DECRETO SUPREMO N° 233-2015-EF - Autorizan Crédito Suplementario en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015 a favor del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica

Fecha de disposición21 Agosto 2015
Fecha de publicación21 Agosto 2015
559678 NORMAS LEGALES Viernes 21 de agosto de 2015 /
El Peruano
ECONOMIA Y FINANZAS
Autorizan Crédito Suplementario en el
Presupuesto del Sector Público para el Año
Fiscal 2015 a favor del Consejo Nacional
de Ciencia, Tecnología e Innovación
Tecnológica
DECRETO SUPREMO
Nº 233-2015-EF
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, la Vigésima Cuarta Disposición Complementaria
Final de la Ley N° 29951, Ley de Presupuesto del Sector
Público para el Año Fiscal 2013, crea el Fondo Marco para la
Innovación, Ciencia y Tecnología – FOMITEC, el mismo que
se encuentra a cargo del Ministerio de Economía y Finanzas,
autorizándose a dicho Ministerio a conformar un Grupo
de Trabajo con el Ministerio de la Producción y el Consejo
Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica –
CONCYTEC, para el diseño e implementación de instrumentos
económicos y f‌i nancieros que busquen incentivar el desarrollo
de la ciencia, tecnología e innovación para la competitividad,
a través del emprendimiento tecnológico; asimismo, dispone
que los recursos del mencionado Fondo se incorporan
mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro
de Economía y Finanzas, en la fuente de f‌i nanciamiento
Recursos Ordinarios;
Que, mediante Decreto Supremo N° 071-2013-
EF, se aprueban las Normas de Implementación y
Funcionamiento del Fondo Marco para la Innovación,
Ciencia y Tecnología, estableciéndose en sus artículos
4 y 7 que el citado Grupo de Trabajo contará con una
Secretaría Técnica encargada, entre otros, de recibir los
instrumentos económicos y f‌i nancieros para evaluación
del Grupo de Trabajo, y gestionar la asignación de
recursos sobre la base de los acuerdos aprobados;
Que, el artículo 15 del referido decreto supremo
establece, respecto a la asignación de recursos del
Fondo Marco para la Innovación, Ciencia y Tecnología –
FOMITEC, que una vez f‌i rmado el Convenio de Gestión
al que hace referencia el artículo 14 de la citada norma,
la Secretaría Técnica, a través de la Dirección General
de Asuntos de Economía Internacional, Competencia
y Productividad del Ministerio de Economía y Finanzas,
enviará a la Dirección General de Presupuesto Público del
citado Ministerio, mediando los órganos correspondientes,
el proyecto de Decreto Supremo para la aprobación de la
asignación de recursos del aludido Fondo, el que deberá
detallar el monto del f‌i nanciamiento y las entidades
públicas destinatarias de dichos recursos, los que se
incorporan en los presupuestos institucionales de los
pliegos correspondientes en la fuente de f‌i nanciamiento
Recursos Ordinarios, de acuerdo a lo establecido en la
Vigésima Cuarta Disposición Complementaria Final de
la Ley N° 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público
para el Año Fiscal 2013;
Que, asimismo, el artículo 17 del mismo decreto
supremo dispone que el seguimiento de la ejecución
de los instrumentos f‌i nanciados por el FOMITEC será
anual, y que en los años que no se requiera, de acuerdo
al convenio de gestión, una evaluación independiente,
será la entidad administradora de recursos del FOMITEC
la que presente reportes de avance; adicionalmente, en
dicho artículo se indica que a partir del producto del citado
seguimiento, el Grupo de Trabajo def‌i nirá: (i) si se continúa
con la asignación de recursos para el instrumento; y (ii) si
se solicita la modif‌i cación del instrumento para ajustarlo a
variaciones del entorno en que se ejecuta, o para corregir
procedimientos que no resulten adecuados para su
óptima operación;
Que, mediante Actas N°s 4, 6 y 10 de fechas 09 de
julio de 2013, 04 de setiembre de 2013 y 02 de octubre de
2014, respectivamente, el Grupo de Trabajo ha aprobado
la selección y priorización de los instrumentos económicos
yf‌i nancieros presentados por el Consejo Nacional
de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica –
CONCYTEC: a) Formación de Capital Humano Altamente
Calif‌i cado, b) Círculos de Investigación en Ciencia y
Tecnología, c) Ideas Audaces, d) Centros de Excelencia y
e) Atracción de Talentos; asimismo, mediante Acta N° 7 de
fecha 16 de octubre de 2013, se aprobaron los Manuales
Operativos de los citados instrumentos a ser f‌i nanciados
por el Fondo Marco para la Innovación, Ciencia y
Tecnología - FOMITEC, en el marco de las disposiciones
establecidas en su reglamento;
Que, habiéndose suscrito los Convenios de Gestión
a que se ref‌i eren los artículos 14 y 15 de las Normas de
Implementación y Funcionamiento del Fondo Marco
para la Innovación, Ciencia y Tecnología, aprobadas por
Decreto Supremo N° 071-2013-EF, la Secretaría Técnica
del Fondo Marco para la Innovación, Ciencia y Tecnología
– FOMITEC, a través de la Dirección General de Asuntos
de Economía Internacional, Competencia y Productividad
del Ministerio de Economía y Finanzas, solicita mediante
los Memorandos N°s 246 y 336-2015-EF/62.01, un crédito
suplementario a favor del Consejo Nacional de Ciencia,
Tecnología e Innovación Tecnológica – CONCYTEC, con
cargo a los recursos del referido Fondo, hasta por la suma
de VEINTIOCHO MILLONES SETECIENTOS TREINTA
Y OCHO MIL DOSCIENTOS VEINTIUNO Y 00/100
NUEVOS SOLES (S/. 28 738 221,00), para ser destinados
a la ejecución de los instrumentos económicos y f‌i nancieros
presentados por el Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología
e Innovación Tecnológica – CONCYTEC y que resultaron
aprobados y priorizados por el Grupo de Trabajo del Fondo
Marco para la Innovación, Ciencia y Tecnología – FOMITEC;
Que, en consecuencia, es necesario autorizar la
incorporación de los citados recursos hasta por la suma
de VEINTIOCHO MILLONES SETECIENTOS TREINTA
Y OCHO MIL DOSCIENTOS VEINTIUNO Y 00/100
NUEVOS SOLES (S/. 28 738 221,00), a favor del pliego
Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación
Tecnológica – CONCYTEC, vía Crédito Suplementario,
para los f‌i nes indicados en el considerando precedente;
De conformidad con lo dispuesto por la Vigésima
Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley N°
29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año
Fiscal 2013, y por el Decreto Supremo N° 071-2013-EF,
Normas de Implementación y Funcionamiento del Fondo
Marco para la Innovación, Ciencia y Tecnología;
DECRETA:
Artículo 1.- Objeto
Autorízase la incorporación de recursos vía Crédito
Suplementario en el Presupuesto del Sector Público para
el Año Fiscal 2015, hasta por la suma de VEINTIOCHO
MILLONES SETECIENTOS TREINTA Y OCHO MIL
DOSCIENTOS VEINTIUNO Y 00/100 NUEVOS SOLES
(S/. 28 738 221,00), a favor del pliego Consejo Nacional de
Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica – CONCYTEC,
para el f‌i nanciamiento de los instrumentos económicos y
f‌i nancieros aprobados y priorizados por el Grupo de Trabajo
del Fondo Marco para la Innovación, Ciencia y Tecnología –
FOMITEC, conforme a lo señalado en la parte considerativa
de la presente norma y de acuerdo al siguiente detalle:
INGRESOS: En Nuevos Soles
FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
1.4.1 3.1 5 De Fondos Públicos 28 738 221,00
(Recursos provenientes del Fondo Marco para la
Innovación, Ciencia y Tecnología – FOMITEC)
-------------------
TOTAL INGRESOS 28 738 221,00
===========
EGRESOS: En Nuevos Soles
SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central
PLIEGO 114 : Consejo Nacional de Ciencia,
Tecnología e Innovación
Tecnológica
UNIDAD EJECUTORA 002 : Fondo Nacional de Desarrollo
Científ‌i co, Tecnológico y de
Innovación Tecnológica –
FONDECYT
PROGRAMA PRESUPUESTAL 0137 : Desarrollo de la Ciencia, Tecnología
e Innovación Tecnológica
ACTIVIDAD 5005284 : Apoyo a la Formación a Nivel de
Post Grado en Ciencia, Tecnología
e Innovación Tecnológica
FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios

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