DECRETO SUPREMO N° 251-2015-EF - Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015 a favor del pliego Poder Judicial

Fecha de disposición09 Septiembre 2015
Fecha de publicación09 Septiembre 2015
NORMAS LEGALES
Miércoles 9 de setiembre de 2015
El Peruano
/561001
Artículo 4.- Refrendo
El presente Decreto Supremo es refrendado por
el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro de
Economía y Finanzas y el Ministro de Salud.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los ocho
días del mes de setiembre del año dos mil quince.
OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente de la República
PEDRO CATERIANO BELLIDO
Presidente del Consejo de Ministros
ALONSO SEGURA VASI
Ministro de Economía y Finanzas
ANIBAL VELÁSQUEZ VALDIVIA
Ministro de Salud
1285054-2
Autorizan Transferencia de Partidas en el
Presupuesto del Sector Público para el Año
Fiscal 2015 a favor del pliego Poder Judicial
DECRETO SUPREMO
N° 251-2015-EF
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ley Nº 30281, Ley de Presupuesto del
Sector Público para el Año Fiscal 2015 se aprobó, entre
otros, el presupuesto del pliego 004: Poder Judicial;
Que, mediante Resolución Administrativa N°
238-2014-CE-PJ de fecha 09 de julio de 2014, se aprobó
la implementación de la Nueva Ley Procesal del Trabajo
(NLPT) en los Distritos Judiciales de Ancash (excepto en
la provincia de Huaraz, el que como Plan Piloto empezó
a partir del 1 de octubre de 2014), Tumbes y Ucayali para
el año 2015; asimismo, el Consejo Ejecutivo del Poder
Judicial, mediante Acuerdo N° 833-2014, ha dispuesto
que los Distritos Judiciales de Lima Este y Ventanilla sean
incorporados a las jurisdicciones en las que se aplicará la
NLPT a partir del año 2015;
Que, el Poder Judicial, mediante los Of‌i cios N°s
190-2015-GP-GG/PJ, 1133-2015-GG-PJ, 180-2015-GP-
GG/PJ y 1081-2015-GG-PJ, solicita recursos adicionales,
entre otros, destinados a f‌i nanciar la implementación de
la Nueva Ley Procesal del Trabajo (NLPT) en los Distritos
Judiciales de Ancash (excepto en la provincia de Huaraz),
Tumbes, Ucayali, Lima Este y Ventanilla, así como la
continuidad de doce (12) proyectos de inversión pública
y el inicio de dos (02) nuevos proyectos de inversión
pública que se encuentran en situación de viables con
expedientes técnicos concluidos;
Que, para tal f‌i n, a través del Of‌i cio N° 190-2015-GP-
GG/PJ, se indica que el pliego Poder Judicial no ha
considerado recursos en su presupuesto institucional
del presente año f‌i scal, para la implementación de la
Nueva Ley Procesal del Trabajo en los referidos distritos
judiciales, así como para f‌i nanciar la continuidad de doce
(12) proyectos de inversión pública y el inicio de dos (02)
nuevos proyectos de inversión pública;
Que, los artículos 44 y 45 del Texto Único Ordenado
de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional
de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo N°
304-2012-EF, establece que las Leyes de Presupuesto del
Sector Público consideran una Reserva de Contingencia
que constituye un crédito presupuestario global dentro
del Ministerio de Economía y Finanzas, destinada a
f‌i nanciar los gastos que por su naturaleza y coyuntura no
pueden ser previstos en los presupuestos de los pliegos,
disponiendo que las transferencias o habilitaciones que
se efectúen con cargo a la Reserva de Contingencia se
autorizan mediante decreto supremo refrendado por el
Ministro de Economía y Finanzas;
Que, en consecuencia, es necesario autorizar una
Transferencia de Partidas de la Reserva de Contingencia
del Ministerio de Economía y Finanzas, hasta por la
suma de DIEZ MILLONES SETECIENTOS CUATRO MIL
SESENTA Y TRES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 10 704
063,00), para el f‌i nanciamiento de proyectos de inversión
pública y la implementación de la Nueva Ley Procesal
del Trabajo (NLPT) en los distritos judiciales de Ancash,
Tumbes, Ucayali, Lima Este y Ventanilla, conforme a lo
señalado en los considerandos precedentes, teniendo
en cuenta que los citados recursos no han sido previstos
en el presupuesto institucional del presente año f‌i scal del
pliego 004: Poder Judicial;
De conformidad con lo establecido en el artículo 45 del
Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General
del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante
DECRETA:
Artículo 1.- Objeto
1.1. Autorízase una Transferencia de Partidas en el
Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015,
hasta por la suma de DIEZ MILLONES SETECIENTOS
CUATRO MIL SESENTA Y TRES Y 00/100 NUEVOS
SOLES (S/. 10 704 063,00), a favor del pliego 004: Poder
Judicial, destinados a f‌i nanciar la ejecución de proyectos
de inversión pública y la implementación de la Nueva
Ley Procesal del Trabajo (NLPT) en diversos distritos
judiciales, conforme a lo indicado en la parte considerativa
de la presente norma, de acuerdo al siguiente detalle:
DE LA: En Nuevos Soles
SECCION PRIMERA : Gobierno Central
PLIEGO 009 : Ministerio de Economía y Finanzas
UNIDAD EJECUTORA 001 : Administración General
ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS
QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS
ACTIVIDAD 5000415 : Administración del Proceso
Presupuestario del Sector Público
FUENTE DE
FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTOS CORRIENTES
2.0. Reserva de Contingencia 3 052 198,00
GASTOS DE CAPITAL
2.0. Reserva de Contingencia 7 651 865,00
-------------------
TOTAL EGRESOS 10 704 063,00
===========
A LA:
SECCION PRIMERA : Gobierno Central
PLIEGO 004 : Poder Judicial
FUENTE DE
FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTOS CORRIENTES
2.1. Personal y Obligaciones Sociales 973 452,00
2.3. Bienes y Servicios 2 078 746,00
GASTOS DE CAPITAL
2.6. Adquisición de activos No Financieros 7 651 865,00
-------------------
TOTAL EGRESOS 10 704 063,00
===========
1.2 El detalle del monto transferido se detalla en el
Anexo Nº 1 “Transferencia de Partidas – Actividades”
y Anexo Nº 2 “Transferencia de Partidas - Proyectos
de Inversión Pública”, que forman parte integrante del
presente Decreto Supremo, los cuales se publican en el
portal institucional del Ministerio de Economía y Finanzas
(www.mef.gob.pe), en la misma fecha de publicación de la
presente norma en el Diario Of‌i cial “El Peruano”.
Artículo 2.- Procedimiento para la Aprobación
Institucional
2.1 El Titular del pliego habilitado en la presente
Transferencia de Partidas, aprueba, mediante Resolución, la
desagregación de los recursos a que se ref‌i ere el numeral

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