DECRETO SUPREMO N° 071-2015-EF - Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015 a favor del Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas e Instituto de Gestión de Servicios de Salud y diversos Gobiernos Regionales

Fecha de disposición29 Marzo 2015
Fecha de publicación29 Marzo 2015
El Peruano
Domingo 29 de marzo de 2015 549729
las acciones en implementación en el marco del Decreto
Legislativo N° 1153, conforme a lo dispuesto en la parte
considerativa de la presente norma, de acuerdo al
siguiente detalle:
DE LA: En Nuevos Soles
SECCION PRIMERA Gobierno Central
PLIEGO 011 : Ministerio de Salud
UNIDAD EJECUTORA 001 : Administración Central - MINSA
ACCIONES CENTRALES
ACTIVIDAD 5000001 : Planeamiento y Presupuesto
FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTOS CORRIENTES
2.1. Personal y Obligaciones Sociales 11 116 445,00
-------------------
TOTAL EGRESOS 11 116 445,00
===========
A LA: En Nuevos Soles
SECCION SEGUNDA Instancias Descentralizadas
PLIEGO :Gobiernos Regionales
ACCIONES CENTRALES
ACTIVIDAD 5000005 : Gestión de Recursos Humanos
FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTOS CORRIENTES
2.1. Personal y Obligaciones Sociales 11 116 445,00
-------------------
TOTAL EGRESOS 11 116 445,00
===========
1.2 Los pliegos habilitados en el numeral 1.1 del
presente artículo y los montos de la transferencia de
partidas por pliegos y unidades ejecutoras, se consignan
en el Anexo “Costo de las compensaciones y entregas
económicas para los Gobiernos Regionales en el marco del
Decreto Legislativo Nº 1153”, que forma parte integrante
del presente Decreto Supremo, el cual se publica en
los portales institucionales del Ministerio de Economía
y Finanzas (www.mef.gob.pe) y del Ministerio de Salud
(www.minsa.gob.pe), en la misma fecha de publicación de
la presente norma en el Diario Of‌i cial El Peruano.
Artículo 2.- Procedimiento para la Aprobación
Institucional
2.1 Los Titulares de los pliegos habilitador y
habilitadosen la presente Transferencia de Partidas
aprueban mediante resolución, la desagregación de los
recursos autorizados en el numeral 1.1 del artículo 1
del presente Decreto Supremo, a nivel programático,
dentro de los cinco (05) días calendario de la vigencia del
presente dispositivo legal. Copia de la Resolución será
remitida dentro de los cinco (05) días de aprobada a los
organismos señalados en el numeral 23.2 del artículo
General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado
mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF.
2.2 La Of‌i cina de Presupuesto o la que haga sus veces
en los pliegos involucrados, solicitará a la Dirección General
de Presupuesto Público las codif‌i caciones que se requieran
como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas
de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida.
2.3 La Of‌i cina de Presupuesto o la que haga sus
veces en los pliegos involucrados instruirá a las Unidades
Ejecutoras para que elaboren las correspondientes “Notas
para Modif‌i cación Presupuestaria” que se requieran, como
consecuencia de lo dispuesto en el presente Decreto
Supremo.
Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos
Los recursos de la Transferencia de Partidas a que
hace referencia el numeral 1.1 del artículo 1 del presente
Decreto Supremo no podrán ser destinados, bajo
responsabilidad, a f‌i nes distintos para los cuales son
transferidos.
Artículo 4.- Refrendo
El presente Decreto Supremo es refrendado por el
Ministro de Economía y Finanzas y por el Ministro de
Salud.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintiocho
días del mes de marzo del año dos mil quince.
OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la República
MILTON VON HESSE LA SERNA
Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento
Encargado del Despacho del Ministerio
de Economía y Finanzas
ANÍBAL VELÁSQUEZ VALDIVIA
Ministro de Salud
1218251-1
Autorizan Transferencia de Partidas en
el Presupuesto del Sector Público para
el Año Fiscal 2015 a favor del Instituto
Nacional de Enfermedades Neoplásicas
e Instituto de Gestión de Servicios de
Salud y diversos Gobiernos Regionales
DECRETO SUPREMO
N° 071-2015-EF
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, mediante la Ley Nº 30281, Ley de Presupuesto
del Sector Público para el Año Fiscal 2015, se aprobó,
entre otros, el Presupuesto del Pliego 011: Ministerio de
Salud;
Que, mediante el artículo 27 de la Ley N° 30281,
Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año
Fiscal 2015, se autoriza al Ministerio de Salud a efectuar
modif‌i caciones presupuestarias en el nivel institucional,
hasta por el monto de SETENTA Y CINCO MILLONES
Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 75 000 000,00) con
cargo a su presupuesto institucional, a favor de sus
organismos públicos y los gobiernos regionales, con el
f‌i n de incrementar las coberturas de intervención efectiva
orientadas a reducir la desnutrición crónica infantil,
en el marco de las políticas de desarrollo e inclusión
social y para los gastos operativos en el marco de los
programas presupuestales: Articulado Nutricional, Control
y Prevención en Salud Mental, y Prevención y Manejo
de Condiciones Secundarias de Salud en Personas con
Discapacidad;
Que, asimismo, dicho artículo autoriza al Ministerio de
Salud a efectuar modif‌i caciones presupuestarias en el nivel
institucional, hasta por el monto de CIENTO CINCUENTA
MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 150 000
000,00) con cargo a su presupuesto institucional, a favor
de sus organismos públicos y de los gobiernos regionales,
para la compra y reposición de equipamiento biomédico
en el marco de los programas presupuestales: Articulado
Nutricional, Salud Materno Neonatal, Prevención y
Control de la Tuberculosis y el VIH-SIDA, Enfermedades
Metaxénicas y Zoonosis, Enfermedades No Transmisibles
y Prevención y Control del Cáncer;
Que, para tal efecto, el referido artículo 27 de la Ley N°
30281, dispone que las modif‌i caciones presupuestarias
en el nivel institucional se aprueban mediante decreto
supremo refrendado por el Ministro de Economía y
Finanzas y el Ministro de Salud, a solicitud de este último,
a más tardar el 30 de marzo de 2015, requiriendo además
que el Ministerio de Salud apruebe previamente un Plan
de Equipamiento de los Establecimientos de Salud a Nivel
Nacional y realice la verif‌i cación del módulo patrimonial
del Sistema Integrado de Gestión Administrativa - SIGA
para la reposición de equipamiento;
Que, con Resolución Ministerial N° 258-2014/MINSA
se aprobó el “Plan Nacional para la Reducción de la
Desnutrición Crónica Infantil y la Prevención de la Anemia
en el País Periodo 2014-2016”;

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