Declaran desierto concurso público de méritos convocado para crear salas en el Tribunal Registral de la ORLC
Fecha de disposición | 13 Julio 2000 |
Fecha de publicación | 13 Julio 2000 |
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NORMAS LEGALES
Lima, jueves 13 de julio de 2000
Estando al Informe de la Comisión Permanente de Procesos
Administrativos Disciplinarios y las visaciones de la Oficina
General de Asesoría Jurídica y Oficina de Recursos Humanos; y,
De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo Nº
276, Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, Resolución Ministerial Nº
199-98-JUS y en uso de las facultades conferidas por la Resolución
Suprema Nº 262-99-JUS;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- IMPONER la medida disciplinaria de CESE
TEMPORAL, sin goce de remuneraciones, por el término de cinco
(5) meses al servidor LUIS ALBERTO ALVAREZ ROJAS y JOSE
ANDONAYRE AREVALO.
Artículo 2º.- ABSOLVER a los servidores SEGUNDO CO-
RONADO ACOSTA y WILFREDO VASQUEZ QUIROZ, de los
cargos formulados en la Resolución de Apertura.
Artículo 3º.- Notifíquese la presente Resolución a través de
la Oficina de Recursos Humanos del Instituto Nacional Peniten-
ciario y/o Diario Oficial El Peruano, para los efectos legales
pertinentes.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
GUSTAVO O. BRAVO VARGAS
Presidente del Consejo Nacional
Penitenciario del INPE
7972
OFICINA REGISTRAL
DE LIMA Y CALLAO
Declaran desierto concurso público
de méritos convocado para crear salas
en el Tribunal Registral de la ORLC
RESOLUCION JEFATURAL
Nº 744-2000-ORLC/JE
Lima, 10 de julio de 2000
VISTOS, el acta del resultado final del Concurso Público de
Méritos Nº 001-2000-ORLC, de la Oficina Registral de Lima y
Callao;
CONSIDERANDO:
Primero.- Que mediante aviso publicado en el Diario Oficial
El Peruano, publicado el 18 de junio del 2000, se convocó al
Concurso Público de Méritos Nº 001-2000-ORLC, para crear dos
salas en el Tribunal Registral de la Oficina Registral de Lima y
Callao, integradas por seis vocales, con la conformidad de la
Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, mediante
Oficio Nº 272-2000-SUNARP/ECR-SN;
Segundo.- Que, mediante acuerdo sentado en acta de resul-
tado final del Concurso Público de Méritos Nº 001-2000-ORLC, el
Jurado Calificador ha declarado desierto al indicado concurso, por
cuanto en este se han presentado los supuestos previstos en el
Artículo 29º del Texto Unico Ordenado del Reglamento del Con-
curso Público de Méritos, aprobado por Resolución del Superin-
tendente Nacional de los Registros Públicos Nº 097-96-SUNARP,
modificado por resoluciones de la Superintendente Nacional de
los Registros Públicos Nºs. 039-99/SUNARP y 054-99/SUNARP;
Tercero.- Que en consecuencia, es necesario declarar desier-
to el concurso a fin de proceder a realizar una nueva convocatoria,
de acuerdo a lo establecido en el segundo párrafo del Artículo 29º
del Texto Unico Ordenado del Reglamento del Concurso Público
de Méritos antes citado;
Cuarto.- En uso de las facultades conferidas por el Artículo 4º
de la Ley Nº 26366, Ley de Creación del Sistema y de la Superin-
tendencia Nacional de los Registros Públicos, en concordancia con
los Artículos 28º y 29º del Estatuto aprobado por Decreto Supremo
Nº 004-95-JUS y los Artículos 7º, y 8º del Reglamento de Organi-
zación y Funciones de la Oficina Registral de Lima y Callao
aprobado por Resolución del Superintendente Nacional de los
Registros Públicos Nº 185-96-SUNARP;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- DECLARAR desierto el Concurso Públi-
co de Méritos Nº 001-2000-ORLC.
Artículo Segundo.- ORDENAR la publicación de la presente
Resolución en el Diario Oficial El Peruano.
Artículo Tercero.- REMITIR copia de la presente Resolu-
ción a la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos,
para su conocimiento.
Regístrese y comuníquese.
C. HERNAN MARTINEZ QUIÑONES
Jefe de la Oficina Registral de Lima y Callao
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R P M
Disponen publicar relación de conce-
siones mineras cuyos títulos fueron
aprobados en el mes de junio del año
2000 RESOLUCION JEFATURAL
Nº 02406-2000-RPM/J
Lima, 7 de julio del 2000
CONSIDERANDO:
Que, el Registro Público de Minería publicará mensualmente
en el Diario Oficial El Peruano, por una sola vez, la relación de
concesiones mineras cuyos títulos hubieran sido aprobados en el
mes anterior;
Con la visación de la Directora General (e) de la Oficina de
Asesoría Jurídica;
De conformidad con lo dispuesto por el Artículo 124º del Texto
Unico Ordenado de la Ley General de Minería, aprobado por
Decreto Supremo Nº 014-92-EM y el Artículo 24º del Decreto
Supremo Nº 018-92-EM;
SE RESUELVE:
Artículo Unico.- PUBLIQUESE, en el Diario Oficial El
Peruano, la relación de concesiones mineras cuyos títulos
fueron aprobados en el mes de junio del 2000, de acuerdo a la
relación adjunta que forma parte integrante de la presente
resolución y para los efectos a que se contraen los Artículos 125º
del Decreto Supremo Nº 014-92-EM y 25º del Decreto Supremo
Nº 018-92-EM.
Regístrese y comuníquese y publíquese.
JORGE DIAZ ARTIEDA
Jefe Institucional
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SUNASS
Aprueban lista de servicios adminis-
trativos y precios de publicaciones de
la SUNASS
RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA
Nº 185-2000-SUNASS
Lima, 10 de julio del 2000
CONSIDERANDO:
Que, por Decreto Supremo Nº 057-2000-EF, se aprobó el Texto
Unico de Procedimientos Administrativos – TUPA de la Superin-
tendencia Nacional de Servicios de Saneamiento – SUNASS;
Que, la SUNASS presta al público algunos servicios adminis-
trativos que no están contenidos en el TUPA debido a que no
involucran un pronunciamiento y que deben ser conocidos por el
público;
Que, el Artículo 69º literal c) del Decreto Supremo Nº 24-
94-PRES, que aprueba el Reglamento de la Ley General de la
Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento, es-
tablece que es ingreso propio de la SUNASS el monto recau-
dado por las publicaciones, estudios especiales u otros mate-
riales impresos o en archivos magnéticos que se difundan o
que se utilicen en apoyo a la prestación de servicios de
saneamiento; siendo atribución de la SUNASS fijar el costo de
los mismos;
Que, en consecuencia, es necesario aprobar la lista de
servicios administrativos que la SUNASS presta al público, así
como los precios de las publicaciones u otros materiales impresos
que difunde la SUNASS conforme a lo indicado en el considerando
precedente;
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