Despenalización de las relaciones sexuales en menores de edad
Autor | Esperanza Tafur Gupioc |
Cargo | Corte Superior de Justicia de Amazonas |
Páginas | 91-100 |
91
DESPENALIZACIÓN DE LAS RELACIONES SEXUALES EN
MENORES DE EDAD
Dra. Esperanza Tafur Gupioc
Corte Superior de Justicia de Amazonas
Recibido: 14 .0 4.13 Aceptado: 24.07.13
SUMARIO
Antecedentes. Problemática judicial. La despenalización de las
relaciones sexuales. Recomendaciones. Conclusiones.
RESUMEN
Los delitos contra la libertad sexual e indemnidad sexual son
los que han sufrido el mayor número de modificaciones en el
por completo el concepto de violación sexual, y 28704, que cambio
diversos artículos del Código Penal incrementando la carcelería de
las personas entre los 14 y 18 años, sin importar que la relación
sexual hubiera sido consentida o con plena capacidad, es decir,
desconociendo el proceso de maduración sexual y psicológica que
se produce en esta etapa del desarrollo biológico de las personas.
La despenalización de las relaciones sexuales consensuadas
en menores de edad, si bien es cierto sería necesaria, resulta
prematuro por cuanto el Estado previamente debe desarrollar
una adecuada política dirigida a la prevención que incida en las
áreas social, económica, educacional y de capacitación familiar
urbana y recreacional principalmente. Se requiere de una reforma
integral que comprenda esos aspectos, atendiendo no solamente la
normativa civil, penal y constitucional de los niños y adolescentes,
sino también los aspectos sociológicos y psicológicos.
Palabras clave
Relaciones sexuales en menores de edad, despenalización,
formación integral, educación responsable, capacitación en asuntos
de familia.
ABSTRACT
Crimes against sexual free demand sexual indemnity are those
who have suffered the greatest number of changes in the criminal
justice system, particularly laws that variedfrom28251whole
concept of sexual violation and 28704 to change various articles
of the criminal code, increasing the forcible detention of people
VOX JURIS (25) 1, 2013 etagu@yahoo.es
VOX JURIS, Lima (Perú) 25 (1): 91-100, 2013
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