Decreto Supremo N° 006-2023-IN. Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de la Ley N° 31576, Ley que incorpora dentro de los alcances de la Ley N° 30876, a los Oficiales de Servicios de la Policía Nacional del Perú en situación de actividad y retiro, egresados de la ESELAC-PNP, comprendidos en la Resolución Ministerial N° 697-2018-IN
Fecha de publicación | 28 Julio 2023 |
Sección | Separatas de Normas Legales |
LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 166 de la Constitución Política del Perú dispone que la Policía Nacional del Perú tiene por finalidad fundamental garantizar, mantener y restablecer el orden interno; así como, prevenir, investigar y combatir la delincuencia;
Que, de acuerdo al artículo 168 de la Constitución Política del Perú, las leyes y los reglamentos respectivos determinan la organización, las funciones, las especialidades, la preparación y el empleo; y norman la disciplina de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional del Perú;
Que, mediante la Ley N° 30876, se otorga el reconocimiento de tiempo de servicios como oficiales de servicio desde su ingreso a la institución, regulariza la transferencia de aportes a la Caja de Pensiones Militar-Policial y otorga el grado inmediato superior a los oficiales de servicio de la Policía Nacional del Perú, en situación de actividad, que ingresaron en el proceso de asimilación PNP 1995, comprendidos en las Resoluciones Ministeriales 929-2015-IN/PNP y 0112-2016-IN/PNP; con la finalidad de resarcir el daño ocasionado al considerarlos como empleados civiles y no como personal policial;
Que, mediante la Ley N° 31576, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 22 de setiembre de 2022, se incorpora dentro de los alcances de la Ley N° 30876, a los Oficiales de Servicios de la Policía Nacional del Perú en situación de actividad y retiro, egresados de la Escuela de Enfermería y Laboratorio Clínico de la Sanidad de la Policía Nacional del Perú (ESELAC-PNP), comprendidos en la Resolución Ministerial N° 697-2018-IN;
Que, resulta necesario precisar los procedimientos aplicables para la incorporación de los Oficiales de Servicios de la Policía Nacional del Perú en situación de actividad y retiro, comprendidos en la Resolución Ministerial N° 697-2018-IN, dentro de los alcances de la Ley N° 30876, a fin de otorgarles el reconocimiento de tiempo de servicios, regularizar la transferencia de aportes a la Caja de Pensiones Militar- Policial y otorgar el grado inmediato superior;
Que, la Única Disposición Complementaria Final de la Ley N° 31576, dispone que el Poder Ejecutivo, con el refrendo del Ministro del Interior, apruebe el Reglamento en el plazo máximo de 30 días calendario, contados a partir de la publicación de la mencionada ley;
De conformidad con lo dispuesto en el inciso 8) del artículo 118 de la Constitución Política del Perú, en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; en la Ley N° 31576...
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 166 de la Constitución Política del Perú dispone que la Policía Nacional del Perú tiene por finalidad fundamental garantizar, mantener y restablecer el orden interno; así como, prevenir, investigar y combatir la delincuencia;
Que, de acuerdo al artículo 168 de la Constitución Política del Perú, las leyes y los reglamentos respectivos determinan la organización, las funciones, las especialidades, la preparación y el empleo; y norman la disciplina de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional del Perú;
Que, mediante la Ley N° 30876, se otorga el reconocimiento de tiempo de servicios como oficiales de servicio desde su ingreso a la institución, regulariza la transferencia de aportes a la Caja de Pensiones Militar-Policial y otorga el grado inmediato superior a los oficiales de servicio de la Policía Nacional del Perú, en situación de actividad, que ingresaron en el proceso de asimilación PNP 1995, comprendidos en las Resoluciones Ministeriales 929-2015-IN/PNP y 0112-2016-IN/PNP; con la finalidad de resarcir el daño ocasionado al considerarlos como empleados civiles y no como personal policial;
Que, mediante la Ley N° 31576, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 22 de setiembre de 2022, se incorpora dentro de los alcances de la Ley N° 30876, a los Oficiales de Servicios de la Policía Nacional del Perú en situación de actividad y retiro, egresados de la Escuela de Enfermería y Laboratorio Clínico de la Sanidad de la Policía Nacional del Perú (ESELAC-PNP), comprendidos en la Resolución Ministerial N° 697-2018-IN;
Que, resulta necesario precisar los procedimientos aplicables para la incorporación de los Oficiales de Servicios de la Policía Nacional del Perú en situación de actividad y retiro, comprendidos en la Resolución Ministerial N° 697-2018-IN, dentro de los alcances de la Ley N° 30876, a fin de otorgarles el reconocimiento de tiempo de servicios, regularizar la transferencia de aportes a la Caja de Pensiones Militar- Policial y otorgar el grado inmediato superior;
Que, la Única Disposición Complementaria Final de la Ley N° 31576, dispone que el Poder Ejecutivo, con el refrendo del Ministro del Interior, apruebe el Reglamento en el plazo máximo de 30 días calendario, contados a partir de la publicación de la mencionada ley;
De conformidad con lo dispuesto en el inciso 8) del artículo 118 de la Constitución Política del Perú, en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; en la Ley N° 31576...
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