DECRETO SUPREMO N° 246-2015-EF - Autorizan Transferencia de Partidas a favor del pliego Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida Sin Drogas (DEVIDA) en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015

Fecha de disposición04 Septiembre 2015
Fecha de publicación04 Septiembre 2015
560707
NORMAS LEGALES
Viernes 4 de setiembre de 2015
El Peruano
/
autorizan mediante decreto supremo refrendado por el
Ministro de Economía y Finanzas;
Que, los recursos solicitados no han sido autorizados
en la Ley Nº 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público
para el Año Fiscal 2015, por lo que, resulta necesario
autorizar una Transferencia de Partidas de la Reserva de
Contingencia del pliego Ministerio de Economía y Finanzas
hasta por la suma de TRES MILLONES OCHOCIENTOS
SESENTA Y CUATRO MIL QUINIENTOS VEINTINUEVE
Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 3 864 529,00), a favor del
pliego: 241 Instituto Tecnológico de la Producción - ITP,
para ser destinado a f‌i nanciar el inicio de la ejecución
del proyecto de inversión pública denominado “Creación
de Servicios Tecnológicos en la cadena productiva de
cuero y calzado, distrito El Porvenir, provincia de Trujillo,
departamento de La Libertad”;
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 45 del
del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante
DECRETA:
Artículo 1.- Objeto
Autorízase una Transferencia de Partidas en el
Presupuesto del Sector Publico para el Año Fiscal 2015,
hasta por la suma de TRES MILLONES OCHOCIENTOS
SESENTA Y CUATRO MIL QUINIENTOS VEINTINUEVE
Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 3 864 529,00), a favor del
pliego 241: Instituto Tecnológico de la Producción - ITP, para
f‌i nanciar el inicio de la ejecución del proyecto de inversión
pública denominado: “Creación de Servicios Tecnológicos en
la cadena productiva de cuero y calzado, distrito El Porvenir,
provincia de Trujillo, departamento de La Libertad”, conforme
a lo indicado en la parte considerativa de la presente norma,
de acuerdo al siguiente detalle:
DE LA: En Nuevos Soles
SECCION PRIMERA : Gobierno Central
PLIEGO 009 : Ministerio de Economía y Finanzas
UNIDAD EJECUTORA 001 : Administración General
ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS
QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS
ACTIVIDAD 5000415 : Administración del Proceso
Presupuestario del Sector Público
FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO DE CAPITAL
2.0 Reserva de Contingencia 3 864 529,00
------------------
TOTAL EGRESOS 3 864 529,00
==========
A LA: En Nuevos Soles
SECCION PRIMERA : Gobierno Central
PLIEGO 241 : Instituto Tecnológico de la
Producción - ITP
UNIDAD EJECUTORA 001 : Instituto Tecnológico de la
Producción - ITP
PROGRAMA PRESUPUESTAL 0093 : Desarrollo Productivo de las
Empresas
PROYECTO 2275669 : Creación de Servicios Tecnológicos
en la cadena productiva de cuero
y calzado, distrito El Porvenir,
provincia de Trujillo, departamento
de La Libertad
FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO DE CAPITAL
2.6 Adquisición de Activos No Financieros 3 864 529,00
------------------
TOTAL EGRESOS 3 864 529,00
==========
Artículo 2.- Procedimiento para la Aprobación
Institucional
2.1 El Titular del pliego habilitado en la presente
Transferencia de Partidas aprueba mediante Resolución,
la desagregación de los recursos autorizados en el
artículo 1 de la presente norma a nivel programático,
dentro de los cinco (05) días calendario de la vigencia del
presente dispositivo legal. Copia de la Resolución será
remitida dentro de los cinco (05) días de aprobada a los
organismos señalados en el numeral 23.2 del artículo
General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado
mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF.
2.2 La Of‌i cina de Presupuesto o la que haga sus
veces en el pliego involucrado, solicitará a la Dirección
General de Presupuesto Público las codif‌i caciones que
se requieran como consecuencia de la incorporación de
nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de
Medida.
2.3 La Of‌i cina de Presupuesto o la que haga sus
veces en el pliego involucrado instruirá a la Unidad
Ejecutora para que elabore las correspondientes “Notas
para Modif‌i cación Presupuestaria” que se requiera, como
consecuencia de lo dispuesto en la presente norma.
Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos
Los recursos de la Transferencia de Partidas a
que hace referencia el artículo 1 del presente Decreto
Supremo no podrán ser destinados, bajo responsabilidad,
a f‌i nes distintos para los cuales son transferidos.
Artículo 4.- Refrendo
El presente Decreto Supremo es refrendado por el
Ministro de Economía y Finanzas.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los tres días
del mes de setiembre del año dos mil quince.
OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente de la República
ALONSO SEGURA VASI
Ministro de Economía y Finanzas
1283317-1
Autorizan Transferencia de Partidas a
favor del pliego Comisión Nacional para el
Desarrollo y Vida Sin Drogas (DEVIDA) en el
Presupuesto del Sector Público para el Año
Fiscal 2015
DECRETO SUPREMO
Nº 246-2015-EF
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA:
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ley Nº 30281, Ley de Presupuesto
del Sector Público para el Año Fiscal 2015, se aprobó,
el presupuesto institucional del pliego 007 Ministerio del
Interior;
Que, la Sexagésima Sexta Disposición Complementaria
Final de la Ley Nº 30281, Ley de Presupuesto del Sector
Público para el Año Fiscal 2015, autoriza al Ministerio
del Interior, durante el año f‌i scal 2015, a efectuar
modif‌i caciones presupuestarias en el nivel institucional, a
favor de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida
Sin Drogas (DEVIDA), hasta por el monto de VEINTIDÓS
MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 22 000
000,00), como apoyo a la Dirección de Operaciones del
Proyecto Especial de Control y Reducción de Cultivos
Ilegales en el Alto Huallaga, para evitar la resiembra y
expansión de nuevos cultivos ilegales de hoja de coca, así
como para la ejecución del Programa de Responsabilidad
Social Comunitaria en las comunidades afectadas por la
producción y tráf‌i co ilícito de drogas, en el marco de la
Estrategia Nacional de Lucha contra las Drogas 2012-
2016; asimismo, señala que las referidas modif‌i caciones
presupuestarias se aprueban mediante Decreto Supremo,
refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, el
Ministro de Economía y Finanzas y el Ministro del Interior,
a propuesta de este último;
Que, la Trigésima Sétima Disposición Complementaria
Final de la Ley N° 30281, Ley de Presupuesto del Sector

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