LEY, N° 30876, PODER LEGISLATIVO, CONGRESO DE LA REPUBLICA - Ley que otorga el reconocimiento de tiempo de servicios, regulariza la transferencia de aportes a la Caja de Pensiones Militar - Policial y otorga el grado inmediato superior a los oficiales de servicio de la Policía Nacional del Perú, en situación de actividad, que ingresaron en el proceso de asimilación PNP 1995, comprendidos en las Resoluciones Ministeriales 929-2015-IN/PNP y 0112-2016-IN/PNP-LEY-N° 30876 .
Fecha de disposición | 29 Noviembre 2018 |
Fecha de publicación | 29 Noviembre 2018 |
Materia | Derecho Procesal |
ley nº 30876
EL PRESIDENTE DEL CONGRESO
DE LA REPÚBLICA
POR CUANTO:
EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;
Ha dado la Ley siguiente:
LEY QUE OTORGA EL RECONOCIMIENTO DE TIEMPO DE SERVICIOS, REGULARIZA LA TRANSFERENCIA DE APORTES A LA CAJA DE PENSIONES MILITAR-POLICIAL Y OTORGA EL GRADO INMEDIATO SUPERIOR A LOS OFICIALES DE SERVICIO DE LA POLICÍA NACIONAL DEL PERÚ, EN SITUACIÓN DE ACTIVIDAD, QUE INGRESARON EN EL PROCESO DE ASIMILACIÓN PNP 1995, COMPRENDIDOS EN LAS
RESOLUCIONES MINISTERIALES
929-2015-IN/PNP Y 0112-2016-IN/PNP
La presente ley tiene por objeto otorgar el reconocimiento de tiempo de servicios como oficiales de servicio desde su ingreso a la institución, regulariza la transferencia de aportes a la Caja de Pensiones Militar-Policial y otorga el grado inmediato superior a los oficiales de servicio de la Policía Nacional del Perú, en situación de actividad, que ingresaron en el proceso de asimilación PNP 1995, comprendidos en las Resoluciones Ministeriales 929-2015-IN/PNP y 0112-2016-IN/PNP; con la finalidad de resarcir el daño ocasionado al considerarlos como empleados civiles y no como personal policial.
Otórgase, por excepción y única vez, el grado inmediato superior al personal de la Policía Nacional del Perú en situación de actividad, que ingresó en el proceso de asimilación PNP 1995, comprendido en las resoluciones ministeriales 929-2015-IN/PNP y 0112-2016-IN/PNP, con cargo al presupuesto del Ministerio del Interior.
Establécese que el régimen previsional aplicable al personal de la Policía Nacional del Perú comprendido en el proceso de asimilación PNP 1995, comprendido en las resoluciones ministeriales 929-2015-IN/PNP y 0112-2016-IN/PNP, es el establecido en el Decreto Ley 19846, por el que se unifica el régimen de pensiones del personal militar y policial de la Fuerza Armada y Fuerzas Policiales, por servicios al Estado; transfiriéndose todos los aportes previsionales efectuados durante el tiempo que estuvieron en la condición de empleados civiles y oficiales de servicio de la Policía Nacional del Perú a la Caja de Pensiones Militar-Policial.
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba