DECRETO SUPREMO N° 046-2015-EF - Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015 a favor del pliego Oficina de Normalización Previsional

Fecha de disposición14 Marzo 2015
Fecha de publicación14 Marzo 2015
El Peruano
Sábado 14 de marzo de 2015 548551
GASTOS CORRIENTES
2.3 Bienes y Servicios 11 619 004,00
GASTOS DE CAPITAL
2.6 Adquisición de Activos No Financieros 544 452,00
-------------------
SUB TOTAL 12 163 456,00
-------------------
PLIEGO 007 : Ministerio del Interior
FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTOS CORRIENTES
2.3 Bienes y Servicios 1 318 942,00
------------------
SUB TOTAL 1 318 942,00
------------------
PLIEGO 022 : Ministerio Público
FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTOS CORRIENTES
2.1 Personal y Obligaciones Sociales 18 056 823,00
2.3 Bienes y Servicios 14 246 216,00
-------------------
SUB TOTAL 32 303 039,00
-------------------
TOTAL EGRESOS 84 870 304,00
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Artículo 2.- Procedimiento para la Aprobación
Institucional
2.1 Los Titulares de los pliegos habilitados en la
presente Transferencia de Partidas, aprueban, mediante
Resolución, la desagregación de los recursos autorizados
en el artículo 1 de la presente norma, a nivel programático,
dentro de los cinco (5) días calendario de la vigencia del
presente dispositivo legal. Copia de la Resolución será
remitida dentro de los cinco (5) días de aprobada a los
organismos señalados en el numeral 23.2 del artículo
General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado
mediante Decreto Supremo N° 304-2012-EF.
2.2 La Of‌i cina de Presupuesto o la que haga sus
veces en los pliegos involucrados solicitará a la Dirección
General de Presupuesto Público las codif‌i caciones que
se requieran como consecuencia de la incorporación de
nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de
Medida.
2.3 La Of‌i cina de Presupuesto o la que haga sus
veces en los pliegos involucrados instruirá a las Unidades
Ejecutoras para que elaboren las correspondientes “Notas
para Modif‌i cación Presupuestaria” que se requieran, como
consecuencia de lo dispuesto en la presente norma.
Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos
Los recursos de la Transferencia de Partidas a que
hace referencia el artículo 1 del presente Decreto Supremo
no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a f‌i nes
distintos para los cuales son transferidos.
Artículo 4.- Refrendo
El presente Decreto Supremo es refrendado por el
Ministro de Economía y Finanzas.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los trece
días del mes de marzo del año dos mil quince.
OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la República
ALONSO SEGURA VASI
Ministro de Economía y Finanzas
1211773-2
Autorizan Transferencia de Partidas en
el Presupuesto del Sector Público para
el Año Fiscal 2015 a favor del pliego
Oficina de Normalización Previsional
DECRETO SUPREMO
Nº 046-2015-EF
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, la Ley Nº 30281, Ley de Presupuesto del Sector
Público para el Año Fiscal 2015, aprobó, entre otros,
el presupuesto institucional del pliego 095: Of‌i cina de
Normalización Previsional – ONP;
Que, el Decreto Ley N° 25967, modif‌i cado por la Ley
N° 26323, crea la Of‌i cina de Normalización Previsional,
reestructurada integralmente a través de la Ley N° 28532,
y def‌i nida como un Organismo Público Descentralizado,
que tiene a su cargo la administración del Sistema
Nacional de Pensiones a que se ref‌i ere el Decreto Ley N°
19990, así como del Régimen de Accidentes de Trabajo y
Enfermedades Profesionales, Decreto Ley Nº 18846 y de
otros regímenes previsionales a cargo del Estado, que les
sean encargados conforme a ley;
Que, la Nonagésima Disposición Complementaria
Final de la Ley N° 30281, Ley de Presupuesto del Sector
Público para el Año Fiscal 2015, autoriza el otorgamiento
de un Complemento Retributivo de carácter no pensionable
a favor de los pensionistas del régimen del Decreto Ley
Nº 18846 que perciben del referido régimen una pensión
mensual inferior a S/. 370,00 (TRESCIENTOS SETENTA Y
00/100 NUEVOS SOLES); disponiendo además que este
concepto es pagado en la misma oportunidad en que se
paga la pensión que regularmente percibe el pensionista
del régimen del Decreto Ley Nº 18846, siendo adicional
a dicha pensión, y que equivale a la diferencia entre el
monto de la pensión mensual de dicho pensionista,
y la suma antes referida; asimismo, se indica que el
Complemento Retributivo tiene carácter permanente, y
se f‌i nancia con cargo al presupuesto institucional de la
Of‌i cina de Normalización Previsional – ONP;
Que, mediante Of‌i cios Nos 014-2015-JF/ONP,152-
2014-OPG/ONP y 007-2015-OPG/ONP, la Of‌i cina de
Normalización Previsional solicita la aprobación de una
transferencia de recursos que permita f‌i nanciar el pago
del Complemento Retributivo a los pensionistas del
régimen del Decreto Ley Nº 18846, para lo cual adjunta
el Informe Nº 194-2014-DPE.PP/ONP de la Dirección de
Prestaciones de dicha entidad en donde se sustenta el
número de pensionistas, costo mensual y costo anual de la
aplicación del citado Complemento Retributivo, asimismo,
se precisa que en la fase de programación y formulación
presupuestaria del Presupuesto del Sector Público para
el año f‌i scal 2015 no fueron considerados los recursos
necesarios para atender dicho f‌i nanciamiento;
Que, los artículos 44 y 45 del Texto Único Ordenado
de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional
de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº
304-2012-EF, establecen que las Leyes de Presupuesto
del Sector Público considera una Reserva de Contingencia
que constituye un crédito presupuestario global, dentro
del Ministerio de Economía y Finanzas, destinada a
f‌i nanciar los gastos que por su naturaleza y coyuntura no
pueden ser previstos en los presupuestos de los pliegos,
disponiendo que las transferencias o habilitaciones que
se efectúen con cargo a la Reserva de Contingencia se
autorizan mediante decreto supremo refrendado por el
Ministro de Economía y Finanzas;
Que, los recursos solicitados para atender las acciones
antes descritas no han sido previstos en el presupuesto
institucional del pliego 095: Of‌i cina de Normalización
Previsional aprobado por la Ley Nº 30281, Ley de
Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015,
por lo que, resulta necesario autorizar una Transferencia
de Partidas hasta por la suma de VEINTICUATRO
MILLONES CIENTO TREINTA Y SEIS MIL SETECIENTOS
CUARENTA Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 24 136
740,00), a favor del citado pliego, con cargo a los recursos
previstos en la Reserva de Contingencia del Ministerio de
Economía y Finanzas;
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 45 del
del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante
DECRETA:
Artículo 1.- Objeto
Autorízase una Transferencia de Partidas en el
Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015,
hasta por la suma de VEINTICUATRO MILLONES CIENTO
TREINTA Y SEIS MIL SETECIENTOS CUARENTA Y
00/100 NUEVOS SOLES (S/. 24 136 740,00), a favor

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