Decreto Supremo N° 001-2023-MC. Decreto Supremo que aprueba los “Lineamientos para incorporar el enfoque intercultural en la prestación de los servicios públicos”

Fecha de publicación08 Febrero 2023
SecciónSeparatas de Normas Legales
LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

Que, el numeral 19 del artículo 2 de la Constitución Política del Perú establece el derecho de toda persona a su identidad étnica y cultural, y que el Estado reconoce y protege la pluralidad étnica y cultural de la Nación;

Que, mediante la Resolución Legislativa Nº 26253, el Estado Peruano ratifica el “Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), sobre pueblos indígenas y tribales en países independientes”, cuyo texto establece las bases y mecanismos para el reconocimiento y defensa de los derechos colectivos de los pueblos indígenas u originarios;

Que, el literal c) del artículo 5 de la Ley Nº 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura y modificatoria, dispone como una competencia exclusiva y excluyente del Ministerio de Cultura, el dictado de normas y lineamientos técnicos para la adecuada ejecución y supervisión de la política sectorial;

Que, conforme a lo previsto en el literal c) del artículo 3 de la Ley N° 28983, Ley de igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres, el Estado impulsa la igualdad de oportunidad entre mujeres y hombres, considerando como un principio el respeto a la realidad pluricultural, multilingüe y multiétnica, promoviendo la inclusión social, la interculturalidad, el diálogo e intercambio en condiciones de equidad, democracia y enriquecimiento mutuo;

Que, de acuerdo a la Política Nacional para la Transversalización del Enfoque Intercultural, aprobada mediante el Decreto Supremo N° 003-2015-MC, el enfoque intercultural implica que el Estado valorice e incorpore las diferentes visiones culturales, concepciones de bienestar y desarrollo de los diversos grupos étnico-culturales para la generación de servicios con pertinencia cultural, la promoción de una ciudadanía intercultural basada en el diálogo y la atención diferenciada a los pueblos indígenas y la población afroperuana;

Que, en el lineamiento específico 1.3 del Objetivo Prioritario 1 de la Política Nacional de Cultura al 2030, aprobada mediante el Decreto Supremo Nº 009-2020-MC, se establece que se deben desarrollar estrategias para la incorporación de la pertinencia cultural en los servicios públicos;

Que, en el lineamiento de intervención 10.2.1 del Eje 10: Estado intercultural para la promoción de la diversidad cultural de la Política General de Gobierno para el periodo 2021-2026, aprobada mediante Decreto Supremo N° 164-2021-PCM, se establece consolidar la incorporación del enfoque intercultural en la...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR