Dictamen recaído en el proyecto 03858/2022-CR. LEY QUE CREA EL SUB PROGRAMA "CHAMBITA JOVEN" PARA LA ATENCIÓN DE JÓVENES NINIS EN EL PERÚ (EN RELATORÍA 14/11/2023)

JurisdicciónPerú
Tipo de procesoDICTAMEN POR UNANIMIDAD
Fecha14 Noviembre 2023
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!SJilvcAU I /_^ / / ,.-, . -, . "Deceniode la Iguatdadde Oportunidades para mujeresyhombres"
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DICTAMEN DE INHIBICION RECAIDO EN EL PROYECTO DE LEY
3858/2022-CR, LEY QUE CREA EL SUB PROGRAMA "CHAMBITA
JOVEN" PARA LA ATENCION DE JOVENES NINIS EN EL PERU
COMISION DE DESCENTRAUZACION, REGIONALIZACION, GOBIERNOS LOCALES
Y IV10DERNIZACION DE LA GESTION DEL ESTADO
Periodo Anual de Sesiones 2023 - 2024
Senor Presidente:
Ha ingresado para dictamen de la Comision de Descentralizacion, Regionalizacion,
Gobiernos Locales y Modernizadon de la Gestion del Estado, el Proyecto de Ley
3858/2022-CR, ley que crea e! subprograma "chambita joven" para la atencion dejovenes
ninis en el Peru.
E! presents dictamen fue aprobado por UNANIMIDAD, en la octava sesion de la Comision,
de fecha 31 de octubre de 2023, con 21 votos a favor de los congresistas: CAVERO ALVA,
Alejandro; OBANDO MORGAN, Auristela; PALACIOS HUAMAN, Margot; AGUINAGA
RECUENCO, Aiejandro; ALCARRAZ AGUERO, Yorel; ARRIOLA TUEROS, Jose;
BELLIDO UGARTE, Guido; CORDERO JON TAY, Maria; CUETO ASERVf, Jose;
DOROTEQ CARBAJO, Raul; ECHEVARRlA RODRIGUEZ, Hamlet; ESP1NOZA VARGAS,
Jhaec; GUTIERREZ TICONA, Paul; HUAMAN CORONADO, Raul; JUAREZ GALLEGOS,
Carmen; JUL6N IRIGOiN, Elva; MUE^IANTE BARRIOS, Alejandro; PARIONA SINCHE,
Alfredo; REVILLA VILLANUEVA, Cesar; YARROW LUMBRERAS, Norma; y ZEBALLOS
MADARIAGA, Carlos.
I. SITUACION PROCESAL
El Proyecto de Ley 3858/2022-CR, Ley que crea el subprograma "Chamblta Joven"
para ia atencion dejovenes ninis en el Peru, fue presentado porel congresista PADILLA
ROMERO, Javier Rommel; del grupo parlamentario Renovacion Popular, ante el Area
de Tramite Documentario del Congreso de la Republica con fecha 28 de diciembre de
2022.
Fue decretado, con fecha 04 de enero de 2023, a la Comision de Trabajo y Seguridad
Social, como primera comision; y a la Comision de Descentralizacion, Regionalizacion,
Gobiernos Locales y IVIodernizadon de la Gesfion del Estado, como segunda.
II. CONTENIDO DE LA PROPUESTA
El Proyecto de Ley 3858/2022-CR, propone la creaclon de un subprograma de
empleabiiidad juvenil denominado "chambita joven" para el empleo especifico de
jovenes ninis, insertado en el programa nacional para la empleabilidad creado segun
Decreto Supreme 019-2020-TR, por el cual se aprobo la fusion par absordon del
Programa "Impuisa Peru" al Programa "Jovenes Productivos" y cambio de
denominacion a Programa Naclonal para la Empleabilidad.
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"Decenio de la Iguaidad de Oportunidades para mujeres y hombres"
REPUBLICA. "Aho de !a unidad, !a paz y el desarroHo"
DICTAMEN DE INHIBICION RECAIDO EN EL PROYECTO DE LEY
3858/2022-CR, LEY QUE CREA EL SUB PROGRAMA "CHAMBITA
JOVEN" PARA LA ATENCION DE JOVENES MINIS EN EL PERU
Asimismo, el proyecto de ley plantea que cada gobierno regional, gobierno local u
organo publico ejecutor, de acuerdo con su disponibilidad presupuestal, priorice la
creacion del subprograma "ChambEta Joven", con la finalidad de atender a los jovenes
ninis del pais y luchar contra el desempieo y !a inseguridad ciudadana.
MARCO NORMATIVO
• Decreto Supreme ? 019-2020-TR, Decreto Supremo que aprueba la fusion por
absorcion del Programs "Impulsa Peru" al Programa "Jovenes Productivos" y
cambio de denominacion a Programa Nacional para la Empleabilidad.
• Decreto Supreme ? 013-2019-IVIINEDU, Decreto Supremo que aprueba la
Politica Nacional de Juventud.
Ley 30288, Ley que promueve el acceso a jovenes al mercado laboral y la
proteccion social.
IV. ANALISIS DEL CONTENIDO DEL PROYECTO DE LEY
La propuesta de ley senala que, en ei articulo 22 de la Constitucion Politica del
Peru, se menciona que "e/ trabajo es un debery un derecho. Es base del bienestar
soc/'a/ y un medio de realizacion de la persona." Asimismo, indica la iniciativa que
en el articulo 23 se menciona que "El trabajo, en sus diversas modaiidades, es
objeto de atencion priontana del Estado" y tambien que "Et Estado promueve
condiciones para el progreso social y economico, en especia! mediante polfticas
de fomento del empieo productivo y de educacion para el trabajo".
El proyecfo de leytambien menciona que, en el ano 2017, la Camara de Comercio
de Lima informo que en el Peru se registraron 1,4 miliones dejovenes entre 15 y
19 anos de edad que no estudian ni trabajan, lo cual representaria a un 19.2% de
la poblacion.
Esta propuesta legislativa busca reducir la delincuencia juvenil mediante la
promocion del empleo. En sus fundamentos senala que el INEI informo, mediante
el Primer Censo Naciona! Penitenciario del 2016, que !a cantidad de reclusos
jovenes de 18 a 24 anas, ascendian a 87,246.
Ahora bien, analizada la propuesta legisiativa, se observa que su objetivo se centra
basicamente en establecer que el Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo,
impulse un programa parajovenes que no estudian nl trabajan, como una forma
de reducir la tasa de vioiencia juvenil; materia que no es competencia de esta
"Decenio de la Igualdad de Oportunidades para mujeres y hombres"
REPUBL1CA. "Ano de la un'idad, la paz y ei desarrollo"
DICTAMEN DE INHIB1CION RECAIDO EN EL PROYECTO DE LEY
3858/2022-CR, LEY QUE CREA EL SUB PROGRAMA "CHAMBITA
JOVEN" PARA LA ATENCfON DE JOVENES MINIS EN EL PERU
comision sino de !a Comision de Trabajo y Seguridad Social, quien, cabe informar,
ha aprobado ya un dictamen favorable el dia 24 dejulio de 2023.
Aqui es importante senalar que cada comision se rige par el criterio de
especialidad, de modo tal que una no debe invadir compefencias en materia de
estudio, analisis y decision que correspondan a otras comisiones ordinarias.
Respecto a la definicion y reglas para la conformacion de las comisiones
que:
"Articulo 34.- Las _comlsiones son qrupos de trabajo espec|al!zadp_s_de
ConqresJstas, cuya funcion principal es el seguimiento y fiscalizacion del
funcionamiento de los organos estatales y, en particular, de IDS sectores que
componen la Administracion Publica. Asimismo, les compete el estudio v
dictamen de los proyectos de ley y la absolucion de consultas, en IDS asuntos
que son puestos en su conocimiento de acuerdo con su especialidad o
materia (..)" (el subrayado es nuestro)
En este sentido, las comisiones ordinarias son grupos de trabajo especlalizados,
conformados par congresistas, cuya competencia legislativa implica el estudio y
dictamen de proyectos de ley, de conformidad con la especialidad o la materia de
la comision.
Finalmente, es Emportante precisar que la Comision de Descentralizacion,
Regionalizacion, Gobiemos Locales y Modernizacion de la Gestion del Estado,
aprobo, con fecha 29 de agosto de 2023, su Plan de Trabajo para el periodo anual
de sesiones 2023-2024, el que se establecen las prioridades tematicas en atencion
a su ambito de competencia, no encontrandose el tratamiento de temas que no
esten directamente vinculados a la competencia por especialidad o materia de la
Comision.
En consecuencia, considerando que el inciso c) del articulo 70 del Reglamento del
Congreso establece que los dictamenes pueden concluir la inhibicion de la
Comision por no tener competencia en la materia de la proposicion, esta comision
recomienda concluir en ese sentido, sin emitir pronunciamiento de fondo sobre el
proyecto de ley referido.
.s.
CONGRESO
KEI'UBLICA
"Decenio de la iguatdad de Oportunidades para mujeres y hombres"
"Aho de la unidad, ia paz y el desarrollo"
DICTAMEN DE INHIBIC10N RECAIDO EN EL PROYECTO DE LEY
3858/2022-CR, LEY QUE CREA EL SUB PROGRAMA "CHAMBITA
JOVEN" PARA LA ATENCION DE JOVENES NINIS EN EL PERU
V.
CONCLUSION
Por las consideraciones expuestas y de conformidad de lo establecido en el literal
c) del articuto 70 del Regiamento del Congreso, la Comision de Descentralizacion,
Regionalizadon, Gobiernos Locales y IVlodernizacion del Estado SE INHIBE de
dictaminar ei Proyecto de Ley 3858/2022-CR, por no tener competencia por
especialidad o materia, sin que ello constituya un pronunciamiento sobre la
viabilidad o inviabilidad de la propuesta.
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Comision de Descentralizacion, Regionalizacion, Gobiernos Locales y
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MP Dictamenes
De: mesadepartesvirtual@congreso.gob.pe
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Asunto: Mensaje Usuario Interno - Dictamenes
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[Solicitante]: mespinozam@congreso.gob.pe
[Asunto]: Mensaje Usuario Interno - Dictamenes
[Mensaje]: REMITO DICTAMENE5 APROBADOS EN LA COIV11SION DE DESCENTRALIZACION, SOBRE LOS PROYECTOS
DE LEY 3858, 5493, 5834 Y 5837; CABE INDICAR QUE LOS DICTAMENES ENVIADOS, SE APROBARON EN LA OCTAVA
SESION ORDINARIAY FUERON APROBADOS CON LA DISPENSA DE APROBACION DEL ACTA CORRESPONDIENTE
[Fecha]: 2023-11-14 11:50:13
[IP]: 192.168.10.219
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