04 800-2004-MP-FN - Autorizan viaje de fiscal superior a Austria para participar en conferencia relativa a la Convención de Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional

Fecha de publicación18 Junio 2004
Fecha de disposición18 Junio 2004
Pág. 270874
NORMAS LEGALES
Lima, viernes 18 de junio de 2004
delito contra la Fe Pública, en las modalidades de Falsifi-
cación de Documentos (Falsedad Impropia o de Uso) y
Falsedad Ideológica, en agravio del Estado y del Registro
Nacional de Identificación y Estado Civil.
Artículo 2º.- Remítase lo actuado al Procurador Públi-
co encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacio-
nal de Identificación y Estado Civil, para los fines a que se
contrae la presente Resolución.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
EDUARDO RUIZ BOTTO
Jefe Nacional
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RESOLUCIÓN JEFATURAL
Nº 276-2004-JEF/RENIEC
Lima, 24 de mayo de 2004
Visto, Oficio Nº 977-2003/GP/SGDAC/HYC RENIEC,
Informe Nº 031-2003-GP/SGDAC/HYC RENIEC, y el In-
forme Nº 124 -2004-GAJ/RENIEC, emitido por la Gerencia
de Asesoría Jurídica, de fecha 18 de febrero del 2004.
CONSIDERANDO:
Que, la Subgerencia de Depuración Registral y Archivo
Central del Registro Nacional de Identificación y Estado
Civil, en su labor fiscalizadora ha detectado que la ciuda-
dana FLOR MARIA QUISPE GUERRA, titular de la Ins-
cripción Nº 21879167, con fecha 17 de agosto del 2001,
dolosamente acude al Banco de la Nación para el pago del
tributo correspondiente por la rectificación de la Inscrip-
ción Nº 25797966 correspondiente a FLOR DE MARIA
QUISPE GUERRA, luego se presenta ante el Registro y
obtiene de forma irregular la Inscripción Nº 25797966 per-
teneciente a la ciudadana FLOR DE MARIA QUISPE GUE-
RRA;
Que, con fecha 9 de enero del 2003 la verdadera
ciudadana FLOR DE MARIA QUISPE GUERRA impugna
la Inscripción Nº 25797966 de la cual es titular debido a
que algunos datos como la foto, firma e impresión digital
no le corresponden;
Que, mediante Informe de Homologación Monodacti-
lar Nº 060/2003/UDGIA/GP/RENIEC, de fecha 20 de fe-
brero del 2003, se determina que hay una suplantación
de identidad de la Inscripción Nº 25797966 correspon-
diente a la ciudadana FLOR DE MARIA QUISPE GUE-
RRA, realizado por su homónima FLOR MARIA QUISPE
GUERRA;
Que, el comportamiento realizado por la ciudadana
FLOR MARIA QUISPE GUERRA, al haber insertado da-
tos falsos que no le corresponden en documento público y
declarándolo así, usurpando la identidad de tercera perso-
na, constituye indicio razonable de la comisión del presun-
to delito contra la Fe Pública, en las modalidades de False-
dad Ideológica y Genérica, previsto y sancionado en los
artículos 428º y 438º del Código Penal vigente;
Que, en atención a los considerandos precedentes, y
estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoría Jurídica,
resulta necesario autorizar al Procurador Público, a cargo
de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identifi-
cación y Estado Civil, para que interponga las acciones
que correspondan en defensa de los intereses del Estado
y del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil
contra FLOR MARIA QUISPE GUERRA; y,
De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº
17537 y la Ley Nº 26497;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Autorizar al Procurador Público en-
cargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de
Identificación y Estado Civil, para que en nombre y repre-
sentación de los intereses del Estado interponga las ac-
ciones legales que correspondan contra FLOR MARIA
QUISPE GUERRA, por presunto delito contra la Fe Públi-
ca, en las modalidades de Falsedad Ideológica y Genéri-
ca, en agravio del Estado y del Registro Nacional de Iden-
tificación y Estado Civil.
Artículo Segundo.- Remítase lo actuado al Procura-
dor Público encargado de los asuntos judiciales del Regis-
tro Nacional de Identificación y Estado Civil, para los fines
a que se contrae la presente Resolución.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
EDUARDO RUIZ BOTTO
Jefe Nacional
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MINISTERIO PÚBLICO
Autorizan viaje de fiscal superior a Aus-
tria para participar en conferencia
relativa a la Convención de Naciones
Unidas contra la Delincuencia Organi-
zada Transnacional
RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA
NACIÓN Nº 800-2004-MP-FN
Lima, 2 de junio de 2004
VISTO Y CONSIDERANDO:
Que, mediante los Facsímil (SME-PMS-ONU) Nºs. 63
y 68, cursados por el señor Embajador Santiago Marco-
vich Monasi, Subsecretario de Asuntos Multilaterales del
Ministerio de Relaciones Exteriores, se formula invitación
a un representante del Ministerio Público para que partici-
pe en la "I Conferencia de Estados Parte en la Convención
de Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada
Transnacional", a realizarse en la ciudad de Viena, Repú-
blica de Austria, del 28 de junio al 9 de julio de 2004;
Que, constituye de interés institucional la participación
del Ministerio Público, en el referido evento;
En uso de las atribuciones conferidas por el Artículo
64º del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Minis-
terio Público y de conformidad con lo establecido en la Ley
Nº 27619 y su Reglamento aprobado con Decreto Supre-
mo Nº 047-2002-PCM, y la Ley Nº 28128, Ley de Presu-
puesto del Sector Público para el Año Fiscal 2004;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- AUTORIZAR el viaje en comisión
de servicios, del doctor Pablo Wilfredo Sánchez Velarde,
Fiscal Superior Titular de la Primera Fiscalía Superior Es-
pecializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios, a la
ciudad de Viena, República de Austria, del 27 de junio al 11
de julio de 2004, para que participe en el evento menciona-
do en la parte considerativa de la presente Resolución.
Artículo Segundo.- Los gastos de pasajes, viáticos y
tasas de embarque, por el viaje señalado en el artículo
anterior, serán asumidos por el Ministerio Público, confor-
me se señala a continuación:
- Pasajes : $ 1,600.00
- Viáticos : $ 3,900.00
- Tarifa Corp ac : $ 28.00
---------------
TOTAL : $ 5,528.00
Artículo Tercero.- Encargar al doctor Carlos Alberto
Carbajal Albino, Fiscal Adjunto Superior, el Despacho de
la Primera Fiscalía Superior Especializada en Delitos de
Corrupción de Funcionarios; mientras dure la ausencia del
Fiscal Superior Titular.
Artículo Cuarto.- La presente Resolución no dará de-
recho a exoneración o liberación de impuestos o de dere-
chos aduaneros de ninguna clase o denominación.
Artículo Quinto.- Disponer que la Gerencia General
efectúe todas las acciones necesarias para el debido cum-
plimiento de la presente Resolución.
Artículo Sexto.- Hacer de conocimiento la presente
Resolución al Ministro de Relaciones Exteriores, al señor
Fiscal Superior Decano del Distrito Judicial de Lima, a la
Gerencia General, a la Gerencia de Registro de Fiscales,

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