DECRETO SUPREMO N° 198-2012-EF - Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012 a favor del Pliego Instituto Nacional de Defensa Civil

Fecha de disposición06 Octubre 2012
Fecha de publicación06 Octubre 2012
NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, sábado 6 de octubre de 2012 475825
ECONOMIA Y FINANZAS
Autorizan Transferencia de Partidas en
el Presupuesto del Sector Público para
el Año Fiscal 2012 a favor del Pliego
Instituto Nacional de Defensa Civil
DECRETO SUPREMO
Nº 198-2012-EF
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ley Nº 29812, Ley de Presupuesto del
Sector Público para el Año Fiscal 2012, se aprobó entre
otros el Presupuesto del Pliego 006: Instituto Nacional de
Defensa Civil;
Que, la Tercera Disposición Complementaria Final de la
Ley Nº 29813, Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto
del Sector Público para el Año Fiscal 2012, señala que en
la Reserva de Contingencia se ha incluido hasta la suma de
CINCUENTA MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/.
50 000 000,00) a favor del Instituto Nacional de Defensa
Civil – INDECI, para destinarla a realizar acciones durante
el año f‌i scal 2012, a efectos de brindar una respuesta
oportuna ante desastres de gran magnitud, que permita
mitigar los efectos dañinos por el inminente impacto de un
fenómeno natural o antrópico, declarado por el organismo
público técnico-científ‌i co competente, y rehabilitar la
infraestructura pública;
Que, los literales b) y c) de la Tercera Disposición
Complementaria Final de la Ley citada en el párrafo
precedente, establecen que el INDECI es responsable por
el adecuado uso de los recursos provenientes de la Reserva
de Contingencia a que se ref‌i ere la Ley en mención,
correspondiendo al Ministerio de Economía y Finanzas, a
través de la Dirección General de Política de Inversiones
(ex Dirección General de Programación Multianual del
Sector Público), dictar los criterios y procedimientos para
sustentar la necesidad del uso de dichos recursos;
Que, el numeral 7.1 del artículo 7° de la Directiva Nº
001-2012-EF/63.01 “Directiva que establece los criterios y
procedimientos para el uso de los recursos a que se ref‌i ere
la Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley
Nº 29813, Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto
del Sector Público para el Año Fiscal 2012”, señala que
es competencia del INDECI ser responsable por el
adecuado uso de los recursos antes señalados, así como
de solicitarlos a f‌i n de incorporarlos a su presupuesto y
transferirlos f‌i nancieramente;
Que, según el artículo 10º de la Directiva referida en
el considerando precedente, la emergencia por ocurrencia
de desastres de gran magnitud o peligro inminente del
mismo, se atiende a través de dos formas de intervención:
Actividades de Emergencia, que son evaluadas y
aprobadas por el INDECI; y Proyectos de Inversión Pública
de Emergencia (PIP), que son presentados a la Dirección
General de Política de Inversiones del Ministerio de
Economía y Finanzas, la que, de corresponder, los declara
elegibles, para su posterior aprobación por la Presidencia
del Consejo de Ministros;
Que, el numeral 11.5 del artículo 11º de la citada Directiva,
señala que el Titular del INDECI remite al Ministerio de
Economía y Finanzas la solicitud de crédito presupuestario,
adjuntando el Informe del Director Nacional del INDECI y
el Informe Técnico de Aprobación de las Fichas Técnicas
de Actividad de Emergencia, debidamente suscrito por
los funcionarios correspondientes, como requisito previo
a la aprobación del crédito presupuestario, conforme a lo
dispuesto por el artículo 13º de la referida Directiva;
Que, asimismo el numeral 12.2 del artículo 12° de la
Directiva en mención, en concordancia con lo dispuesto
en el literal c) de la Tercera Disposición Complementaria
Final de la Ley N° 29813, Ley de Equilibrio Financiero del
Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012,
señala que para el f‌i nanciamiento de los Proyectos de
Inversión Pública (PIP) de emergencia, el INDECI remite
al Ministerio de Economía y Finanzas la relación de los
PIP de emergencia declarados elegibles por la Dirección
General de Política de Inversiones del Ministerio de
Economía y Finanzas y aprobados por la Presidencia del
Consejo de Ministros;
Que, la Directiva Nº 002-2012-EF/63.01 “Directiva del
procedimiento simplif‌i cado para determinar la elegibilidad
de los Proyectos de Inversión Pública de emergencia ante
la presencia de desastres de Gran Magnitud”, establece
un procedimiento simplif‌i cado aplicable a los Proyectos
de Inversión Pública (PIP) de emergencia de acuerdo a
lo establecido en la Tercera Disposición Complementaria
Final de la Ley Nº 29813, antes citada;
Que, el artículo 3° del Decreto de Urgencia Nº 008-
2012, dispuso que hasta el 31 de diciembre de 2012,
la aprobación de los proyectos de inversión pública de
emergencia ante la presencia de desastres de gran
magnitud, se otorgará únicamente con la declaración de
elegibilidad que otorga la Dirección General de Política
de Inversiones del Ministerio de Economía y Finanzas,
previo cumplimiento del procedimiento simplif‌i cado a que
se ref‌i ere el segundo párrafo de la Tercera Disposición
Complementaria Final de la Ley Nº 29813, Ley de Equilibrio
Financiero del Presupuesto del Sector Público para el Año
Fiscal 2012;
Que, en aplicación de lo antes señalado el INDECI,
a través del Of‌i cio Nº 3279-2012/INDECI/4.0 solicita la
suma de UN MILLON CIENTO CUARENTA Y UN MIL
DOSCIENTOS VEINTIUNO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/.
1 141 221,00), los cuales serán transferidos f‌i nancieramente
a favor de la UE 100 Agricultura Puno, Provincia de
Chucuito del Departamento de Puno, para la recuperación
de los niveles nutricionales y productivos de las especies
bovina, ovino y alpaca en las comunidades campesinas,
parcialidades y sectores de la Provincia de Chucuito como
consecuencia de las torrenciales precipitaciones pluviales
acompañadas de heladas y granizadas que causaron
desbordes de los ríos, provocando enfermedades infecto
contagiosas como neumonías, broncopulmonares, estos
fenómenos climatológicos se presentaron durante los días
05,06 y 07 de Marzo del 2012;
Que, el INDECI, a través del Of‌i cio N° 3285-
2012/INDECI/4.0, solicita la suma de TRESCIENTOS
VEINTICUATRO MIL CIENTO NOVENTA Y 00/100
NUEVOS SOLES (S/. 324 190,00), la cual será transferida
f‌i nancieramente a favor de la Municipalidad Distrital
de Olmos, Provincia y Departamento de Lambayeque,
para el alquiler de maquinaria para la recuperación de
la transitabilidad de la trocha carrozable ubicado entre
los caseríos Nitape, la Orchilla y Pañala, Ancol Grande y
Alto de Roque, San Cristóbal y Ancol Grande, Puente de
Casacajal y San Cristóbal, La Loma Racali y Palo Blanco,
Virgen del Carmen y Calera Santa Isabel, así como entre
las localidades Sector la Huaca y Caserío la Juliana y
entre la carretera Panamericana Antigua y el caserío Vega
del Padre, todos del Distrito de Olmos - Lambayeque -
Lambayeque, afectados por las intensas lluvias del 19 de
marzo del 2012;
Que, a través del mismo of‌i cio, el INDECI señala que
los recursos solicitados se destinarán también para la
adquisición de combustible y alquiler de maquinaria para
la recuperación de la transitabilidad de la trocha carrozable
ubicado entre los caseríos Filoque y Loma de Racali, en el
Distrito de Olmos - Lambayeque - Lambayeque, afectado
por las intensas lluvias del 19 de marzo del 2012;
Que, el INDECI, a través del Of‌i cio Nº 3300-2012/
INDECI/4.0, solicita la suma de SETECIENTOS NOVENTA
Y SEIS MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y CUATRO
Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 796 444,00), la cual será
transferida f‌i nancieramente a favor de la UE 001 Sede Loreto,
Provincia de Mariscal Ramón Castilla del Departamento
de Loreto, para la ejecución de 09 Proyectos de Inversión
Pública (PIP) de Emergencia denominados “Rehabilitación
de la Institución Educativa Primaria de Menores Nº 60761-
Santa Cecilia, Distrito de Ramón Castilla, Mariscal Ramón
Castilla - Loreto, afectado por la inundación ocurrido
el 15 de febrero de 2012”; “Rehabilitación del Centro
de Salud ACLAS Isla Santa Rosa, Distrito de Yavari,
Provincia de Mariscal Ramón Castilla - Loreto, afectado
por la inundación ocurrido el 15 de febrero de 2012”;
“Rehabilitación de la Institución Educativa Primaria de
Menores Nº 601014 - Isla Santa Rosa, Distrito de Yavari,
Provincia de Mariscal Ramón Castilla - Loreto, afectado
por la inundación ocurrido el 15 de febrero de 2012”;
“Rehabilitación del puesto de salud Puerto Alegría, Distrito
de Yavari, Provincia de Mariscal Ramón Castilla - Loreto,
afectado por la inundación ocurrida el 15 de febrero de
2012”; “Rehabilitación de la Institución Educativa Primaria
Secundaria de Menores Nº 60276 - Eugenio Rivera López,
Islandia, Distrito de Yavari, Provincia de Mariscal Ramón
Castilla - Loreto, afectado por la inundación ocurrido el

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