el cual
se propone modificar el literal c) del numeral 3) del artículo 122 del Decreto
Legislativo 635, Código Penal, por el cual se propone la no aplicación de la
suspensión de la ejecución de la pena para los casos de violencia contra la
mujer, siempre que la conducta del agresor sea reiterada y ocasione a la víctima
lesiones leves.
El presente Dictamen fue aprobado por Unanimidad en la Novena Sesión
Ordinaria de la Comisión de Mujer y Familia, celebrada el 23 de noviembre del
2016.
1. SITUACIÓN PROCESAL
a) Antecedentes
- El Proyecto de Ley 072/2016-CR ingresó al Área de Trámite Documentario
el 23 de agosto de 2016 y fue derivado para estudio y dictamen a la
Comisión de Justicia y Derechos Humanos el 25 de agosto de 2016 y a la
Comisión de Mujer y Familia', como segunda comisión dictaminadora
mediante decreto de envío el 18 de octubre de 2016. Actualmente la
Comisión de Justicia y Derechos Humanos dictaminó a favor de su
aprobación en su sesión ordinaria del 15 de noviembre del 2016.
1
Con Oficio Nº 036-2016-2017/CMF-CR-2 del 14 de setiembre del 2016, la Presidenta de la CornIsión de Mujer y Familia
envía el acuerdo por unanimidad efectuado en e! pleno de la comisión que la :niciativa legislativa pase para estudio y
dictamen el su calidad de segunda dictaminadora. El 11 de octubre del 2016 el Consejo Directivo del Congreso de la
República decreta el envío de la propuesta legislativa a la Comisión de Muje,
-
y Familia en su calidad de segunda
dictaminadora.
1

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