DECRETO SUPREMO N° 282-2015-EF - Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, a favor del Pliego Ministerio de Defensa

Fecha de disposición29 Septiembre 2015
Fecha de publicación29 Septiembre 2015
562500 NORMAS LEGALES Martes 29 de setiembre de 2015 /
El Peruano
ECONOMIA Y FINANZAS
Autorizan Transferencia de Partidas en el
Presupuesto del Sector Público para el Año
Fiscal 2015, a favor del Pliego Ministerio de
Defensa
DECRETO SUPREMO
Nº 282-2015-EF
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ley Nº 30281, Ley de Presupuesto del
Sector Público para el Año Fiscal 2015, se aprobó, entre
otros, el presupuesto institucional de los pliegos Ministerio
de Vivienda, Construcción y Saneamiento y Ministerio de
Defensa;
Que, de conformidad con lo establecido en la Ley Nº
30156, Ley de Organización y Funciones, el Ministerio de
Vivienda, Construcción y Saneamiento, tiene por f‌i nalidad
normar y promover el ordenamiento, mejoramiento,
protección e integración de los centros poblados, urbanos
y rurales, como sistema sostenible en el territorio nacional;
asimismo, señala que tiene competencia en materia
de vivienda, construcción, saneamiento, urbanismo,
desarrollo urbano, bienes estatales y propiedad urbana;
ejerciendo competencias compartidas con los gobiernos
regionales y locales en dichas materias;
Que, la Octava Disposición Complementaria Final de
la Ley Nº 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público
para el Año Fiscal 2015, dispone que cuando los pliegos
presupuestarios del Gobierno Nacional reciban el apoyo
de las Fuerzas Armadas (FFAA) y/o de la Policía Nacional
del Perú (PNP) para un mejor cumplimiento de sus
funciones, quedan autorizados, a realizar modif‌i caciones
presupuestarias en el nivel institucional a favor del pliego
Ministerio de Defensa y/o Ministerio del Interior, según
corresponda, sólo si el gasto efectuado por el apoyo que
brinden las FFAA o la PNP supera el monto máximo que
debe ser f‌i nanciado con cargo al presupuesto institucional
aprobado de los pliegos Ministerio de Defensa o Ministerio
del Interior, respectivamente. Dicho monto máximo anual
se establece mediante decreto supremo, refrendado
por el Presidente del Consejo de Ministros, el que debe
aprobarse en un plazo que no exceda los noventa (90)
días calendario contados a partir de la vigencia de cada
Ley Anual de Presupuesto;
Que, adicionalmente, la citada disposición establece
que las modif‌i caciones presupuestarias en el nivel
institucional se f‌i nancian con cargo al presupuesto
institucional del pliego que reciba el apoyo de las Fuerzas
Armadas o Policía Nacional del Perú, por la fuente de
f‌i nanciamiento Recursos Ordinarios y sin demandar
recursos adicionales al Tesoro Público, y se aprueban
mediante decreto supremo refrendado por el Presidente
del Consejo de Ministros, el Ministro de Economía y
Finanzas y el Ministro del sector respectivo, a propuesta
de este último, previo informe de la Presidencia del
Consejo de Ministros (PCM) en el que se deberá indicar
si el pliego Ministerio de Defensa o Ministerio del Interior,
según corresponda, ha excedido el monto máximo
destinado a las acciones de apoyo f‌i jado por la PCM y
de la of‌i cina de presupuesto o la que haga sus veces en
el pliego que reciba el apoyo de las Fuerzas Armadas o
Policía Nacional del Perú, bajo responsabilidad del titular
de dicho pliego;
Que, mediante Decreto Supremo Nº 020-2015-
PCM se establece como monto máximo la suma de
CINCO MILLONES DOSCIENTOS MIL Y 00/100
NUEVOS SOLES (S/. 5 200 000,00) en la Fuente
de Financiamiento Recursos Ordinarios que debe
ser financiado con cargo al presupuesto institucional
aprobado del pliego 026: Ministerio de Defensa
para las operaciones de apoyo a los pliegos
presupuestarios según lo dispuesto en la Octava
Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30281
Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año
Fiscal 2015;
Que, mediante Informe Nº 140-2015-PCM/OGPP que
acompaña el Of‌i cio Nº 4835-2015-PCM/SG, dirigido a la
Secretaría General del Ministerio de Vivienda, Construcción
y Saneamiento, la Presidencia del Consejo de Ministros
informa que el Ministerio de Defensa ha excedido el monto
máximo destinado a las operaciones de apoyo f‌i jado
que solicitan que el Ministerio de Vivienda, Construcción
y Saneamiento realice modif‌i caciones presupuestarias
en el nivel institucional a favor del Ministerio de Defensa,
hasta por la suma de CIENTO CINCUENTA MIL Y 00/100
NUEVOS SOLES (S/. 150 000,00), en aplicación a la
Octava Disposición Complementaria Final de la Ley Nº
30281 Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año
Fiscal 2015;
Que, mediante Memorando Nº 2477-2015/VIVIENDA-
OGPP, la Of‌i cina General de Planeamiento y Presupuesto
del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento,
hace suyo el Informe Nº 0363-2015/VIVIENDA-OGPP-OP,
en el que se emite opinión favorable sobre la Transferencia
de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para
el Año Fiscal 2015, hasta por la suma indicada en el
considerando precedente, señalando que se cuenta con
los recursos necesarios para f‌i nanciar las operaciones
de apoyo que brinden las Fuerzas Armadas al Sector
Vivienda, Construcción y Saneamiento, en lo que resta del
presente año, en el marco de lo dispuesto en la Octava
Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30281,
Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal
2015; en virtud del cual, mediante Of‌i cio Nº 1058-2015/
VIVIENDA-SG, el Ministerio de Vivienda, Construcción y
Saneamiento solicita dar trámite a la citada transferencia
de recursos;
Que, resulta necesario autorizar una Transferencia de
Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año
Fiscal 2015, del pliego Ministerio de Vivienda, Construcción
y Saneamiento, a favor del pliego Ministerio de Defensa,
hasta por la suma de CIENTO CINCUENTA MIL Y 00/100
NUEVOS SOLES (S/. 150 000,00), para f‌i nanciar las
operaciones de apoyo que brinden las Fuerzas Armadas
al Sector Vivienda, Construcción y Saneamiento, en lo
que resta del presente año, en el marco de lo dispuesto
en la Octava Disposición Complementaria Final de la Ley
Nº 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el
Año Fiscal 2015;
De conformidad con lo dispuesto en la Octava
Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30281,
Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal
2015;
DECRETA:
Artículo 1.- Objeto
Autorízase una Transferencia de Partidas en el
Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal
2015, hasta por la suma de CIENTO CINCUENTA MIL
Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 150 000,00), del pliego
Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, a
favor del pliego Ministerio de Defensa, para f‌i nanciar las
operaciones de apoyo que brinden las Fuerzas Armadas,
al Sector Vivienda, Construcción y Saneamiento, en lo
que resta del presente año en el marco de lo dispuesto en
la Octava Disposición Complementaria Final de la Ley Nº
30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año
Fiscal 2015, de acuerdo al siguiente detalle:
DE LA: En Nuevos Soles
SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central
PLIEGO 037 : Ministerio de Vivienda,
Construcción y Saneamiento
UNIDAD EJECUTORA 001 : Ministerio de Vivienda,
Construcción y Saneamiento –
Administración General
ACCIONES CENTRALES
ACTIVIDAD 5000002 : Conducción y Orientación Superior
FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios

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