DECRETO SUPREMO N° 079-2014-RE - Autorizan al Ministerio a adquirir inmueble para la sede de la Embajada del Perú en el Reino de Bélgica

Fecha de disposición20 Diciembre 2014
Fecha de publicación20 Diciembre 2014
El Peruano
Sábado 20 de diciembre de 2014
540510
Jefa de la Unidad de Cooperación Técnica de la Of‌i cina de
Cooperación Internacional, dependiente del Viceministerio
de Gestión Institucional del Ministerio de Educación,
dándosele las gracias por los servicios prestados.
Artículo 2.- Encargar las funciones de Jefe de
la Unidad de Cooperación Técnica de la Of‌i cina de
Cooperación Internacional, dependiente del Viceministerio
de Gestión Institucional del Ministerio de Educación, al
señor ARMANDO HERNAN SAN ROMAN ALVA, Jefe de
la Unidad de Cooperación Financiera No Reembolsable
de la referida Of‌i cina, en adición a sus funciones y en
tanto se designe al titular del referido cargo.
Regístrese y comuníquese.
JAIME SAAVEDRA CHANDUVÍ
Ministro de Educación
1180220-1
RELACIONES EXTERIORES
Autorizan al Ministerio a adquirir
inmueble para la sede de la Embajada
del Perú en el Reino de Bélgica
DECRETO SUPREMO
Nº 079-2014-RE
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, la República del Perú y el Reino de Bélgica mantienen
una estrecha y f‌l uida relación bilateral, por lo que los vínculos
político-diplomáticos se desarrollan en un marco de gran
cordialidad y respeto mutuo; siendo que dicha relación está
fuertemente impregnada por el componente de la cooperación
para el desarrollo que brinda ese país;
Que, la Embajada del Perú en el Reino de Bélgica
viene funcionando en un local alquilado por un costo
mensual de € 4 578,36 (cuatro mil quinientos setenta y
ocho y 36/100 euros) equivalente a aproximadamente
US$ 6 409,70 (seis mil cuatrocientos nueve y 70/100
dólares americanos);
autorizó una transferencia de Partidas en el Presupuesto
del Sector Público para el Año Fiscal 2014, hasta por la
suma de S/. 1 623 329 353,00 (mil seiscientos veintitrés
millones trescientos veintinueve mil trescientos cincuenta y
tres y 00/100 nuevos soles), correspondiéndole al Ministerio
de Relaciones Exteriores la suma de S/. 29 573 160,00
(veintinueve millones quinientos setenta y tres mil ciento
sesenta y 00/100 nuevos soles), de acuerdo a lo consignado
en el Anexo N° 2 “Transferencia de Partidas: Pliegos
habilitados” de dicha norma, con la f‌i nalidad de f‌i nanciar,
entre otros gastos, la adquisición de inmuebles en el exterior
para la Embajada del Perú en el Reino de Bélgica;
Que, se ha identif‌i cado un inmueble ubicado en la
Avenida Tervueren 212 1150 Woluwe- Saint-Pierre,
Bruselas, Reino de Bélgica;
Que, mediante Decreto Supremo Nº 064-2007-RE, se
autoriza al Ministerio de Relaciones Exteriores a adquirir,
construir, permutar y vender inmuebles en el exterior o
ceder en uso una propiedad del Estado, representado por
el Ministerio, en el territorio nacional y aceptar a cambio
una propiedad en el exterior, por aplicación del principio de
reciprocidad, para funcionamiento y gestión de las Misiones
en el exterior, de acuerdo al procedimiento ahí regulado;
Que, la Novena Disposición Complementaria Final
del Reglamento de la Ley Nº 29151, aprobado mediante
los actos referidos a la adquisición, construcción, permuta
o venta de inmuebles en el exterior por parte del Ministerio
de Relaciones Exteriores, se rigen por lo dispuesto en el
Decreto Supremo Nº 064-2007-RE;
Que, por Resolución Ministerial Nº 0221-2008-RE, se
aprobaron los criterios para identif‌i car las necesidades
y priorizar las Misiones Diplomáticas, Representaciones
Permanentes y Of‌i cinas Consulares del Perú en el
exterior a las cuales el Ministerio de Relaciones Exteriores
les proveerá propiedades inmuebles, así como para que
seleccione los inmuebles a adquirir, construir, vender,
permutar o ceder en uso en el territorio nacional y aceptar
a cambio en el exterior, por el principio de reciprocidad;
Que, a través del Informe Técnico - Económico Nº
(COP) 003-2014, de 11 diciembre de 2014, el Comité
Permanente del Ministerio de Relaciones Exteriores para
la disposición de inmuebles de propiedad del Estado
peruano en el exterior sustenta y propone la compra
del referido inmueble, señalando que su adquisición en
€ 2 400 000,00 (dos millones cuatrocientos mil y 00/100
euros), resulta ser una inversión ventajosa, en términos
f‌i nancieros de costo-benef‌i cio y de oportunidad, toda
vez que el dinero invertido, comparando los costos de
arrendamientos futuros con los costos de compra actual
y proyectados, será recuperado con creces al permitir
la capitalización a favor del Estado peruano, así como
contar con una adecuada infraestructura a f‌i n de optimizar
la calidad de la representación of‌i cial de nuestro país en
el exterior;
Que, asimismo, en el referido Informe Técnico
– Económico, el Comité Permanente del Ministerio de
Relaciones Exteriores para la disposición de inmuebles
de propiedad del Estado en el exterior ha señalado que
además del monto de la adquisición, se debe considerar
el monto aproximado de € 7 000,00 (siete mil y 00/100
euros) por concepto de gastos notariales; así como € 73
358,00 (setenta y tres mil trescientos cincuenta y ocho y
00/100 euros) por concepto de gastos de adecuación, tal
como lo ha informado la respectiva Misión Diplomática,
por lo que resultaría un monto total aproximado de € 2 480
358,00 (dos millones cuatrocientos ochenta mil trescientos
cincuenta y ocho y 00/100 euros);
Que, en ese sentido, el Comité Permanente del
Ministerio de Relaciones Exteriores para la disposición
de inmuebles de propiedad del Estado peruano en el
exterior ha recomendado la adquisición del inmueble
ubicado en la ubicado en la Avenida Tervueren 212
1150 Woluwe- Saint-Pierre, Bruselas, Reino de Bélgica,
de conformidad con la Resolución Ministerial Nº 0221-
2008-RE, que aprueba los criterios para la selección de
los inmuebles a adquirir, construir, vender, permutar o
ceder en uso;
Que, asimismo, la Superintendencia Nacional de
Bienes Estatales ha emitido opinión favorable sobre la
citada operación de compra, en aplicación del numeral 4.2
del artículo 1 del Decreto Supremo Nº 064-2007-RE;
De conformidad con la Ley Nº 29357 - Ley de
Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones
Exteriores, el Reglamento de Organización y Funciones del
Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado mediante
Decreto Supremo Nº 135-2010-RE; la Ley Nº 29151 - Ley
General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su
Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº
007-2008-VIVIENDA, así como con el Decreto Supremo
Nº 064-2007-RE;
DECRETA:
Artículo 1.- Autorización de compra de inmueble
Autorícese al Ministerio de Relaciones Exteriores a
adquirir el inmueble ubicado en la Avenida Tervueren 212
1150 Woluwe-Saint-Pierre, Bruselas, Reino de Bélgica,
para la sede de la Embajada del Perú en el Reino de
Bélgica.
Artículo 2.- Representación del Estado peruano
para las operaciones de compra venta y otras que
resulten necesarias
Autorícese a la Embajadora del Perú en el Reino de
Bélgica para que, en nombre y representación del Estado
peruano, suscriba todos los documentos que resulten
necesarios para dar cumplimiento a lo dispuesto en el
presente decreto supremo.
Artículo 3.- Registro
Encárguese al Ministerio de Relaciones Exteriores
a realizar ante la Superintendencia Nacional de Bienes
Estatales, los registros que fueran necesarios en el
Sistema de Información Nacional de los Bienes de
Propiedad Estatal - SINABIP, en mérito a la documentación
sustentatoria correspondiente.
Artículo 4.- Refrendo
El presente decreto supremo será refrendado por el
Ministro de Relaciones Exteriores.

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