ORDENANZA N° 002-2012 - Derogan las Ordenanzas N°s. 000016 y 000017-2009 y aprueban cambios de nomenclatura de avenidas

Fecha de disposición08 Marzo 2012
Fecha de publicación08 Marzo 2012
NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, jueves 8 de marzo de 2012 462205
Modifican el artículo Tercero de la
Santiago de Surco, 28 de febrero de 2012
EL ALCALDE DEL DISTRITO DE SANTIAGO DE
SURCO
POR CUANTO
El Concejo Municipal del Distrito de Santiago de Surco,
en Sesión Ordinaria de la fecha; y,
VISTO: El Dictamen Conjunto N° 05-2012-CDL-CAJ-
MSS de las Comisiones de Desarrollo Local y Asuntos
Jurídicos, la Carta Nº 577-2012-SG-MSS de la Secretaría
General, el Memorándum Nº 175-2012-GM-MSS de la
Gerencia Municipal, el Informe Nº 118-2012-GAJ-MSS
de la Gerencia de Asesoría Jurídica, el Informe Nº 202-
2012-SGF-GSC-MSS de la Subgerencia de Fiscalización,
entre otros documentos, sobre propuesta de Ordenanza
modif‌i catoria de la Ordenanza Nº 414-MSS; y,
CONSIDERANDO:
Que, el Artículo II del Título Preliminar de la Ley
Orgánica de Municipalidades - Ley N° 27972, establece
que “Los gobiernos locales gozan de autonomía política,
económica y administrativa en los asuntos de su
competencia. La autonomía que la Constitución Política
del Perú establece para las municipalidades, radica en la
facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y
de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico”;
Perú, modif‌i cada por la Ley de Reforma Constitucional Nº
28607, establece que las Municipalidades provinciales y
distritales son órganos de gobierno local con autonomía
política, económica y administrativa en los asuntos de su
competencia;
Que, el Artículo 40º de la misma Ley Orgánica de
Municipalidades, establece que “Las Ordenanzas de las
municipalidades provinciales y distritales, en la materia de
su competencia, son las normas de carácter general de
mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por
medio de las cuales se aprueba la organización interna, la
regulación, la administración y supervisión de los servicios
públicos y las materias en las que la municipalidad tienen
competencia normativa. (…)”. Asimismo el artículo 9º
inciso 8) de la misma norma, señala que corresponde
al Concejo Municipal “Aprobar, modif‌i car o derogar las
Ordenanzas y dejar sin efecto los Acuerdos”;
Que, con Ordenanza Nº 414-MSS publicada el
05.02.2012, se regula el horario y uso del martillo
neumático, hidraúlico o similares para la ejecución de
obras de edif‌i cación, ubicadas en las laderas de los
cerros, en el distrito de Santiago de Surco;
Que, mediante Informe Nº 202-2012-SGF-GSC-MSS
del 06.02.2012, la Subgerencia de Fiscalización señala
que se torna necesaria la modif‌i catoria del Artículo Tercero
de la Ordenanza 414-MSS, al haberse consignado
erróneamente el código de infracción 010.02.58, debiendo
ser 010.02.61, por lo cual adjunta el correspondiente
proyecto de ordenanza;
Que, con Informe Nº 118-2012-GAJ-MSS del
09.02.2012, la Gerencia de Asesoría Jurídica, teniendo en
cuenta el precitado Informe, así como lo establecido en el
numeral 3.2 del Artículo 14º del Decreto Supremo Nº 001-
2009-JUS, señala que no resulta pasible de prepublicación
la presente propuesta normativa presentada, toda vez
que su contenido constituye una modif‌i cación a los
códigos de infracción y no a un cambio sustancial de la
Ordenanza Nº 414-MSS, por lo cual resulta innecesaria
su prepublicación. En tal sentido, opina por la procedencia
del presente proyecto de Ordenanza, correspondiendo
elevar el mismo ante el Concejo Municipal, conforme a
lo establecido en el numeral 8) del Artículo 9º de la Ley
Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972;
Que, con Memorándum Nº 175-2012-GM-MSS del
16.02.2012, la Gerencia Municipal señala encontrar
conforme el presente proyecto de Ordenanza;
Que, en sesión conjunta de las Comisiones de Desarrollo
Local y de Asuntos Jurídicos del 27.02.2012, el Presidente de
la Comisión de Desarrollo Local, dio cuenta a los miembros
presentes de las Comisiones, que a través de la Carta Nº 034-
2012-CDL-MSS del 23.02.2012, requirió a la Subgerencia
de Fiscalización, la ampliación de su Informe Nº 202-2012-
SGF-GSC-MSS del 06.02.2012, a efectos que brinde mayor
fundamento a la presente propuesta de Ordenanza presentada,
señalando dicha Subgerencia mediante el Informe Nº 247-
2012-SGF-GSC-MSS del 27.02.2012, que viene realizando
con gran esmero su trabajo, siendo minuciosos y tratando de
fundamentar de la mejor manera sus propuestas e iniciativas,
además de considerar el volumen de la carga administrativa
que vienen gestionando y de las diversas evaluaciones de
modif‌i cación que se han presentado y se están trabajando
sobre la Ordenanza Nº 334-MSS, sin embargo no se
encuentran exentos de cometer error, como en el presente
caso, habiendo asumido las acciones necesarias para evitar
que este hecho se repita;
Estando al Dictamen Conjunto N° 05-2012-CDL-CAJ-
MSS de las Comisiones de Desarrollo Local y Asuntos
Jurídicos, al Informe Nº 118-2012-GAJ-MSS de la Gerencia
de Asesoría Jurídica y de conformidad con los Artículos 9º
numeral 8), 39º y 40º de la Ley N° 27972 - Ley Orgánica
de Municipalidades; luego del debate correspondiente y
con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta,
aprobó por UNANIMIDAD la siguiente:
ORDENANZA MODIFICATORIA
Artículo Único.- MODIFICAR el Artículo Tercero de la
Ordenanza N° 414-MSS, conforme sigue:
Artículo Tercero.- INCORPÓRESE en la Ordenanza
Nº 334-MSS - Régimen de Aplicación de Sanciones y
Cuadro de Infracciones y Sanciones de la Municipalidad
de Santiago de Surco, la siguiente infracción:
Gerencia de Desarrollo Urbano
Subgerencia de Licencias y Autorizaciones Urbanas (010.02)
CÓDIGO INFRACCIÓN %UIT MEDIDA
COMPLEMENTARIA
010.02.61 Por ejecutar obras con martillo
neumático, hidráulico o similares
fuera del horario establecido
para su uso.
1 UIT Paralización de obra
POR TANTO:
Mando que se registre, publique, comunique y
cumpla.
ROBERTO GOMEZ BACA
Alcalde
760490-2
PROVINCIAS
MUNICIPALIDAD
PROVINCIAL DEL CALLAO
Derogan las Ordenanzas Nºs. 000016 y
000017-2009 y aprueban cambios de
nomenclatura de avenidas
ORDENANZA MUNICIPAL
Nº 002-2012
Callao, 28 de febrero de 2012
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD
PROVINCIAL DEL CALLAO
POR CUANTO:
El CONCEJO MUNICIPAL PROVINCIAL DEL
CALLAO, en Sesión Ordinaria celebrada en la fecha,

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