DECRETO SUPREMO N° 093-2015-EF - Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015 a favor del pliego Instituto Nacional de Defensa Civil

Fecha de disposición23 Abril 2015
Fecha de publicación23 Abril 2015
El Peruano
Jueves 23 de abril de 2015
551136
Supremo N° 304-2012-EF y modif‌i catorias, establece,
entre otros, que las entidades que cuenten con programas
presupuestales pueden realizar modif‌i caciones
presupuestarias a nivel institucional con cargo a los
recursos asignados a dichos programas, siempre que el
pliego habilitado tenga a su cargo productos o proyectos
del mismo programa, señalando que dichas transferencias
sólo se aprueban hasta el segundo trimestre del año 2015,
mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro
de Economía y Finanzas, previo informe favorable de la
Dirección General de Presupuesto Público;
Que, mediante Informe Nº 111-2015-MINCETUR/SG/
OGPPD, la Of‌i cina General de Planif‌i cación, Presupuesto
y Desarrollo del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo
- MINCETUR señala que el crédito presupuestario que
f‌i nancia la Transferencia de Partidas se encuentra previsto
en el presupuesto de la Dirección Nacional de Artesanía del
Vice Ministerio de Turismo, por lo que considera procedente
la misma a favor del Centro de Formación en Turismo
- CENFOTUR hasta por la suma de TRES MILLONES
DOSCIENTOS SESENTA Y SIETE MIL TRESCIENTOS
NUEVE Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 3 267 309,00), en
la Fuente de Financiamiento: Recursos Ordinarios, para la
implementación del Programa Presupuestal 0127: “Mejora
de la Competitividad de los Destinos Turísticos”; en mérito
de lo cual a través del Of‌i cio N° 245-2015-MINCETUR/SG,
el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR
solicita dar trámite a la referida transferencia de recursos;
Que, en consecuencia, resulta necesario autorizar una
Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector
Público para el Año Fiscal 2015, hasta por la suma de
TRES MILLONES DOSCIENTOS SESENTA Y SIETE MIL
TRESCIENTOS NUEVE Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 3
267 309,00), a favor del Centro de Formación en Turismo
– CENFOTUR, para la implementación del Programa
Presupuestal 0127: “Mejora de la Competitividad de los
Destinos Turísticos”;
De conformidad con lo establecido en el artículo 80 del
Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General
del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante
Decreto Supremo N° 304-2012-EF y modif‌i catorias;
DECRETA:
Artículo 1°.- Objeto
Autorízase una Transferencia de Partidas en el
Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal
2015, del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo –
MINCETUR a favor del Centro de Formación en Turismo
– CENFOTUR, hasta por la suma de TRES MILLONES
DOSCIENTOS SESENTA Y SIETE MIL TRESCIENTOS
NUEVE Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 3 267 309,00),
para la implementación del Programa Presupuestal 0127:
“Mejora de la Competitividad de los Destinos Turísticos”,
de acuerdo al siguiente detalle:
DE LA: En Nuevos Soles
SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central
PLIEGO 035 : Ministerio de Comercio Exterior y
Turismo
UNIDAD EJECUTORA 001 : Dirección General de Administración
- MINCETUR
PROGRAMA
PRESUPUESTAL 0127 : Mejora de la competitividad de los
destinos turísticos
PRODUCTO 3000664 : Agentes de los destinos turísticos
cuentan con servicios para desarrollar
una oferta turística competitiva
ACTIVIDAD 5005043 : Capacitación y asistencia técnica para
la aplicación de buenas prácticas en
los prestadores de servicios turísticos
FUENTE DE
FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE
2.3 Bienes y Servicios 3 267 309,00
==========
TOTAL EGRESOS 3 267 309,00
==========
A LA: En Nuevos Soles
SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central
PLIEGO 180 : Centro de Formación en Turismo
UNIDAD EJECUTORA 001 : Centro de Formación en Turismo
PROGRAMA
PRESUPUESTAL 0127 : Mejora de la competitividad de los
destinos turísticos
PRODUCTO 3000664 : Agentes de los destinos turísticos
cuentan con servicios para desarrollar
una oferta turística competitiva
ACTIVIDAD 5005043 : Capacitación y asistencia técnica para
la aplicación de buenas prácticas en
los prestadores de servicios turísticos
FUENTE DE
FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE
2.3 Bienes y Servicios 3 267 309,00
==========
TOTAL EGRESOS 3 267 309,00
==========
Artículo 2º.- Procedimiento para la Aprobación
Institucional
2.1 El Titular del pliego habilitador y habilitado en la
presente Transferencia de Partidas aprueba mediante
Resolución, la desagregación de los recursos autorizados
en el numeral 1.1 del artículo 1 de la presente norma a
nivel programático dentro de los cinco (05) días calendario
de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la
Resolución será remitida dentro de los cinco (05) días de
aprobada a los organismos señalados en el numeral 23.2
28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto,
2.2 La Of‌i cina de Presupuesto o la que haga sus veces
en los pliegos involucrados, solicitará a la Dirección General
de Presupuesto Público las codif‌i caciones que se requieran
como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas
de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida.
2.3 La Of‌i cina de Presupuesto o la que haga sus
veces en los pliegos involucrados, instruirá a las Unidades
Ejecutoras para que elaboren las correspondientes “Notas
para Modif‌i cación Presupuestaria” que se requieran, como
consecuencia de lo dispuesto en la presente norma.
Artículo 3º.- Limitación al uso de los recursos
Los recursos de la Transferencia de Partidas a
que hace referencia el artículo 1 del presente Decreto
Supremo, no podrán ser destinados, bajo responsabilidad,
af‌i nes distintos para los cuales son transferidos.
Artículo 4º.- Refrendo
El presente Decreto Supremo es refrendado por el
Ministro de Economía y Finanzas.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintidós
días del mes de abril del año dos mil quince.
OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la República
ALONSO SEGURA VASI
Ministro de Economía y Finanzas
1228478-4
Autorizan Transferencia de Partidas en
el Presupuesto del Sector Público para
el Año Fiscal 2015 a favor del pliego
Instituto Nacional de Defensa Civil
DECRETO SUPREMO
N° 093-2015-EF
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ley Nº 30281, Ley de Presupuesto del
Sector Público para el Año Fiscal 2015 se aprobó, entre
otros, el Presupuesto del Pliego 006: Instituto Nacional de
Defensa Civil;
Que, la Segunda Disposición Complementaria
Final de la Ley Nº 30282, Ley de Equilibrio Financiero

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