DECRETO SUPREMO N° 023-2015-PRODUCE - Modifican Reglamento para el otorgamiento de subvenciones para los Centros de Innovación Tecnológica - CITE a través de Convenios de Desempeño, aprobado por Decreto Supremo N° 007-2015-PRODUCE

Fecha de disposición13 Agosto 2015
Fecha de publicación13 Agosto 2015
559141
NORMAS LEGALES
Jueves 13 de agosto de 2015
El Peruano
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ITEM SUBPARTIDA
ARANCEL 2012 DESCRIPCIÓN
287 7604 29 20 00 Los demás perf‌i les de aleaciones de aluminio, ex-
cepto perf‌i les huecos
288 7801 10 00 00 Plomo ref‌i nado, en bruto
289 7801 91 00 00 Plomo en bruto con antimonio como otro elemento
predominante en peso
290 7801 99 00 00 Plomo en bruto, excepto el ref‌i nado y el plomo con
antimonio como otro elemento predominante
291 7804 11 00 00 Hojas y bandas, de espesor inferior o igual a 0,2
mm. (sin incluir el soporte), de Plomo
292 7804 19 00 00 Hojas y bandas, de espesor superior a 0,2 mm.,
planchas de plomo
293 7804 20 00 00 Polvo y partículas, de plomo
294 7806 00 20 00 Barras, perf‌i les y alambre, de plomo
295 7901 11 00 00 Zinc en bruto, sin alear, con un contenido de zinc
superior o igual al 99,99% en peso
296 7901 12 00 00 Zinc en bruto, sin alear, con un contenido de zinc
inferior al 99,99% en peso
297 7901 20 00 00 Aleaciones de zinc
298 7903 10 00 00 Polvo de condensación, de Zinc
299 7903 90 00 00 Partículas de Zinc; polvos de zinc, excepto el de
condensación
300 7904 00 10 00 Alambres de zinc
301 7904 00 90 00 Barras y perf‌i les de zinc
302 8001 10 00 00 Estaño sin alear
303 8001 20 00 00 Aleaciones de estaño
304 8003 00 10 00 Barras y alambres de estaño aleado, para soldadu-
ra
305 8003 00 90 00 Perf‌i les de estaño; Barras y alambres de estaño,
excepto para soldadura
306 8101 10 00 00 Polvo de tungsteno (volframio)
307 8101 94 00 00 Volframio (tungsteno) en bruto, incluidas las barras
simplemente obtenidas por sinterizado
308 8101 96 00 00 Alambre de volframio (tungsteno)
309 8101 99 00 00 Las demás manufacturas de Tungsteno (volframio)
310 8102 10 00 00 Polvo de molibdeno
311 8102 94 00 00 Molibdeno en bruto, incluidas las barras simple-
mente obtenidas por sinterizado
312 8102 95 00 00 Barras de molibdeno, excepto las simplemente
obtenidas por sinterizado, perf‌i les, chapas, hojas
y tiras
313 8102 96 00 00 Alambre de molibdeno
314 8103 20 00 00 Tantalio en bruto, incluidas las barras simplemente
obtenidas por sinterizado; polvo
315 8104 11 00 00 Magnesio en bruto con un contenido de magnesio,
en peso, superior o igual al 98,8%
316 8104 19 00 00 Magnesio en bruto, con un contenido de magnesio,
en peso, inferior al 98,8%
317 8105 20 00 00 Matas de cobalto y demás productos intermedios
de la metalurgia del cobalto; cobalto en bruto; polvo
318 8106 00 11 00 Bismuto en bruto, en agujas
319 8106 00 19 00 Los demás bismutos en bruto
320 8107 20 00 10 Cadmio en bruto, en bolas
321 8107 20 00 90 Los demás cadmio en bruto; polvo
322 8108 20 00 00 Titanio en bruto; polvo
323 8109 20 00 00 Circonio en bruto; polvo
324 8110 10 00 00 Antimonio en bruto; polvo
325 8111 00 11 00 Manganeso en bruto; polvo
326 8112 12 00 00 Berilio en bruto; polvo
327 8112 21 00 00 Cromo en bruto; polvo
328 8112 51 00 00 Talio en bruto; polvo
329 8112 92 10 10 Germanio y vanadio
330 8112 92 10 90 Los demás en bruto; polvo
1273843-1
Modiican Reglamento para el otorgamiento
de subvenciones para los Centros de
Innovación Tecnológica - CITE a través de
Convenios de Desempeño, aprobado por
Decreto Supremo N° 0072015PRODUCE
DECRETO SUPREMO
Nº 023-2015-PRODUCE
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, mediante la Ley Nº 27267, Ley de Centros de
Innovación Tecnológica, se establecen los lineamientos
para la creación, desarrollo y gestión de Centros de
Innovación Tecnológica - CITE, con la f‌i nalidad de
promover el desarrollo industrial, la artesanía, el turismo,
y la innovación tecnológica;
Que, el artículo 33 de la Ley Nº 30230, Ley
que establece medidas tributarias, simplif‌i cación
de procedimientos y permisos para la promoción y
dinamización de la inversión en el país, autoriza al Instituto
Tecnológico de la Producción a otorgar subvenciones
para los CITE públicos y privados acreditados con cargo
a su presupuesto institucional; asimismo, dispone que la
transferencia de recursos se realiza a través de convenios
de desempeño suscritos con el Instituto Tecnológico de la
Producción, de acuerdo a lo que establezca el Ministerio
de la Producción;
Que, en las medidas específ‌i cas del Eje 3: Expansión
de la productividad del Plan Nacional de Diversif‌i cación
Productiva, se establece como línea de acción, ampliar
la oferta de CITE, a f‌i n de proveer servicios de asesoría
especializada para la adopción de nuevas tecnologías y
el cumplimiento de estándares y cof‌i nanciar los servicios
de los CITE, para lo cual se f‌i rmarán convenios de
desempeño en los que se establezcan metas en términos
de cobertura y mejora de la productividad;
Que, en tal sentido, mediante Decreto Supremo N°
007-2015-PRODUCE se aprobó el Reglamento para
el otorgamiento de subvenciones para los Centros de
Innovación Tecnológica - CITE a través de Convenios de
Desempeño;
Que, a través del otorgamiento de las mencionadas
subvenciones se pretende incentivar la participación de
los CITE en el logro de los f‌i nes públicos acorde con el
Plan Nacional de Diversif‌i cación Productiva, en especial,
el que se considera en la línea de acción 1 del Eje 3,
Expansión de la productividad, que busca promover
un aumento sustancial de la productividad a través del
fortalecimiento y ampliación de la oferta de los CITE
mediante la cof‌i nanciación de los servicios que prestan;
Que, en ese sentido, resulta necesario modif‌i car los
artículos 1, 3, 5, 9, 12, 14, 16 del citado Reglamento,
con el propósito de mejorar las condiciones dadas para
el otorgamiento de las subvenciones para los CITE, a
través de la suscripción y ejecución de los convenios de
desempeño autorizados en la Ley Nº 30230;
De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 29158,
Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo
Nº 1047, Ley de Organización y Funciones del Ministerio
de la Producción, y el Reglamento de Organización y
Funciones del Ministerio de la Producción, aprobado por
Resolución Ministerial Nº 343-2012-PRODUCE;
DECRETA:
Artículo 1.- Objeto
El presente Decreto Supremo tiene por objeto modif‌i car
el Reglamento para el otorgamiento de subvenciones para
los Centros de Innovación Tecnológica - CITE a través
de Convenios de Desempeño, aprobado por Decreto
Supremo N° 007-2015-PRODUCE, con el propósito de
mejorar las condiciones dadas para el otorgamiento de
las citadas subvenciones que permitan el fortalecimiento
de los CITE.
Artículo 2.- Modif‌i cación del Reglamento para
el otorgamiento de subvenciones a los Centros de
Innovación Tecnológica - CITE a través de Convenios
de Desempeño, aprobado por Decreto Supremo N°
007-2015-PRODUCE
NL20150813.pdf 19 8/13/2015 8:23:02 AM

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