Decreto supremo N° 010-2023-JUS. Decreto Supremo que modifica diversos artículos al Reglamento del Código de Ejecución Penal

Fecha de publicación25 Noviembre 2023
SecciónSección Única
Autorizan viaje del Ministro de Transportes y Comunicaciones a los EE.UU. y encargan su Despacho al Ministro de Energía y Minas

LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA


CONSIDERANDO:


Que, el Texto Único Ordenado del Código de Ejecución Penal, aprobado por Decreto Supremo N° 003-2021-JUS, establece las normas del régimen y tratamiento de los internos, sentenciados y/o procesados a nivel nacional;


Que, a través del artículo 2 de la Ley N° 30253, se modificó el artículo 58 del Código de Ejecución Penal (equivalente al artículo 64 del Texto Único Ordenado del Código de Ejecución Penal), incorporando un segundo párrafo para precisar que también pueden acceder al beneficio penitenciario de visita íntima, y en las mismas condiciones, el interno no casado ni conviviente respecto de la pareja que designe;


Que, asimismo, la Única Disposición Complementaria Final de la citada Ley establece que el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos reglamenta la aplicación del beneficio penitenciario de la visita íntima establecido en el segundo párrafo del artículo 58 del Código de Ejecución Penal (artículo 64 de su TUO);


Que, el Reglamento del Código de Ejecución Penal, aprobado por Decreto Supremo N° 015-2003-JUS, desarrolla en su artículo 197 la definición del beneficio de la visita íntima y en su artículo 198 se detallan los requisitos que deben cumplirse para su concesión;


Que, tomando en consideración lo antes expuesto, el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos ha propuesto el proyecto de Decreto Supremo que modifica los precitados artículos del Reglamento del Código de Ejecución Penal;


Que, en virtud al numeral 18 del inciso 28.1 del artículo 28 del Reglamento que desarrolla el...

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