Decreto supremo N° 278-2023-EF. Decreto Supremo que aprueba una nueva escala remunerativa para el personal del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural (AGRORURAL) sujeto al régimen laboral del Decreto Legislativo N° 728

Fecha de publicación12 Diciembre 2023
SecciónSección Única
Decreto Supremo que aprueba una nueva escala remunerativa para el personal del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural (AGRORURAL) sujeto al régimen laboral del <a href="https://vlex.com.pe/vid/decreto-supremo-n-003-575977894">Decreto Legislativo Nº 728</a>

LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA


CONSIDERANDO:


Que, en el marco de lo dispuesto en los numerales 71.1 y 71.2 del artículo 71 de la Ley Nº 31912, Ley que aprueba créditos suplementarios para el financiamiento de mayores gastos asociados a la reactivación económica, la respuesta ante la emergencia y el peligro inminente por la ocurrencia del Fenómeno El Niño para el año 2023 y dicta otras medidas, se autoriza al Ministerio de Economía y Finanzas a realizar un estudio sobre los ingresos del personal que presta servicios en el Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural (AGRORURAL) bajo el régimen del Decreto Legislativo Nº 728 con el fin de determinar una nueva escala remunerativa para dicho personal. Dicho estudio se realiza en un plazo máximo de veinte (20) días hábiles contados a partir de la publicación de la Ley Nº 31912; asimismo, se dispone que la nueva escala remunerativa se aprueba mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y por la Ministra de Desarrollo Agrario y Riego, a propuesta de esta última en un plazo máximo de diez (10) días hábiles luego de culminado el citado estudio. Dicha escala consolida los ingresos remunerativos mensuales y transversales que se encuentran registrados en el Aplicativo Informático para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Público (AIRHSP);


Que, de acuerdo con los numerales 71.3 y 71.4 del citado artículo, para a efectos de implementar la nueva escala remunerativa para el personal de AGRORURAL, se exonera al referido programa de lo establecido en el artículo 6 y en el numeral 9.1 del artículo 9 de la Ley Nº 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023; asimismo, se precisa que se financia con cargo a los recursos del presupuesto institucional de AGRORURAL, sin demandar recursos adicionales al tesoro público;


Que, mediante Oficio Nº 0370-2023-EF/53.07, la Dirección General de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos del Ministerio de Economía y Finanzas remite a la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego...

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