Decreto Supremo N° 136-2023-EF. Decreto Supremo que autoriza Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023 a favor del Ministerio del Interior
Fecha de publicación | 29 Junio 2023 |
Sección | Separatas de Normas Legales |
LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 4 de la Ley N° 31505, Ley que brinda a los oficiales y suboficiales, mayoritariamente femenino y en situación de retiro pertenecientes al personal de la sanidad de la Policía Nacional del Perú comprendidos en la Ley N° 24173 y en el artículo 62 de la Ley N° 25066, un grado inmediato superior, indica que el Ministerio del Interior, en el marco de sus funciones, es el encargado de llevar a cabo las medidas y acciones que permitan la correcta implementación de dicha Ley a través de la Caja de Pensiones Militar Policial (CPMP);
Que, el numeral 2 de la Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley N° 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, autoriza, durante el Año Fiscal 2023, al Ministerio de Economía y Finanzas, para realizar modificaciones presupuestarias en el nivel institucional, a favor de los pliegos Ministerio de Defensa y Ministerio del Interior con cargo a los recursos a los que se refiere el artículo 53 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, las que se aprueban mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas, por el Ministro de Defensa y por el Ministro del Interior, a solicitud de estos últimos; estableciendo, además, que dichos recursos se destinan, únicamente para financiar las transferencias financieras que los mencionados pliegos deben efectuar a favor de la Caja de Pensiones Militar Policial (CPMP) para ser destinados exclusivamente al financiamiento del pago de las obligaciones previsionales a cargo de la referida Caja de Pensiones;
Que, el artículo 53 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, establece que las Leyes de Presupuesto del Sector Público consideran una Reserva de Contingencia que constituye un crédito presupuestario global dentro del presupuesto del Ministerio de Economía y Finanzas, destinada a financiar los gastos que por su naturaleza y coyuntura no pueden ser previstos en los presupuestos de los pliegos;
Que, mediante el Oficio N° 000340-2023/IN/DM, el Ministerio del Interior solicita una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, con cargo a la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas, para financiar las obligaciones previsionales a cargo de la Caja de Pensiones Militar Policial establecidas en la Ley N° 31505, Ley que brinda a los...
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 4 de la Ley N° 31505, Ley que brinda a los oficiales y suboficiales, mayoritariamente femenino y en situación de retiro pertenecientes al personal de la sanidad de la Policía Nacional del Perú comprendidos en la Ley N° 24173 y en el artículo 62 de la Ley N° 25066, un grado inmediato superior, indica que el Ministerio del Interior, en el marco de sus funciones, es el encargado de llevar a cabo las medidas y acciones que permitan la correcta implementación de dicha Ley a través de la Caja de Pensiones Militar Policial (CPMP);
Que, el numeral 2 de la Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley N° 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, autoriza, durante el Año Fiscal 2023, al Ministerio de Economía y Finanzas, para realizar modificaciones presupuestarias en el nivel institucional, a favor de los pliegos Ministerio de Defensa y Ministerio del Interior con cargo a los recursos a los que se refiere el artículo 53 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, las que se aprueban mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas, por el Ministro de Defensa y por el Ministro del Interior, a solicitud de estos últimos; estableciendo, además, que dichos recursos se destinan, únicamente para financiar las transferencias financieras que los mencionados pliegos deben efectuar a favor de la Caja de Pensiones Militar Policial (CPMP) para ser destinados exclusivamente al financiamiento del pago de las obligaciones previsionales a cargo de la referida Caja de Pensiones;
Que, el artículo 53 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, establece que las Leyes de Presupuesto del Sector Público consideran una Reserva de Contingencia que constituye un crédito presupuestario global dentro del presupuesto del Ministerio de Economía y Finanzas, destinada a financiar los gastos que por su naturaleza y coyuntura no pueden ser previstos en los presupuestos de los pliegos;
Que, mediante el Oficio N° 000340-2023/IN/DM, el Ministerio del Interior solicita una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, con cargo a la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas, para financiar las obligaciones previsionales a cargo de la Caja de Pensiones Militar Policial establecidas en la Ley N° 31505, Ley que brinda a los...
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