Decreto de Alcaldia Nº 014-2022-ALC/MVES. Prorrogan vigencia de la Ordenanza N° 465-MVES, “Ordenanza Arriba Villa que otorga beneficios tributarios y no tributarios a favor de los contribuyentes del Distrito de Villa El Salvador”

Fecha de publicación31 Agosto 2022
SecciónSeparatas de Normas Legales
Villa El Salvador, 26 de agosto del 2022

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE

VILLA EL SALVADOR

VISTOS: El Memorando N° 891-2022-GM/MVES de la Gerencia Municipal, el Informe Nº 248-2022-OAJ/MVES de la Oficina de Asesoría Jurídica y el Informe Nº 106-2022-GRAT/MVES de la Gerencia de Rentas y Administración Tributaria, sobre prórroga de la Ordenanza Nº 465-MVES “Ordenanza Arriba Villa que otorga beneficios tributarios y no tributarios a favor de los contribuyentes del Distrito de Villa El Salvador”, y;

CONSIDERANDO:

Que, el Artículo 194° de la Constitución Política del Perú, modificado por la Ley N° 30305, en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27972 establece que “Las municipalidades provinciales y distritales son los órganos de gobierno local. Tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; autonomía que radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico.”;

Que, el numeral 6) del artículo 20° de la Ley N° 27972Ley Orgánica de Municipalidades, establece que son atribuciones del Alcalde: “(…) 6. Dictar Decretos y Resoluciones de Alcaldía, con sujeción a las leyes y ordenanzas (…)”; asimismo, el artículo 42º establece que: “Los Decretos de Alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del Concejo Municipal.”;

Que, mediante Ordenanza Nº 465-MVES “Ordenanza Arriba Villa que otorga beneficios tributarios y no tributarios a favor de los contribuyentes del Distrito de Villa El Salvador”, se establece de manera excepcional, el régimen de beneficios tributarios y no tributarios para incentivar el pago voluntario de las obligaciones ante la municipalidad; y así ayudar a mitigar el impacto en la economía familiar de las disposiciones de prevención del COVID-19; estableciéndose en dicho dispositivo municipal que tendría vigencia hasta el 30 de julio de 2022; precisándose en su Segunda Disposición Complementaria Transitoria y Final, que se facultaba al señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía, pueda prorrogar la vigencia de la misma;

Que, mediante Decreto de Alcaldía N° 012-2022-ALC/MVES se dispone la prórroga de la Ordenanza Nº 465-MVES “Ordenanza...

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