Derecho, historia y ciencias sociales

AutorCarlos Ramos Nuñez, Armando Guevara Gil
Páginas261-267
Foro
Académico
convocó
a
los
profesores
Carlos
Ramos
Núñez
(a
quien
le
debemos
la
feliz
idea
y
la
estructura
del
temario)
y
Armando
Guevara
Gil
para
que
desarrollaran
una
conversación
acerca
de
las
ciencias
jurídicas,
a
propósito
de
su
relación,
tan
indesligable
como
necesaria,
con
otras
disciplinas
del
saber
humano.
El
resultado
no
pudo
ser
mejor:
nuestros
distinguidos
especialistas
discurrieron
por
el
Derecho,
para
volver
sobre
él
desde
la
visión
amplia,
y
por
ende
más
enriquecedora,
de
la
Historia
y
las
Ciencias
Sociales.
Los
lazos
entre
lo
jurídico
y
lo
histórico
fueron
desplegados
por
el
profesor
Carlos
Ramos;
mientras
que
el
profesor
Armando
Guevara
nos
dio
cuenta
de
más
de
un
vínculo
que
une
al
Derecho
con
la
Antropología.
Reunidos
en
la
Sala
de
Profesores
del
Departamento
Académico
de
Derecho
de
la
Pontificia
Universidad
Católica
del
Perú,
la
pregunta
a
modo
de
pretexto
para
que
se
inicie
este
delicioso
diálogo,
que
es
a
la
par
un
lúcido
ejercicio
de
develamiento,
fue
la
siguiente:
¿Por
qué
vincular
Derecho
e
Historia
y
Derecho
y
Ciencias
Sociales?
CRN
(Carlos
Ramos
Núñez):
La
idea
es
poner
en
el
tapete
una
conexión
que,
en
nuestros
días,
resulta,
a
mi
modo
de
ver,
urgente;
porque
por
lo
común
suele
ser
desestimada
por
Historiado-
res,
en
general,
y
por
abogados,
que
más
bien
insisten
en
la
pers-
pectiva
positivista
del
Derecho.
Creo
que
esta
vinculación
entre
Derecho
e
Historia
puede
entenderse
en
dos
planos:
en
uno
que
podríamos
llamar
"formativo",
es
decir,
la
necesidad
de
que
el
abo-
gado
o
estudiante
de
Derecho
tenga
bases
teóricas
y
metodológicas
sobre
esa
disciplina,
esenciales,
que
le
permitan
entender
al
mundo
normativo
y
al
mundo
institucional
como
una
entidad
histórica,
y
que
le
posibilite
incluso
operar
a
nivel
profesional
con
el
uso
de
un
siste-
ma
legal
al
que
juzgue
histórico.
Pero
también,
por
otro
lado,
diga-
mos
en
un
nivel
superior,
está
la
idea
de
que
la
Historia
del
Derecho
no
sea
sólo
formativa,
sino
que
más
bien
se
imponga
como
una
disciplina
que
deje
en
manos
de
los
estudiantes
y
de
los
propios
abogados
e
Historiadores
también
un
manejo
más
bien
técnico
de
esta
materia.
Entonces,
estoy
hablando
de
un
nivel
que
ya
no
tiene
que
ver
propiamente
con
lo
formativo,
sino
más
bien
con
la
investi-
gación,
es
decir,
crear
Historiadores
del
Derecho
que
se
ocupen
de
la
reconstrucción,
de
la
crítica,
de
la
comprensión
de
las
normas,
de
las
instituciones,
de
los
principios,
de
la
cultura
jurídica
en
general,
del
pasado.
Entonces,
yo
vería
esas
dos
diferencias:
una
formativa
y
una
que
podríamos
llamar
"técnica".
AGG
(Armando
Guevara
Gil):
Para
el
caso
del
Derecho
y
las
Ciencias
Sociales,
específicamente
la
Antropología,
puedo
traer
a
co-
Miembro
Ordinario
del
Instituto
Riva-Agüero
de
la
Pontificia
Universidad
Católica
del
Perú
y
Catedrático
del
Seminario
de
Teoría
General
del
Derecho
en
la
misma
casa
de
estudios.
"
Profesor
del
Departamento
Académico
de
Derecho
de
la
Pontificia
Universidad
Católica
del
Perú
y
Miembro
Ordinario
del
Instituto
Riva-
Agüero,
PUCP.
Foro
Jurídico
DIÁLOGOS
DERECHO,
HISTORIA
Y
CIENCIAS
SOCIALES
DIÁLOGO
ENTRE
CARLOS
RAMOS
NúÑEz*
y
ARMANDO
GUEVARA
GIL**
lación
un
artículo
1
que
publiqué
hace
un
tiempo
y
que
acaba
de
ser
reimpreso
por
el
Instituto
Riva
Agüero.
Allí
intento
hacer
un
balance,
un
estado
de
la
cuestión
de
la
Antropología
del
Derecho
en
el
Perú,
caracterizándola
como
marginal
por
un
lado
y
como
periférica
por
el
otro.
Este
diagnóstico
coincide
con
el
que
Carlos
(Ramos
Núñez]
está
planteando
sobre
la
posición
estructural
de
una
disciplina
como
la
Antropología
o
la
Historia
del
Derecho
frente
a
las
facultades
de
Dere-
cho
y
las
de
Antropología.
Al
ser
interdisciplinarios,
estamos
en
el
intersticio
y
eso
obstruye
nuestro
desarrollo
como
especialidades
ins-
titucionalizadas
y
profesionales.
En
el
caso
de
las
facultades
de
Antro-
pología,
para
ellas
el
Derecho
no
existe.
Creo
que
allí
la
concepción
positivista
del
Derecho
es
todavía
más
marcada
que
en
nuestra
propia
facultad.
Cuando
uno
ve
su
plan
de
estudios
o
las
propias
investiga-
ciones
que
hacen
los
sociólogos
y
antropólogos
se
nota
que
no
valo-
ran
la
dimensión
jurídica
de
la
vida
social.
Y
en
el
caso
de
las
faculta-
des
de
Derecho,
cada
vez
hay
menos
facultades
que
ofrecen
el
curso
o
una
perspectiva
antropológica
del
Derecho.
Aquí,
en
la
Católica,
felizmente
se
mantiene,
es
una
materia
opcional
pero
todavía
navega
y
tiene
un
buen
número
de
alumnos
matriculados.
En
cambio,
en
la
Universidad
de
Lima
el
registro
de
alumnos
es
cada
vez
menor,
según
me
decía
Connie
Gálvez,
la
profesora
del
curso.
En
otras
facultades,
sencillamente
no
existe.
que
no
existe
en
la
Universidad
Villarreal
ni
en
San
Marcos
-hay
Sociología
del
Derecho,
pero
no
hay
Antropo-
logía
como
tal-.
Entonces,
creo
que
en
ambos
casos,
Derecho
e
Historia
y
Derecho
y
Ciencias
Sociales,
tenemos
ese
problema:
por
un
lado,
institucional
y,
por
otro,
estructural.
Cómo
hacer
que
este
conocimiento
no
sólo
se
cultive
sino
que
tenga
una
audiencia.
Porque
al
estar
al
medio
entre
dos
grandes
facultades,
dos
grandes
discipli-
nas,
nos
encontramos
en
una
posición
marginal.
Ahí
la
clave
sería,
como
dice
Carlos,
incidir
en
el
aspecto
formativo
para
generar
una
audiencia,
un
público
-me
resisto
a
usar
la
palabra
"mercado"
porque
me
parece
inapropiada
para
el
ámbito
académico-,
pero
creo
que
sería
necesario
insistir
en
la
necesidad
de
la
investigación
per
se.
Quizá
podemos
plantear
una
precisión
instrumental:
tratemos
de
fo-
mentar
el
cultivo
de
la
Historia
del
Derecho
concentrándonos
en
el
aspecto
educativo
formativo
para
que
eso
genere
la
necesidad
de
la
investigación
superior.
Ahora,
lo
que
puede
obtener
un
estudiante
de
la
Antropología
y
de
la
Historia
del
Derecho
es
clarísimo:
vencer
ese
positivismo
iluso,
desterrar
la
idea
de
que
el
Derecho
es
un
sistema
autónomo
y
todas
esas
nociones
idealistas
que
les
enseñan
y
que
acaban
sustrayéndolo
de
su
matriz
histórica
y
cultural.
Desgraciada-
mente
ahora
eso
es
nadar
contra
la
corriente,
pero
cuando
uno
ad-
quiere
esa
perspectiva
hasta
el
típico
abogado
sale
obviamente
bene-
ficiado
porque
puede
argumentar,
razonar
e
interpretar
de
una
forma
muchísimo
más
lúcida,
más
cabal
que
un
abogado
positivista.
La
Antropología
del
Derecho
en
el
Perú:
Una
Disciplina
Marginal
y
Periférica.
En:
América
Indígena,
LVII
(1-2).
México
D.F.,
Instituto Indigenista
Interamericano,
1998,
pp.
341-373.
261

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR