07 225-2001-J/ONPE - Relación de Jefes de las Oficinas Descentralizadas de Procesos Electorales de Huancavelica, Sánchez Carrión y Tambopata

Fecha de disposición27 Febrero 2001
Fecha de publicación27 Febrero 2001
Pág. 199297
NORMAS LEGALES
Lima, martes 27 de febrero de 2001
Que la institución solicitante ha cumplido con los requi-
sitos que se exige para la inscripción en el Registro Electoral
de Encuestadoras, como son: a) solicitud dirigida al Jurado
Nacional de Elecciones, b) nombre de la encuestadora, c)
domicilio, y d) pago de la tasa correspondiente; de conformi-
dad con lo establecido en el Artículo 4º del Reglamento del
Registro Electoral de Encuestadoras aprobado por Resolu-
ción Nº 142-2001-JNE;
Que cumplidos los requisitos señalados en el conside-
rando anterior, se debe inscribir a la institución en-
cuestadora, asignándole un número de registro y abrién-
dose la partida correspondiente donde se anotará los
actos posteriores, de conformidad con lo señalado en el
Artículo 5º del Reglamento del Registro Electoral de
Encuestadoras;
Que la publicación o difusión de encuestas electorales y
de proyecciones de cualquier naturaleza sobre el resultado
de las elecciones generales del año 2001, sólo podrá realizar-
se en los medios de comunicación hasta el domingo primero
de abril del presente año, incluyéndose el uso de las páginas
Web que mantengan en Internet las encuestadoras, las
empresas de radio, de televisión y de prensa escrita, de
conformidad con lo establecido en el Artículo 191º de la Ley
Orgánica de Elecciones Nº 26859;
El Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribu-
ciones,
RESUELVE:
Artículo Primero.- Inscribir en el Registro Electoral
de Encuestadoras a la Facultad de Ciencias Matemáticas de
la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, debiendo
sujetarse su actividad a las atribuciones y prohibiciones
establecidas en las normas electorales pertinentes.
Artículo Segundo.- Abrir la partida correspondiente
para la encuestadora denominada Facultad de Ciencias
Matemáticas de la Universidad Nacional Mayor de San
Marcos, en el Registro Electoral de Encuestadoras, asig-
nándole el Registro Nº 0025-REE/JNE como código de iden-
tificación.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
SS. SÁNCHEZ-PALACIOS PAIVA
BOLÍVAR ARTEAGA
SOTO VALLENAS
VELA MARQUILLÓ
DE VALDIVIA CANO
BALLÓN-LANDA CÓRDOVA,
Secretario General
18988
ONPE
Relación de Jefes de las Oficinas Des-
centralizadas de Procesos Electorales
de Huancavelica, Sánchez Carrión y
Tambopata
RESOLUCION JEFATURAL
N° 225-2001-J/ONPE
Lima, 26 de febrero de 2001
CONSIDERANDO:
Que, mediante Decreto Supremo N° 028-2000-PCM de
fecha 9 de noviembre del 2000, se ha convocado a Eleccio-
nes Generales para elegir Presidente, Vicepresidentes y
Congresistas de la República el domingo 8 de abril del año
2001;
Que, las Oficinas Descentralizadas de Procesos Electo-
rales son órganos de carácter temporal que se conforman
para cada proceso electoral de acuerdo a las circunscripcio-
nes electorales, siendo el Jefe de la Oficina Nacional de
Procesos Electorales, quien establece el número, ubicación
y organización de las Oficinas Descentralizadas de Procesos
Electorales, de acuerdo a las circunscripciones que determi-
ne el Jurado Nacional de Elecciones;
Que, mediante Resolución N° 1364-2000-JNE de fecha
28 de diciembre del 2000, el Jurado Nacional de Elecciones
definió las circunscripciones en las cuales se constituirán
los Jurados Electorales Especiales;
Que, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 49° de la
Ley N° 26859, Orgánica de Elecciones establece que el Jefe
de la Oficina Nacional de Procesos Electorales designa a los
funcionarios de las mismas y que publica la lista de las
personas seleccionadas a efectos de permitir la interposi-
ción de tachas, cuyas causales son las establecidas en la
Resolución N° 083-2001-JNE;
Que, mediante Resolución N° 083-2001-JNE se aprueba
el Reglamento de Tachas a los Integrantes de las Oficinas
Descentralizadas de Procesos Electorales;
De conformidad a lo prescrito en la Ley N° 26487, Ley
Orgánica de la Oficina Nacional de Procesos Electorales; y
en uso de las atribuciones señaladas en el Artículo 182° de
SE RESUELVE:
Artículo Unico.- Publicar, la relación de las personas
seleccionadas para desempeñar el cargo de Jefes de las
Oficinas Descentralizadas de Procesos Electorales de Huan-
cavelica, Sánchez Carrión y Tambopata que se constituirán
para el proceso electoral convocado para el 8 de abril del
2001 y que se detalla en cuadro anexo que forma parte de la
presente resolución.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
FERNANDO TUESTA SOLDEVILLA
Jefe
Oficina Nacional de Procesos Electorales
OFICINA NACIONAL DE PROCESOS
ELECTORALES
RELACION DE JEFES DE ODPE DESIGNADOS
PARA LAS OFICINAS DESCENTRALIZADAS
DE PROCESOS ELECTORALES DE
HUANCAVELICA, SANCHEZ CARRION
Y TAMBOPATA – ONPE
Apellido Apellido Nombres ODPE
Paterno Materno
Ayala Aguilar Víctor Germán Huancavelica
Mendoza Maquiavelo Salvador Sánchez Carrión
Angulo Guzmán Pedro Luis Tambopata
18989
ADUANAS
Suspenden a la Agencia de Aduana
Contacto Aduanero S.A.C. por no cum-
plir con mantener la documentación
original de los despachos en que inter-
viene
RESOLUCIÓN DE INTENDENCIA NACIONAL
DE ADUANAS Nº 000 ADT/2001-000390
Callao, 23 de febrero de 2001
Visto el Informe Nº 095-2001-ADUANAS/INFA.12.02
emitido por la Gerencia de Fiscalización de la Intenden-
cia Nacional de Fiscalización Aduanera, sobre suspen-
sión de actividades a la Agencia de Aduana CONTACTO
ADUANERO S.A.C.
CONSIDERANDO:
Que, el Artículo 100º inciso b) de la Ley General de
Aduanas, Decreto Legislativo Nº 809, señala como obliga-
ción a las Agencias de Aduana conservar la documentación
original de los despachos en los que interviene;
Que, con Notificación Nº 219-2001-ADFF-ADUANAS/
INFA 12.02 de fecha 15 de febrero de 2001, se constituyó la
Comisión de Fiscalización en el domicilio acreditado por la
Agencia de Aduana CONTACTO ADUANERO S.A.C. a fin
de verificar el cumplimiento de sus obligaciones como Agen-
cia de Aduana;
Que, de los resultados de la revisión efectuada a su
archivo de la documentación aduanera se ha registrado
que no cuenta con los originales de los siguientes docu-
mentos: Original de las Facturas de Declaración Unica de
Aduanas Nºs. 235-00-10-090505; 235-00-18-017368; 235-
00-10-056384; 235-00-10-058833; 235-00-10-055900 y

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