Aprueban Proyecto de Descarga de la Oficina de Pericias Judiciales de los Juzgados Laborales Transitorios de Lima

Fecha de disposición16 Septiembre 1999
Fecha de publicación16 Septiembre 1999
Pág. 177959
NORMAS LEGALES
Lima, jueves 16 de setiembre de 1999
35 ZEGARRA ARAOZ, Ronald Q-268682 1.12 13.1.99
36 YAIPEN OTAROLA, José Antonio G-347270 1.16 18.1.99
37 YANAVILCA SALSAVILCA, Luis Fernando Q-003342 1.82 2.2.99
38 ARTEAGA MORON, Carlos Alberto Q-237747 1.10 8.10.98
39 GUTIERREZ VALENCIA, Nicanor Q-205385 1.70 16.10.98
40 CUBAS MUGUERZA, Hugo Marcel Q-276341 2.00 26.10.98
41 ASCENCIO AMAYA, Ricardo Fenelón Q-223790 1.83 19.12.98
42 AVALOS GALVEZ, Máximo LC-093965 1.53 6.2.99
43 BARRETO TANCUN, Luis Alberto Q-208918 1.91 1.2.99
44 BASTOS DEL AGUILA, Héctor Hugo Q-117970 2.66 23.1.99
45 BELLO OSORIO, Edwin Enrique Q-319231 3.02 7.2.99
46 BERTO GONZALES, Avencio Yoly Q-066120 1.10 20.12.98
47 CACERES DURAND, Maximiliano G-265149 2.58 20.1.99
48 CALLA HERRERA, César Elías Q-311899 2.95 9.2.99
49 CANOVA SARANGO, Víctor Román LC-285389 0.77 21.2.99
50 CARRION CCOICCA, Eddy Augusto G-320497 1.67 16.1.99
51 CHAVEZ SAN MARTIN, Juan Guillermo G-442790 0.90 5.2.99
52 CHAVEZ VALDIVIA, Richard Francisco Q-066709 1.80 7.8.98
53 DE LA CRUZ TANDAYPAN, Pedro Wilder Q-275623 1.02 17.1.99
54 FAYAD LUJAN, Jorge G-064474 1.00 12.2.99
55 HUAMAN HUAMAN, José Luis Q-251590 1.05 5.10.98
56 FERNANDEZ FLORES, Juan G-367335 2.49 6.12.98
57 GARGATE BALTAZAR, Héctor Q-146093 0.72 17.1.99
58 GARRIAZO PAUCAR, Roberto Q-042823 1.22 19.1.99
59 GHALIYA BOCANGEL, Jamil Said G-444252 1.35 28.11.98
60 GOMEZ FERNANDEZ, Demetrio Q-157051 1.67 28.1.99
61 JERI QUISPE, Juan Julio Q-097342 1.60 29.12.98
62 JIMENEZ VELASQUEZ, César Augusto Q-020621 1.07 31.12.98
63 LA CERNA PADILLA, Llery Danny G-445295 1.51 28.1.99
64 LENGUA PEÑA, Eduardo G-432210 1.29 24.1.99
65 LLANOS ARRIETA, Emilio Walter Q-284351 1.12 26.1.99
66 LOBATON ESPINOZA, Abel Q-273803 1.91 8.2.99
67 MAGUIÑA CHAVEZ, Raúl Graciano Q-002589 1.41 4.2.99
68 MALDONADO VERA, Armando Rodolfo G-442646 1.82 14.2.99
69 MALINCOVICH CACERES, Mirko Felipe Q-129327 0.70 12.2.99
70 MANTILLA MENDOZA, Gladys Alicia G-334424 1.07 19.1.99
71 MITZUMA ULLOA, Javier Augusto G-338690 1.12 1.1.99
72 MUÑOZ MEDINA, Carlos Alberto Q-136012 3.02 18.1.99
73 NORIEGA ALTAMIRANO, Juan Carlos G-147860 2.58 14.2.99
74 OSORIO FILIOS, Carlos Teófilo Q-003039 2.00 2.2.99
75 PEREYRA GUEVARA, Rubén Antonio Q-225949 0.71 10.1.99
76 LOPEZ ABARCA CUADROS, Ricardo Jesús Q-100446 1.02 4.2.99
77 PEREZ MONTIVEROS, Nicolás Q-150406 1.60 25.1.99
78 QUINTE HILARIO, Percy Rolando Q-187184 2.04 20.2.99
79 QUISPE SOTO, Julián Jesús Q-306619 1.16 6.2.99
80 QUISPICONDOR RODRIGUEZ, Edwin Q-075524 2.00 23.1.99
81 RAMOS FLORES, Eusebio Q-125824 2.26 14.2.99
82 RICSE MAMANI, Pablo César Q-162990 1.12 6.2.99
83 RIVERA ROSALES, Fausto Eugenio Q-130045 1.49 13.12.98
84 RIVERA VARGAS, Raúl Renato Q-194352 0.82 13.2.99
85 RODRIGUEZ VILLODAZ, Víctor Andrés Q-089689 1.48 31.1.99
86 ROMERO JIMENEZ, César Alexander Q-223290 1.73 1.1.99
87 SAMANEZ FALCON, Marco Antonio Q-143323 2.26 6.2.99
88 SANCHEZ VASQUEZ, Oscar Nguyhen Q-291011 1.26 22.1.99
89 SIHUINCHA AYQUIPA, Erasmo G-286023 1.15 4.1.98
90 STRUQUE INDACOCHEA, Eduardo Javier G-115621 0.82 11.1.99
91 VELIZ SANCHEZ, Abraham Natalio G-205085 0.93 31.1.99
92 VILCA RODRIGUEZ, Samuel Germán Q-032455 1.02 7.2.99
93 VILLALOBOS BERROCAL, Jonathan Michael Q-266066 0.97 20.1.99
94 VILLENA MARTELL, Fred Ever G-407139 1.16 13.2.99
95 VILLENA ZIMMERMANN, Felipe Alberto G-185377 0.90 7.2.99
96 AMPUERO SANCHEZ, César Heraclio Q-017915 1.41 28.2.99
97 ANAMPA HERRERA, Jesús Odilón Q-063175 0.82 19.2.99
Que, los conductores indicados en el considerando ante-
rior han infringido lo dispuesto en el literal C-1 del Artículo
3º del Reglamento de Infracciones y Sanciones de Tránsito
aprobado por Decreto Supremo Nº 17-94-MTC de fecha 16 de
junio de 1994, al conducir vehículos EN ESTADO DE EBRIE-
DAD y negarse a pasar el examen de dosaje etílico; por lo
tanto son pasibles a la sanción administrativa establecida
en el literal d) del Artículo 6º del reglamento acotado;
Que, el Artículo 20º del Reglamento de Infracciones y
Sanciones de Tránsito, aprobado por Decreto Supremo Nº
17-94-MTC, establece: "En los casos en que la infracción
originara la retención de la licencia de conducir ésta será
remitida a la Autoridad Competente de Circulación Terres-
tre para la aplicación de la sanción administrativa prevista
en el presente reglamento";
Estando a lo opinado para la Subdirección de Otor-
gamiento de Licencias de Conducir en informe indicado en
Vistos y por la Asesoría Legal de la Dirección de Parque
Automotor y Circulación Vial en Informe Nº 369-99-MTC/
15.18.05.AL;
Con las visaciones de las Direcciones de Parque Automo-
tor y Circulación Vial y Asesoría Legal de la Dirección
General de Circulación Terrestre;
De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 26322 y su
Reglamento de Licencias de Conducir para Vehículos Moto-
rizados de Transporte Terrestre aprobado por Decreto Su-
premo Nº 15-94-MTC, Artículo 20º del Reglamento de Infrac-
ciones y Sanciones de Tránsito aprobado por Decreto Supre-
mo Nº 17-94-MTC, Texto Unico Ordenado de la Ley de
Normas Generales de Procedimientos Administrativos apro-
bado por Decreto Supremo Nº 02-94-JUS y Decreto Ley Nº
25862;
SE RESUELVE:
Primero.- Sancionar a las personas indicadas en el
primer considerando de esta resolución, con la SUSPEN-
SION de sus licencias de conducir por el período de un año,
computado a partir de la fecha de la toma del examen de
dosaje etílico o la fecha de remisión de los oficios por parte
de las Delegaciones de la Policía Nacional del Perú, según
corresponda, por las razones expuestas en la parte conside-
rativa de la presente resolución.
Segundo.- De conformidad con lo establecido en la
Cuarta Disposición Complementaria del Reglamento para
obtener Licencias de Conducir para Vehículos Motorizados
de Transporte Terrestre, aprobado por Decreto Supremo Nº
15-94-MTC, la presente resolución se publicará en el Diario
Oficial El Peruano.
Tercero.- Encargar la ejecución de esta resolución a la
Dirección de Parque Automotor y Circulación Vial.
Regístrese y comuníquese.
CARLOS A. IBAÑEZ MANCHEGO
Director General
Dirección General de Circulación Terrestre
11801
PODER JUDICIAL
Aprueban Proyecto de Descarga de la
Oficina de Pericias Judiciales de los
Juzgados Laborales Transitorios de
Lima
RESOLUCION ADMINISTRATIVA DEL TITULAR
DEL PLIEGO DEL PODER JUDICIAL
Nº 420-SE-TP-CME-PJ
Lima, 15 de setiembre de 1999
VISTO:
El informe emitido por el Gabinete Técnico de la Secre-
taría Ejecutiva de la Comisión Ejecutiva del Poder Judicial,
mediante Oficio Nº 296/99-PJ-SE-GT de fecha 3 de setiem-
bre del año en curso, sobre el Proyecto de Descarga en la
Oficina de Pericias Judiciales de los Juzgados Laborales
Transitorios de Lima; y,
CONSIDERANDO:
Que, el Informe del Visto, señala los problemas que
presenta en la actualidad la Oficina de Pericias Judiciales de
los Juzgados Laborales Transitorios de Lima, que le impide
cumplir efectiva y oportunamente con la carga acumulada
que mantiene, generando demoras en la solución de los
reclamos laborales presentados;
Que, asimismo, este Informe detalla una propuesta de
solución a dicho problema, así como las acciones a seguir en
sus diferentes aspectos para ejecutar en un plazo de cuatro
meses un Proyecto de Descarga, que permita concluir satis-
factoriamente con la carga acumulada en esta Oficina;
Que, en consecuencia, y en uso de las facultades conferi-
das por la Ley Nº 26546, ampliada mediante las Leyes Nºs.
26623, 26695 y 27009, y de acuerdo con las Resoluciones
Administrativas Nºs. 018-CME-PJ, 032-CME-PJ, 609-CME-
PJ y 029-99-SE-TP-CME-PJ;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Aprobar el Proyecto de Descarga de
la Oficina de Pericias Judiciales de los Juzgados Laborales
Transitorios de Lima, que comprenderá la realización de las
siguientes acciones:
a) Selección, contratación y capacitación de personal.
b) Elaboración de un Sistema de Control de Trabajo.
c) Implementación de oficina, con equipos y mobiliario
adecuados.
d) Elaboración de un Programa de Revisión de Pericias
Judiciales.

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