DECRETO DE ALCALDIA N° 025-2014-MSB-A - Aprueban actualización del Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA de la Municipalidad
Fecha de disposición | 05 Junio 2015 |
Fecha de publicación | 05 Junio 2015 |
El Peruano
Viernes 5 de junio de 2015 554159
complementario, por lo que las políticas y planes de seguridad
ciudadana deben expresarse también en los planes operativos
institucionales (POI), así como en las acciones desarrolladas
por las entidades que conforman el SINASEC;
Que, mediante Informe N° 165-2015-MSB-GSC, la
Gerencia de Seguridad Ciudadana remite el “Plan de
Seguridad Ciudadana de San Borja – 2015” aprobado por
el Comité Distrital de Seguridad Ciudadana en Sesión de
fecha 17 de diciembre de 2014;
Que, mediante Informe N° 124-2015-MSB-GM-GAJ, La
Gerencia de Asesoría Jurídica emite opinión favorable por la
ratifi cación del Plan de Seguridad Ciudadana de San Borja,
periodo 2015, manifestando que es imperativo legal del
artículo 28° del Decreto Supremo N° 011-2014-IN, y asimismo,
que se ha considerado como Meta 02 en el Plan de Incentivos
a la Mejora de la Gestión y Modernización Municipal del Año
2015, aprobado por Decreto Supremo N° 032-2015-EF para
las Municipalidades califi cadas como Tipo A;
Que, mediante Memorando N° 295-2015-MSB-GM, la
Gerencia Municipal eleva el proyecto de Ordenanza que
ratifi ca el Plan de Seguridad Ciudadana de San Borja periodo
2015, así como los informes que sustentan la propuesta a fi n
de ser puestos a consideración del Concejo Municipal;
Estando a lo expuesto y en uso de las facultades
contenidas en el numeral 8 del artículo 9° y el 40° de la Ley
N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo
Municipal por unanimidad, y con dispensa del trámite de
aprobación del Acta, aprobó la siguiente:
ORDENANZA QUE RATIFICA EL PLAN DE
SEGURIDAD CIUDADANA DE SAN BORJA
PERIODO 2015
Artículo 1.- Ratifi cación
RATIFICAR el “Plan de Seguridad Ciudadana San
Borja 2015” aprobado por el Comité Distrital de Seguridad
Ciudadana del Distrito de San Borja, según Acta de
fecha 17 de diciembre de 2014, en cumplimiento de lo
establecido en la Ley N° 27933, Ley del Sistema Nacional
de Seguridad Ciudadana, que como Anexo forma parte
integrante de la presente Ordenanza.
Artículo 2.- Cumplimiento
ENCARGAR el cumplimiento de la presente Ordenanza
a la Gerencia de Seguridad Ciudadana en su condición
de Secretaría Técnica del Comité Distrital de Seguridad
Ciudadana del Distrito de San Borja.
Artículo 3.- Publicación
ENCARGAR a la Secretaría General, la publicación
de la presente Ordenanza en el Diario Ofi cial El Peruano;
y a la Gerencia de Tecnologías de la Información, su
publicación en el Portal Institucional (www.munisanborja.
gob.pe).
Artículo 4.- Vigencia
La presente Ordenanza entrará en vigencia al día
siguiente de su publicación.
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
MARCO ÁLVAREZ VARGAS
Alcalde
1246560-1
Aprueban actualización del Texto Único
de Procedimientos Administrativos -
TUPA de la Municipalidad
DECRETO DE ALCALDÍA
N° 025-2014-MSB-A
San Borja, 31 de diciembre 2014
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DE SAN BORJA:
VISTOS, el Informe N° 096-2014-MSB-GM-GPE de
la Gerencia de Planifi cación Estratégica de fecha 22 de
setiembre de 2014; el Informe N° 157-2014-MSB-GM-
GPE de la Gerencia de Planifi cación Estratégica de fecha
30 de diciembre de 2014; el Informe N°760-2014-MSB-
GM-GAJ de la Gerencia de Asesoría Jurídica de fecha 31
de diciembre del 2014; y,
CONSIDERANDO:
Que, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 36,1
de la Ley N°27972, Ley Orgánica de Municipalidades,
los procedimientos, requisitos y costos administrativos
se establecen exclusivamente, en el caso de los
gobiernos locales, mediante Ordenanza Municipal, los
procedimientos los mismos, que deben ser comprendidos
y sistematizados en el Texto Único de Procedimientos
Administrativos – TUPA;
Que el numeral 38.5 del artículo 38° de la Ley N°27444,
Ley de Procedimiento Administrativo General, establece
que una vez aprobado el TUPA, toda modifi cación que no
implique creación de nuevos procedimientos, incremento
de los derechos de tramitación o requisitos, se deben
realizar por Decreto de Alcaldía;
Que, con fecha 12 de julio de 2014, fue promulgada
la Ley N° 30230, Ley que establece Medidas Tributarias,
Simplifi cación de Procedimientos y Permisos para la
Promoción y Dinamización de la Inversión en el País;
Que el Capítulo V contiene modifi caciones a las
disposiciones que regula el establecimiento de tasas
por trámite, derechos y licencias de funcionamiento;
modifi caciones que se realizan a los artículos 67°, 68° y 70
del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal,
aprobado mediante el Decreto Supremo N° 156-2004-EF;
Que, asimismo, se suman otras modifi caciones
de relevancia para los gobiernos locales, tal como
la modifi cación del artículo 38° de la Ley 27444, al
modifi carse los numerales 38.7; 38.8 y 38.9, referidos a la
aprobación y difusión del TUPA;
Que, el artículo 42° de la Ley N°27972, dispone que
mediante Decreto de Alcaldía se establecen normas
reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas,
sancionan los procedimientos necesarios para la correcta
y efi ciente administración municipal y se resuelven o
regulan asuntos de orden general y de interés de los
administrados;
Que, bajo el marco legal que antecede, la Gerencia
de Planifi cación Estratégica mediante documento del
visto presenta el proyecto de TUPA de la Municipalidad de
San Borja actualizado a la normativa vigente, habiendo
consolidado y defi nido los procedimientos que la normativa
indicada motiva exige;
Que, la Gerencia de Asesoría Jurídica mediante
Informe N°0760-2014-MSB-GM-GAJ, opina y recomienda
la aprobación de la adecuación del Texto Único de
Procedimientos Administrativos – TUPA, a los postulados
de la Ley N° 30230 por Decreto de Alcaldía, puesto que
la Gerencia de Planifi cación Estratégica, encontrándose
ajustado al marco legal establecido;
Estando a lo expuesto, al amparo de la normativa
señalada, y en uso de las facultades conferidas por
el numeral 6) del artículo 20° de la Ley Orgánica de
Municipalidades, Ley N° 27972; y con el visto bueno de la
Gerencia de Asesoría Jurídica, Gerencia de Planifi cación
Estratégica y Gerencia Municipal.
DECRETA:
Artículo Primero.- APROBAR la actualización normativa
de los procedimientos contenidos en el Texto Único de
Procedimientos Administrativos – TUPA de la Municipalidad
de San Borja, aprobado por Ordenanza N°406-MSB y
modifi catorias; acorde a los disposiciones establecidas en
la Ley N° 30230, Ley que establece medidas tributarias,
simplifi cación de procedimientos y permisos para la
promoción y dinamización de la inversión en el país.
Artículo Segundo.- ENCARGAR el cumplimiento del
presente Decreto de Alcaldía a los órganos a cargo de los
procedimientos contenidos en el TUPA de la Municipalidad
de San Borja.
Artículo Tercero.- PUBLICAR el presente Decreto
de Alcaldía en el diario ofi cial El Peruano, así como
difundir su texto y del Anexo en el Portal de Transparencia
Institucional y el Portal de Servicios al Ciudadano y
Empresas.
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
ALBERTO VON DER HEYDE BIOSCA
Teniente Alcalde
Encargado de la Alcaldía
1246559-1
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