DECRETO SUPREMO N° 016-2010-MINCETUR - Se modifica el Artículo 16° del Reglamento que establece las Normas para determinar el origen de una mercancía de conformidad con lo establecido en el Acuerdo de Promoción Comercial suscrito entre el Perú y Estados Unidos, aprobado por Decreto Supremo N° 003-2009-MINCETUR

Fecha de disposición11 Septiembre 2010
Fecha de publicación11 Septiembre 2010
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, sábado 11 de setiembre de 2010
425538
respectivos ámbitos territoriales, la gestión de los recursos
hídricos, en el marco de las políticas y normas dictadas por
el Consejo Directivo y Jefatura de la Autoridad Nacional
del Agua;
Que, el artículo 38º del Reglamento de Organización
y Funciones de la Autoridad Nacional del Agua, aprobado
mediante Decreto Supremo Nº 006-2010-AG, establece
que la Dirección de la Autoridad Administrativa del Agua,
es el órgano ejecutivo de la Autoridad Administrativa
del Agua encargado de conducir los procesos técnicos,
jurídicos, presupuestarios y administrativos relativos a la
gestión multisectorial del agua en su respectivo ámbito,
dependiendo jerárquicamente de la Alta Dirección;
Que, a f‌i n de garantizar el adecuado funcionamiento
de la Autoridad Nacional del Agua, resulta necesario
encargar las funciones de la Dirección de la Autoridad
Administrativa del Agua Cháparra – Chincha;
Que, de conformidad con lo dispuesto en la Primera
Disposición Complementaria Transitoria del Reglamento de
Organización y Funciones de la Autoridad Nacional del Agua,
aprobado mediante Decreto Supremo Nº 006-2010-AG: “En
tanto se implemente el Cuadro de Asignación de Personal
– CAP de la Autoridad Nacional del Agua, la Jefatura queda
facultada para encargar, mediante Resolución Jefatural,
las funciones de las Autoridades Administrativas del
Agua, Administraciones Locales de Agua y Secretario
Técnico del Consejo de Recursos Hídricos”; y,
Con los vistos de la Of‌i cina de Asesoría Jurídica
y de la Secretaria General, y en uso de las funciones y
atribuciones conferidas a este Despacho en el artículo
11º del Reglamento de Organización y Funciones de
la Autoridad Nacional del Agua, aprobado mediante el
Decreto Supremo Nº 006-2010-ANA;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Encargar, las funciones de
Director de la Autoridad Administrativa del Agua Cháparra
– Chincha (Código II), al Ing. ANDRÉS JAVIER GARCÍA
QUISPE.
Artículo Segundo.- Las Autoridades Locales de
Agua del ámbito de la Autoridad Administrativa del Agua
Cháparra – Chincha, continuarán ejerciendo la función de
primera instancia administrativa, por un plazo de sesenta
días computados a partir de la publicación de la presente
resolución, en el que se deberá concluir con el proceso
de implementación de dicha Autoridad Administrativa del
Agua.
Artículo Tercero.- Los costos que irroguen la
encargatura señalada en el artículo precedente afectarán
al presupuesto del Pliego Nº 164 de la Autoridad Nacional
del Agua.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JAVIER CARRASCO AGUILAR
Jefe
Autoridad Nacional del Agua
542292-1
Aprueban “Lineamientos Generales
para la Creación de Consejos de
Recursos Hídricos de Cuenca”
RESOLUCIÓN JEFATURAL
Nº 575-2010-ANA
Lima, 9 de setiembre de 2010
VISTO:
El informe Nº 055-2010-ANA-DCPRH, de la Dirección
de Conservación y Planeamiento de Recursos Hídricos
de esta Autoridad; y,
CONSIDERANDO:
Que, según el inciso 3) del artículo 15º de la Ley Nº
29338, Ley de Recursos Hídricos, la Autoridad Nacional
del Agua tiene como función dictar normas y establecer
procedimientos para asegurar la gestión integrada y
sostenible de los recursos hídricos;
Que, de acuerdo a la Primera Disposición
Complementaria Final del Reglamento de la precitada
Ley, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2010-AG, la
Autoridad Nacional del Agua está facultada para dictar,
mediante Resolución Jefatural, las disposiciones que sean
necesarias en el marco del mencionado reglamento;
Que, mediante Resolución Jefatural Nº 495-2010-
ANA, se dispuso la prepublicación del “Proyecto de
Lineamientos Generales para la Creación de Consejos
de Recursos Hídricos de Cuenca”, encargándose a la
Dirección de Conservación y Planeamiento de Recursos
Hídricos, la recepción y análisis de las sugerencias que
se presenten;
Que, el Informe Técnico Nº 012-2010-ANA-DCPRH/
JRP de la Dirección de Conservación y Planeamiento de
Recursos Hídricos señala que habiendo transcurrido el
plazo establecido se han recibido aportes a la propuesta
de “Lineamientos Generales para la Creación de Consejos
de Recursos Hídricos de Cuenca”, los cuales han sido
incorporados en la versión def‌i nitiva del citado proyecto
que se adjunta al precitado informe;
Que, con el documento del visto, la Dirección de
Conservación y Planeamiento de Recursos Hídricos,
expresa su conformidad a la versión def‌i nitiva de la
propuesta de “Lineamientos Generales para la Creación
de Consejos de Recursos Hídricos de Cuenca”,
correspondiéndole disponer su aprobación;
Estando a lo opinado por la Of‌i cina de Asesoría
Jurídica, con los vistos de la Secretaría General y de la
Dirección de Conservación y Planeamiento de Recursos
Hídricos; de conformidad con el Decreto Supremo Nº 001-
2009-JUS, el Decreto Supremo Nº 002-2009-MINAM y el
artículo 11º del Reglamento de Organización y Funciones
de la Autoridad Nacional del Agua, aprobado por Decreto
Supremo Nº 006-2010-AG.
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Aprobar los “Lineamientos Generales
para la Creación de Consejos de Recursos Hídricos de
Cuenca”, que forman parte integrante de la presente
resolución.
Artículo 2º.- Publíquese en el portal electrónico
institucional, www.ana.gob.pe, los lineamientos aprobados
mediante la presente resolución.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JAVIER CARRASCO AGUILAR
Jefe
Autoridad Nacional del Agua
542292-2
COMERCIO EXTERIOR
Y TURISMO
Se modifica el Artículo 16º del
Reglamento que establece las Normas
para determinar el origen de una
mercancía de conformidad con lo
establecido en el Acuerdo de Promoción
Comercial suscrito entre el Perú y
Estados Unidos, aprobado por Decreto
Supremo Nº 003-2009-MINCETUR
DECRETO SUPREMO
Nº 016-2010-MINCETUR
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resoluciones Legislativas Nº 28766
y 29054 se aprobó el Acuerdo de Promoción Comercial
Perú - Estados Unidos y el Protocolo de Enmienda al
Acuerdo de Promoción Comercial Perú - Estados Unidos,
respectivamente;

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