RESOLUCION Nº 119-2009-CONAFU - Autorizan cambio de denominación de la Universidad Los Ángeles de Chimbote por la de Universidad Católica Los Ángeles de Chimbote

Fecha de disposición30 Marzo 2009
Fecha de publicación30 Marzo 2009
NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, lunes 30 de marzo de 2009 393467
Que, con Of‌i cio Nº 979-2008-CONAFU-CDAA de
fecha 15 de diciembre del 2008, el Consejero de Asuntos
Académicos, informa sobre la Parte A del PDI presentado
por la Promotora del Proyecto de Universidad Autónoma
de Lima, señalando que la Promotora ha cumplido con
las pautas establecidas para la elaboración de proyectos;
sugiriendo que se prosiga con el trámite correspondiente;
Que, por Of‌i cio Nº 187-2009-CONAFU-P de fecha 28
de enero del 2009, el Presidente de CONAFU remite a la
Promotora del Proyecto de Universidad Autónoma de Lima
las observaciones correspondientes a la Parte “B” del PDI
del Proyecto Universitario, para su debida subsanación;
Que, mediante Escrito recibido en fecha 09 de febrero
del 2009, el doctor Raúl Ramiro Breña Turco, en calidad de
Responsable del Proyecto Universitario de la Universidad
Autónoma de Lima, da respuesta al Of‌i cio Nº 187-2009-
CONAFU-P;
Que, con Informe Legal Nº 046-2009-CONAFU de
fecha 09 de febrero del 2009, la Comisión Jurídica informa
al Pleno del CONAFU, que el Proyecto de Desarrollo
Institucional del Proyecto de Universidad Autónoma de
Lima, ha cumplido con levantar satisfactoriamente las
observaciones de la Parte “B” del PDI dentro de plazo
otorgado, opinando que se admita a trámite la solicitud de
autorización de funcionamiento presentada;
Que, en el artículo 22º del Reglamento, se establece
que: “Con los dictámenes favorables, la Secretaría General
solicitará a la Promotora el pago de la tasa administrativa
para la evaluación del Proyecto, programando una entrevista
de los promotores y miembros de la Comisión Organizadora
propuesta con una comisión de Consejeros del Pleno, con
la f‌i nalidad de conocer sobre su hoja de vida documentada,
su vinculación con la actividad académica, su identif‌i cación
y compromiso con el Proyecto de Desarrollo Institucional.
Luego el expediente será puesto en consideración del
Pleno del Consejo para su admisión a trámite”;
Que, con fecha 17 de febrero del 2009 se ha llevado a
cabo la entrevista de los Promotores y Comisión Organizadora
propuesta del Proyecto de Universidad Autónoma de Lima,
con los miembros del Pleno del CONAFU; en cumplimiento
con la norma descrita en el párrafo anterior;
Que, en sesión de fecha 09 y 10 de marzo del 2009,
el Pleno del CONAFU por Acuerdo Nº 093-2009-CONAFU
acuerda admitir a trámite el Proyecto de Desarrollo
Institucional del Proyecto de Universidad Autónoma de
Lima, presentado por la Asociación Promotora AFOBISO
GRP, debidamente representada por el doctor Raúl Ramiro
Breña Turco; con las siguientes Carreras Profesionales:
1) Ingeniería de Sistemas e Informática, 2) Contabilidad y
Gestión Financiera, 3) Administración y Negocios, 4) Derecho
y Ciencia Política, 5) Gerencia de Turismo y Hotelería; bajo el
Régimen Legal del Decreto Legislativo Nº 882;
Por estas consideraciones;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- ADMITIR A TRÁMITE el Proyecto de
Desarrollo Institucional del Proyecto de Universidad Autónoma
de Lima, presentado por la Asociación Promotora AFOBISO
GRP, debidamente representada por el doctor Raúl Ramiro
Breña Turco; con las siguientes Carreras Profesionales:
1) Ingeniería de Sistemas e Informática, 2) Contabilidad y
Gestión Financiera, 3) Administración y Negocios, 4) Derecho
y Ciencia Política, 5) Gerencia de Turismo y Hotelería.
Artículo Segundo.- Prosígase con el trámite de
la solicitud de Aprobación del Proyecto de Desarrollo
Institucional del Proyecto de Universidad Autónoma de
Lima, bajo el Régimen Legal del Decreto Legislativo Nº 882
y toda la normativa vigente del CONAFU.
Artículo Tercero.- REQUERIR a la Promotora del Proyecto
de Universidad Autónoma de Lima, para que CUMPLA
con acreditar el pago por Derecho de Evaluación para la
Aprobación de Proyectos de Desarrollo Institucional de Nuevas
Universidades, conforme al ítem 6 del TUPA del CONAFU.
Artículo Cuarto.- Solicitar a la Asamblea Nacional
de Rectores dar trámite a los actos administrativos que
permitan la ejecución de la presente Resolución.
Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.
JORGE ARTURO BENITES ROBLES
Presidente
JIMS ENRIQUE BARRANTES PINEDA
Secretario General
329572-1
Autorizan cambio de denominación de
la Universidad Los Ángeles de Chimbote
por la de Universidad Católica Los
Ángeles de Chimbote
RESOLUCIÓN Nº 119-2009-CONAFU
Lima, 11 de marzo del 2009
VISTOS: La Carta S/N de fecha 22 de enero del 2009,
el Informe Legal Nº 070-2009-CONAFU-CJ de fecha 23 de
febrero del 2009, el Acuerdo Nº 098-2009-CONAFU de la
sesión del Pleno del Consejo Nacional para la Autorización
de Funcionamiento de Universidades – CONAFU, llevada a
cabo los días 09 y 10 de marzo del 2009; y,
CONSIDERANDO:
Que, por Ley Nº 26439, se crea el Consejo Nacional
para la Autorización de Funcionamiento de Universidades -
CONAFU, como órgano autónomo de la Asamblea Nacional
de Rectores, teniendo como una de sus atribuciones:
Evaluar los proyectos y solicitudes de autorización de
funcionamiento de las nuevas universidades a nivel
nacional, emitiendo resoluciones autorizando o denegando
el funcionamiento provisional;
Que, en el Artículo Único de la Ley Nº 28727 del 10
de mayo del 2006, que modif‌i ca el inciso h) del Artículo 2º
de la Ley Nº 26439, se establece que: “Son Atribuciones
del CONAFU: … h) Autorizar o denegar el cambio de
denominación de las universidades a solicitud de su
máximo órgano de gobierno, cualquiera que haya sido el
instrumento legal o la fecha de su creación”;
Que, en el Artículo 3º inciso g) del Estatuto del
CONAFU aprobado por Resolución Nº 189-2006-
CONAFU de fecha 13 de julio del 2006, se establece
que: “Son atribuciones del Consejo Nacional para la
Autorización de Funcionamiento de Universidades:…
g) Autorizar o denegar el cambio de denominación de
las universidades a solicitud de su máximo órgano de
gobierno, cualquiera que haya sido el instrumento legal o
la fecha de su creación”;
Que, en el Artículo 10º inciso l) del Estatuto del
CONAFU, se establece que: “Son atribuciones del Pleno del
Consejo Nacional para la Autorización de Funcionamiento
de Universidades: … l) Autorizar el cambio de nombre de
las Universidades, conforme a la Ley Nº 28727”;
Que, mediante Carta S/N de fecha 22 de enero del
2009, el ingeniero Julio Domínguez Granda, en calidad
de Rector de la Universidad Los Ángeles de Chimbote -
ULADECH, solicita autorización de cambio de denominación
de la Universidad Los Ángeles de Chimbote por el de
“Universidad Católica Los Ángeles de Chimbote” con siglas
ULADECH-CATÓLICA;
Que, por Resolución Nº 077-2009-CONAFU de fecha
12 de febrero del 2009, se resuelve admitir a trámite la
solicitud de Cambio de Denominación de la Universidad Los
Ángeles de Chimbote por el de “Universidad Católica Los
Ángeles de Chimbote” con siglas ULADECH-CATÓLICA,
peticionada por el ingeniero Julio Domínguez Granda;
Que, el recurrente ha fundamentado la solicitud de
cambio de denominación en razón de que la universidad
que representa ha sido erigida y declarada como
Universidad Católica por la Diócesis de Chimbote,
conforme se aprecia de la copia certif‌i cada del Decreto
No. 042-2008/OBIS/CH, de fecha 22 de noviembre del
2008, expedido por el Obispo de la Diócesis de Chimbote;
atendiendo a estos hechos consideramos justif‌i cado el
pedido formulado;
Que, teniendo en cuenta el Acta de Sesión Ordinaria
de Asamblea Universitaria de la Universidad Los Ángeles
de Chimbote, del 11 de diciembre del 2008 se aprecia
que en su agenda consigna el cambio de denominación
de la Universidad Los Ángeles de Chimbote, así
mismo se verif‌i ca que, luego de efectuada la votación
correspondiente se tomó como Primer Acuerdo, cambiar
la denominación de la Universidad Los Ángeles de
Chimbote por el de “Universidad Católica Los Ángeles
de Chimbote” la misma que podrá utilizar las siglas
ULADECH – CATÓLICA;
Que, por Informe Legal Nº 070-2009-CONAFU-CJ
de fecha 23 de febrero del 2009, la Comisión Jurídica
informa al Pleno del CONAFU que la solicitud presentada
por el ingeniero Julio Domínguez Granda, en calidad
de Rector de la Universidad Los Ángeles de Chimbote,
resulta procedente la solicitud de la Universidad Los
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