190 147-MDB - Dejan sin efecto pago por "carpeta de trámite" en todos los procedimientos administrativos previstos en el TUPA de la municipalidad

Fecha de disposición21 Mayo 2003
Fecha de publicación21 Mayo 2003
Pág. 244603
NORMAS LEGALES
Lima, miércoles 21 de mayo de 2003
Dejan sin efecto pago por "carpeta de trá-
mite" en todos los procedimientos adminis-
trativos previstos en el TUPA de la munici-
palidad ORDENANZA Nº 147-MDB
Barranco, 14 de mayo del 2003
EL CONCEJO DISTRITAL DE BARRANCO
VISTO, el Informe Nº 46-03-OP/MDB de la Oficina de
Planeamiento sobre la modificación del Texto Único de Pro-
cedimientos Administrativos (TUPA) de la Municipalidad Dis-
trital de Barranco en la parte correspondiente al pago de la
carpeta de trámite en la Sesión Ordinaria de la fecha;
CONSIDERANDO:
reconoce la autonomía política, económica y administrativa
de las municipalidades en los asuntos de su competencia;
Que, mediante Ordenanza Nº 086-MDB, publicada el 2
de febrero del 2002, se aprobó el Texto Único de Procedi-
mientos Administrativos de la Municipalidad de Barranco;
dispone que si las entidades establecen el empleo de forma-
tos o formularios dentro de los procedimientos, éstos deben
constar en el Texto Único de Procedimientos Administrati-
vos y adicionalmente deben ser de distribución gratuita o ser
de libre reproducción por los particulares;
Estando a lo informado y ejerciendo las facultades
conferidas por la Ley Nº 23853, Ley Orgánica de Muni-
cipalidades, y con el voto unánime de sus miembros, ha
dado la siguiente:
ORDENANZA
Artículo Primero.- Modificar el Texto Único de Pro-
cedimientos Administrativos - TUPA de la Municipalidad
Distrital de Barranco, dejando sin efecto el pago por "car-
peta de trámite" en todos los procedimientos administrati-
vos previstos en dicha norma.
Artículo Segundo.- Encargar a la Secretaria Gene-
ral la publicación y difusión de la presente ordenanza.
POR TANTO:
Regístrese, publíquese, cúmplase y archívese.
MARTÍN DEL POMAR SAETTONE
Alcalde
09509
MUNICIPALIDAD DE
JESÚS MARÍA
Disponen el empadronamiento de personas
dedicadas al lavado de vehículos en la vía
pública ORDENANZA Nº 111-MJM
Jesús María, 25 de abril de 2003
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD
DE JESÚS MARÍA
POR CUANTO:
El Concejo Distrital de Jesús María en Sesión Ordina-
ria de la fecha, visto el Dictamen Nº 01-2003-CSGC-
CMJM de la Comisión de Seguridad Ciudadana; con el
voto UNÁNIME de sus miembros, y con dispensa del
trámite de aprobación de Acta ha dado la siguiente:
ORDENANZA
QUE DISPONE EL EMPADRONAMIENTO DE
LAVADORES DE CARROS EN LA VÍA PÚBLICA
Artículo Primero.- Dispóngase en el distrito de Je-
sús María a través de la Dirección de Seguridad Ciuda-
dana un empadronamiento general de las personas de-
dicadas al lavado de vehículos en la vía pública dentro
de los 15 días de publicada la presente norma.
Artículo Segundo.- Establézcase como órganos
responsables de la conducción del reordenamiento de
las personas que ejercitan el lavado de vehículos en la
vía pública, las áreas de la Municipalidad de Jesús Ma-
ría siguientes:
- DIRECCIÓN DE SEGURIDAD CIUDADANA
- DIRECCIÓN DE PROMOCIÓN Y SERVICIOS CO-
MUNALES
- DIRECCIÓN DE INFRAESTRUCTURA URBANA
- DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN DE TRIBUTOS
Y RENTAS
- OFICINA DE PARTICIPACIÓN VECINAL
Los mismos que de manera coordinada, bajo la
dirección de la Dirección de Seguridad Ciudadana,
deberá establecer entre otras acciones la
recomendación, si la hubiera, de la zona a utilizarse
para esta actividad; así como los mecanismos de
seguridad, limpieza y ornato en la eventualidad que
ésta pudiera desarrollarse en la jurisdicción en el pla-
zo máximo de 20 días de emitido el presente disposi-
tivo, bajo responsabilidad.
Artículo Tercero.- Encargar al Despacho de Alcal-
día las acciones y normas complementarias al cumpli-
miento de lo dispuesto en la presente norma.
POR TANTO:
Mando se publique y cumpla.
CARLOS BRINGAS CLAEYSSEN
Alcalde
09522
Disponen exoneración de pago de dere-
cho por inscripción extemporánea de
nacimiento establecida en el TUPA de
la municipalidad
ORDENANZA Nº 113
Jesús María, 15 de mayo de 2003
ANEXO 1
Calificación Dependencia Autoridad que Autoridad que
Nº Denominación Requisitos Derecho Tiempo AA Evaluación donde se inicia aprueba el resuelve el
SP SN NR el trámite trámite Recurso Admin.
Regularización de 1) Solicitud dirigida al Alcalde 5 % UIT 15 Días X Unidad de Trámite Director de Desarr. Reconsideración:
Licencia Municipal 2) Certificado Original o Copia Documentario Urbano DDU
de Funcionamiento de Licencia Municipal ( DDU ) Apelación:
Anterior o Copia de la Concejo Municipal
Resolución de Autorización
3) Certificado Positivo de
Defensa Civil
4) Acondicionamiento
Acústico( si el caso requiere)
09508

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