DECRETO SUPREMO N° 016-2014-/DE - Desactivan el Arma de Inteligencia en el Ejército del Perú
Fecha de disposición | 16 Diciembre 2014 |
Fecha de publicación | 16 Diciembre 2014 |
El Peruano
Martes 16 de diciembre de 2014 539921
Que, los gastos por concepto de pasajes, alimentación
y movilidad interna serán asumidos con cargo al
Presupuesto Institucional del Ministerio de Cultura;
Que, el artículo 2 del Reglamento de la Ley N° 27619,
Ley que regula la autorización de viajes al exterior de
servidores y funcionarios públicos, aprobado mediante
Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, establece que la
Resolución de autorización de viaje será debidamente
sustentada en el interés nacional o en el interés específi co
de la institución y que deberá indicarse expresamente el
motivo del viaje, el número de días, el monto de los gastos
de desplazamiento y viáticos;
Que, de conformidad con lo establecido en el
Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014,
quedan prohibidos los viajes al exterior de servidores o
funcionarios públicos y representantes del Estado con
cargo a recursos públicos, salvo el requerimiento de
excepciones adicionales a las señaladas en los literales
del citado artículo que deben ser canalizadas a través
de la Presidencia del Consejo de Ministros y autorizadas
por Resolución Suprema refrendada por el Presidente del
Consejo de Ministros;
Ley que regula la autorización de viajes al exterior de
servidores y funcionarios públicos; la Ley N° 29565, Ley
de creación del Ministerio de Cultura; la Ley Nº 30114,
Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año
Fiscal 2014; el Reglamento sobre autorizaciones de
viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos,
aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y
sus modificatorias; y, el Reglamento de Organización
y Funciones del Ministerio de Cultura, aprobado por
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Autorizar el viaje, en comisión de
servicios, de la señora Elba Fabiana Raunelli Suarez,
Coordinadora General de la Dirección General de
Industrias Culturales y Artes, a la ciudad de Bogotá,
República de Colombia, del 17 al 20 de diciembre de
2014, para los fi nes expuestos en la parte considerativa
de la presente resolución.
Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento
de la presente Resolución serán con cargo al Presupuesto
Institucional del Ministerio de Cultura, de acuerdo al
siguiente detalle:
Elba Fabiana Raunelli Suarez
Pasajes aéreos: US$ 2 659,70
Viáticos: US$ 555,00 (US $ 185,00 x 2 días +
1 día de instalación)
Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario
siguientes de efectuado el viaje, la persona referida en
el artículo 1 de la presente Resolución, deberá presentar
un informe detallado describiendo las acciones realizadas
y los resultados obtenidos en la comisión de servicios,
así como efectuar la respectiva rendición por los viáticos
entregados.
Artículo 4º.- El viaje autorizado no dará derecho
a exoneración o liberación del pago de impuestos o
de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o
denominación.
Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema será
refrendada por la Presidenta del Consejo de Ministros y la
Ministra de Cultura.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la República
ANA JARA VELÁSQUEZ
Presidenta del Consejo de Ministros
DIANA ALVAREZ-CALDERÓN GALLO
Ministra de Cultura
1177660-1
DEFENSA
Desactivan el Arma de Inteligencia en
el Ejército del Perú
DECRETO SUPREMO
Nº 016-2014-/DE
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 168 de la Constitución Política
del Perú establece que las leyes y reglamentos
respectivos determinan la organización, las funciones,
las especialidades, preparación y el empleo, y norman
la disciplina de las Fuerzas Armadas y de la Policía
Nacional;
Que, por Decreto Supremo Nº 063-91-DE/SG de 08
de noviembre de 1991, se creó el Arma de Inteligencia a
fi n de erradicar la delincuencia terrorista, el Tráfi co ilícito
de Drogas y otros delitos que atentan contra la Seguridad
Nacional;
Que, al haber disminuido el accionar del Tráfi co Ilícito
de Drogas y de las Organizaciones Terroristas, se expidió
el Decreto Supremo Nº 037 DE/EP de 29 de diciembre
de 2000, que dejó sin efecto el Decreto Supremo Nº 063-
91-DE/SG;
Que, posteriormente, se aprobó el Decreto Supremo
Nº 013-2008-DE/EP de 19 de julio de 2008, que activa el
Arma de Inteligencia;
Que, de acuerdo con el Informe de Estudio de Estado
Mayor del Ejército, las operaciones y actividades de
Inteligencia que desarrollan la mayoría de Ejércitos de
la Región son conducidas por ofi ciales con Segunda
Especialidad; asimismo, en el ámbito interno, la Marina
de Guerra y la Fuerza Aérea del Perú consideran a las
actividades de Inteligencia dentro de su organización
como Segunda Especialidad y no como Arma o Servicio;
Que, mediante Hoja de Recomendación Nº 005 /
DPTO PLANEAMIENTO /DIPER de Diciembre 2014, el
Comandante General del Ejército recomienda desactivar el
Arma de Inteligencia, a fi n de estandarizar las operaciones
y actividades de inteligencia en las Fuerzas Armadas;
Estando a lo propuesto; y,
concordante con el artículo 167 de la Constitución Política
del Perú.
DECRETA:
Artículo 1º.- Desactivar, a partir del 01 de enero de
2015, el Arma de Inteligencia en el Ejército del Perú.
Artículo 2º.- La Comandancia General del Ejército,
dispondrá las acciones de detalle correspondientes para
el debido cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Artículo 3º.- El presente Decreto Supremo será
refrendado por el Ministro de Defensa.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los quince
días del mes de diciembre del año dos mil catorce.
OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la República
PEDRO CATERIANO BELLIDO
Ministro de Defensa
1177661-1
Autorizan viaje de suboficial del Ejército
del Perú, acompañado de enfermero
y médico, para recibir tratamiento
médico altamente especializado en
EE.UU.
RESOLUCIÓN SUPREMA
Nº 732-2014-DE/EP
Lima, 15 de diciembre de 2014
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