DECRETO SUPREMO N° 075-2015-EF - Autorizan Transferencia de Partidas del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015 a favor del pliego Gobierno Regional del Departamento de Lambayeque

Fecha de disposición02 Abril 2015
Fecha de publicación02 Abril 2015
El Peruano
Jueves 2 de abril de 2015 549989
en la educación básica y
técnico productiva
PRODUCTO 3000574 : Personas con discapacidad
severa acceden a
instituciones educativas
públicas especializadas
con condiciones para su
atención
ACTIVIDAD 5004306 : Contratación oportuna y
pago de personal para
atención de centros de
educación básica especial
FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE
2.1 Personal y Obligaciones Sociales 165 600.00
ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS QUE
NO RESULTAN EN PRODUCTOS
ACTIVIDAD 5000681 : Desarrollo del ciclo
avanzado de la educación
básica alternativa
FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE
2.1 Personal y Obligaciones Sociales 600 840.00
ACTIVIDAD 5000668 : Desarrollo de la educación
técnica
FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE
2.1 Personal y Obligaciones Sociales 544 800.00
---------------------
TOTAL EGRESOS 165 302 107,00
---------------------
A LA: En Nuevos Soles
SECCION SEGUNDA : Instancias
Descentralizadas
PLIEGO : Gobiernos Regionales
PROGRAMA PRESUPUESTAL 0090 : Logros de Aprendizaje
de Estudiantes de la
Educación Básica Regular
PRODUCTO 3000385 : Instituciones Educativas
con Condiciones para el
Cumplimiento de Horas
Lectivas Normadas
FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE
2.1 Personal y Obligaciones Sociales 163 990 867.00
PROGRAMA PRESUPUESTAL 0106 : Inclusión de niños, niñas y
jóvenes con discapacidad
en la educación básica y
técnico productiva
PRODUCTO 3000574 : Personas con discapacidad
severa acceden a
instituciones educativas
públicas especializadas
concondiciones para su
atención
FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE
2.1 Personal y Obligaciones Sociales 165 600.00
ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS QUE
NO RESULTAN EN PRODUCTOS
FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE
2.1 Personal y Obligaciones Sociales 1 145 640.00
---------------------
TOTAL EGRESOS 165 302 107,00
---------------------
1.2 Los pliegos habilitados en el numeral 1.1 del
presente artículo y los montos de transferencia por pliego,
se consignan en el Anexo “Transferencia de Recursos para
f‌i nanciar las Asignaciones Temporales por tipo y ubicación
de las Instituciones Educativas y de la Asignación Especial
por Laborar en los distritos que forman Parte del Ámbito
de Intervención Directa y de Inf‌l uencia del Valle de los
Ríos Apurímac, Ene y Mantaro (VRAEM)”, que forma
parte integrante del presente Decreto Supremo, el cual
se publica en los portales institucionales del Ministerio
de Educación (www.minedu.gob.pe) y del Ministerio de
Economía y Finanzas (www.mef.gob.pe), en la misma
fecha de publicación de la presente norma en el Diario
Of‌i cial “El Peruano”.
Artículo 2.- Procedimiento para la Aprobación
Institucional
2.1 Los Titulares de los pliegos habilitador y habilitados
en la presente Transferencia de Partidas aprueban, mediante
resolución, la desagregación de los recursos autorizados en
el numeral 1.1 del artículo 1 del presente Decreto Supremo
a nivel programático, dentro de los cinco (5) días calendario
de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la
Resolución será remitida dentro de los cinco (5) días de
aprobada a los organismos señalados en el numeral 23.2 del
Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado
mediante Decreto Supremo N° 304-2012-EF.
2.2 La Of‌i cina de Presupuesto o la que haga sus
veces en los pliegos involucrados, solicitará a la Dirección
General de Presupuesto Público, las codif‌i caciones que
se requieran como consecuencia de la incorporación de
nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de
Medida.
2.3 La Of‌i cina de Presupuesto o la que haga sus
veces en los pliegos involucrados instruirá a las Unidades
Ejecutoras para que elaboren las correspondientes “Notas
para Modif‌i cación Presupuestaria” que se requieran, como
consecuencia de lo dispuesto en el presente Decreto
Supremo.
Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos
Los recursos materia de la transferencia de partidas
a que hace referencia el numeral 1.1 del artículo 1 del
presente Decreto Supremo no podrán ser destinados,
bajo responsabilidad, a f‌i nes distintos para los cuales son
transferidos.
Artículo 4.- Del refrendo
El presente Decreto Supremo es refrendado por el
Ministro de Economía y Finanzas y por el Ministro de
Educación.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, al primer día
del mes de abril del año dos mil quince.
OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la República
ALONSO SEGURA VASI
Ministro de Economía y Finanzas
JAIME SAAVEDRA CHANDUVÍ
Ministro de Educación
1220203-1
Autorizan Transferencia de Partidas del
Presupuesto del Sector Público para
el Año Fiscal 2015 a favor del pliego
Gobierno Regional del Departamento
de Lambayeque
DECRETO SUPREMO
N° 075-2015-EF
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, la Ley Nº 30281,Ley de Presupuesto del Sector
Público para el Año Fiscal 2015, aprobó, entre otros, el
presupuesto institucional del pliego 452: Gobierno Regional
del Departamento de Lambayeque;
Que, mediante Decreto Supremo N° 015-2003-
VIVIENDA se considera efectuada la transferencia del
Proyecto Especial Olmos Tinajones al Gobierno Regional
del Departamento de Lambayeque, dispuesta por el
Decreto Supremo Nº 036-2003-PCM, en el marco del
proceso de descentralización;

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