Autorizan participación de magistrados en el Curso denominado 'Interpretación Constitucional', a llevarse a cabo en Arequipa

Fecha de publicación11 Junio 1998
Fecha de disposición11 Junio 1998
Pág. 160645
NORMAS LEGALES
Lima, jueves 11 de junio de 1998
anchoveta y sardina como recursos hidrobiológicos
plenamente explotados, en razón de las evidencias
disponibles que determinaron que el nivel de explota-
ción de dichos recursos no deja excedentes producti-
vos, por lo que el Ministerio de Pesquería sólo aprobará
las solicitudes de incremento de flota para la extrac-
ción de los recursos plenamente explotados anchoveta
y sardina mediante la sustitución de capacidad de
bodega, en el caso de que se utilicen las embarcaciones
pesqueras consignadas en el anexo que forma parte
integrante de la citada resolución y las que se incorpo-
ren posteriormente conforme al ordenamiento legal
pesquero;
Que a través de las Resoluciones Ministeriales Nºs.
482-94-PE y 488-94-PE de fechas 20 y 27 de diciembre
de 1994 respectivamente, se suspendió la recepción de
solicitudes para el otorgamiento de autorización de
incremento de flota para la extracción de las especies
jurel y caballa con destino al consumo humano directo
efectuada por embarcaciones de cerco;
Que mediante los escritos del visto la señora NERY
EFFIO DE CUSTODIO solicita autorización de incre-
mento de flota con una embarcación pesquera a deno-
minarse "MI ANITA 4" para la extracción de recursos
hidrobiológicos anchoveta, sardina, jurel y caballa
destinados al consumo humano directo e indirecto,
para lo cual presenta para sustituir la embarcación
pesquera siniestrada " ANITA 3" la misma que no
forma parte de la flota pesquera existente, conforme
lo dispuesto en la Resolución Ministerial Nº 156-98-
PE, por lo que no puede ser materia de sustitución de
capacidad de bodega a que se refiere el Artículo 24ª de
la Ley General de Pesca y el Artículo 19ª de su Regla-
mento, asimismo se encuentra suspendida la recep-
ción de solicitudes para el otorgamiento de autoriza-
ciones de incremento de flota para la extracción de los
recursos jurel y caballa a realizarse con redes de
cerco;
Que, asimismo de la evaluación efectuada a los
documentos presentados por la recurrente, se ha de-
terminado que ha incumplido con los Requisitos Nºs. 4,
5, 8 y 9 del Procedimiento Nº 10 del Texto Unico de
Procedimientos Administrativos del Ministerio de Pes-
quería, correspondiente a la Dirección Nacional de
Extracción, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-98-
PE al haberse consignado erróneamente el nombre de
la embarcación en los tres primeros requisitos antes
señalados y al no encontrarse incluida la embarcación
siniestrada "ANITA 3" en los listados de embarcacio-
nes pesqueras que pueden ser materia de sustitución
por siniestro, por lo que deviene en improcedente lo
solicitado;
Estando a lo informado por la Dirección de Admi-
nistración y Control Pesquero y con la visación de la
Oficina General de Asesoría Jurídica, y,
En uso de las facultades conferidas a través del
Decreto Supremo Nº 010-97-PE;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Declarar Improcedente la solicitud de
autorización de incremento de flota presentada por la
señora NERY EFFIO DE CUSTODIO, por las razones
expuestas en la parte considerativa de la presente reso-
lución.
Artículo 2º.- Declarar improcedente la solicitud de
inclusión de la embarcación pesquera siniestrada "ANI-
TA 3" en el listado de embarcaciones consideradas por
el Ministerio de Pesquería, para la sustitución de capa-
cidad de bodega, por las razones expuestas en la parte
considerativa de la presente resolución.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
LUIS SHIMABUKURO MIYASATO
Director Nacional de Extracción
6325
COMISION EJECUTIVA
DEL PODER JUDICIAL
Aceptan renuncia de Juez de Primera
Instancia en lo Civil de la provincia de
Pasco
RESOLUCION ADMINISTRATIVA
Nº 637-CME-PJ
Lima, 3 de junio de 1998
LA COMISION EJECUTIVA DEL PODER
JUDICIAL
VISTO:
El Oficio Nº 1262-98-P-PCSJHP del Presidente de la
Corte Superior de Justicia de Huánuco y Pasco, median-
te el cual hace llegar la documentación del doctor Víctor
Donato Torres Bullón, solicitando renuncia irrevocable
al cargo de Juez de Primera Instancia en lo Civil de la
provincia de Pasco, comprensión de ese Distrito Judi-
cial; y,
CONSIDERANDO:
Que mediante solicitud de fecha 29 de abril de 1998,
el doctor Víctor Donato Torres Bullón, ha formulado
renuncia irrevocable al cargo de Juez de Primera Ins-
tancia en lo Civil de la provincia de Pasco, comprensión
del Distrito Judicial de Huánuco y Pasco;
Que el precitado magistrado ha sido nombrado por
Resolución Suprema Nº 422-83-JUS, de fecha 22 de
noviembre de 1983;
Estando al mérito de la Certificación de firma Nota-
rialmente, de fecha 23 de abril de 1998; y, en uso de las
facultades conferidas por las 26546, sus modificatorias
y ampliatorias, la Comisión Ejecutiva del Poder Judi-
cial, en Sesión de la fecha;
RESUELVE:
Aceptar a partir del 29 de abril de 1998, la renuncia
formulada por el doctor Víctor Donato Torres Bullón, al
cargo de Juez de Primera Instancia en lo Civil de la
provincia de Pasco, comprensión del Distrito Judicial de
Huánuco y Pasco.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
VICTOR RAUL CASTILLO CASTILLO
LUIS SERPA SEGURA
DAVID PEZUA VIVANCO
6303
COMISION EJECUTIVA
DEL MINISTERIO
PUBLICO
Autorizan participación de magistra-
dos en el Curso denominado "Interpre-
tación Constitucional", a llevarse a
cabo en Arequipa
RESOLUCION DE LA COMISION EJECUTIVA
DEL MINISTERIO PUBLICO
Nº 407-98-MP-CEMP
Lima, 10 de junio de 1998

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