DECRETO DE ALCALDIA Nº 014-2015 - Aprueban nuevo Reglamento para la Tramitación y Evaluación de Iniciativas Privadas en Proyecto de Inversión de la Municipalidad de La Molina

Fecha de publicación30 Agosto 2015
Fecha de disposición30 Agosto 2015
560448 NORMAS LEGALES Domingo 30 de agosto de 2015 /
El Peruano
SALUD 14,562,405.86
1 SALUD 174311 “MEJORAMIENTO DE LOS SERVICIOS DE SALUD
AMBIENTAL DE LA DIRECCION EJECUTIVA DE
SALUD AMBIENTAL-REGION UCAYALI”
REGION
UCAYALI SEDE
CENTRAL CALLERIA VIABLE APROBADO 14,562,405.86
EDUCACION 6,370,583.00
1 EDUCACION 291138
“MEJORAMIENTO DE LA PRESTACION DE LOS
SERVICIOS EDUCATIVOS EN LA I.E CEBE Nº
01 REVERENDO PADRE SANTIAGO CASTRO
LUCINI A.H 09 DE OCTUBRE-DISTRITO DE
CALLERIA, PROVINCIA DE CORONEL PORTILLO-
DEPARTAMENTO DE UCAYALI”
REGION
UCAYALI SEDE
CENTRAL
YARINA-
COCHA VIABLE 6,370,583.00
TOTAL S/ 143,823,012.93
Artículo Segundo.- AUTORICESE al Gobernador
Regional a Constituir el Comité Especial bajo los alcances
de la Ley Nº 29230 y su Reglamento aprobado por Decreto
Supremo Nº 005-2014-EF, el cual dirigirá el proceso de
selección de la o las empresas privadas que f‌i nanciarán y
ejecutarán los proyectos que se están priorizando.
Artículo Tercero.- AUTORICESE al Gobernador
Regional implementar los demás aspectos relacionados
con la emisión y uso de los Certif‌i cados de Inversión
Pública Regional y Local – Tesoro Público – CIPRL.
Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Of‌i cina de
Administración del Gobierno Regional de Ucayali, la
publicación del presente Acuerdo Regional en el Diario
Of‌i cial El Peruano, en el Diario local de mayor circulación
Regional y la Of‌i cina de Sistemas su difusión a través
del portal web del Gobierno Regional de Ucayali (www.
regionucayali.gob.pe).
Artículo Quinto.- DISPENSAR del trámite de
Comisiones, lectura y aprobación del acta”.
POR TANTO:
Mando se publique y cumpla.
EBER PORTOCARRERO TANANTA
Consejero Delegado
Consejo Regional
1280436-1
GOBIERNOS LOCALES
MUNICIPALIDAD DE LA MOLINA
Aprueban nuevo Reglamento para la
Tramitación y Evaluación de Iniciativas
Privadas en Proyectos de Inversión de la
Municipalidad de La Molina
DECRETO DE ALCALDÍA
Nº 014-2015
La Molina, 28 de agosto de 2015
EL ALCALDE DISTRITAL DE LA MOLINA
VISTO: El Memorando Nº 531-2015-MDLM-GM
(14.08.15) de la Gerencia Municipal y el Informe Nº
231-2015-MDLM-GAJ (27.08.15) de la Gerencia de Asesoría
Jurídica, sobre Reglamento para la Tramitación y Evaluación
de Iniciativas Privadas en Proyectos de Inversión; y,
CONSIDERANDO:
Que, según el artículo 194º de la Constitución
Política del Perú, en concordancia con el artículo II del
Título Preliminar de la Ley Nº 27972, L
ey Orgánica de
Municipalidades, los gobiernos locales gozan de
autonomía política, económica y administrativa en los
asuntos de su competencia;
Que, de acuerdo al artículo 42º de la misma
Ley Orgánica, mediante decretos de alcaldía se
establecen normas reglamentarias y de aplicación
de las ordenanzas, sancionan los procedimientos
necesarios para la correcta y ef‌i ciente administración
municipal y resuelven o regulan asuntos de orden
general y de interés para el vecindario, que no sean de
competencia del Concejo Municipal;
Que, la Ley Nº 28059, Ley Marco de Promoción de la
Inversión Descentralizada, estableció el marco normativo
para que el Estado, en sus tres niveles de gobierno,
promueva la inversión de manera descentralizada como
herramienta para lograr el desarrollo integral, armónico
y sostenible de cada región, en alianza estratégica entre
los gobiernos regionales, locales, la inversión privada y la
sociedad civil;
Que, el artículo 1º del Reglamento para la Promoción
de la Inversión Privada en Lima Metropolitana, aprobado
por la Ordenanza Nº 867 de la Municipalidad Metropolitana
establece el marco normativo para que la Municipalidad
Metropolitana de Lima y las Municipalidades distritales
de su jurisdicción promuevan la inversión privada como
herramienta para lograr el desarrollo integral, armónico y
sostenible de la Provincia de Lima;
Que, mediante la Ordenanza Nº 211-MDLM de fecha
24 de mayo del 2011, se establecieron las disposiciones
generales que regulan el tratamiento de la promoción
de la inversión privada en el ámbito de la Municipalidad
de La Molina en materia de infraestructura pública o la
prestación de servicios públicos;
Que, en la Primera Disposición Final de la referida
Ordenanza, se estableció que por Decreto de Alcaldía se
dictarían las disposiciones complementarias, así como las
normas reglamentarias para la tramitación y evaluación de
las Iniciativas Privadas en proyectos de Inversión Pública;
Que, con Decreto de Alcaldía Nº 016-2011 de fecha
07 de setiembre de 2011, se aprobó el Reglamento
para la tramitación y evaluación de iniciativas privadas
en proyectos de inversión, con la f‌i nalidad de garantizar
mayor transparencia e imparcialidad y el procedimiento a
seguir para la presentación, ante la Municipalidad Distrital
de La Molina, de las iniciativas privadas en proyectos de
inversión, para su correspondiente admisión a trámite,
evaluación del contenido y posterior declaración de
interés, de ser el caso;
Que, con Decreto Legislativo Nº 1012 de fecha 12 de
mayo de 2008 se aprobó la “Ley Marco de Asociaciones
Público-Privadas para la generación de empleo productivo
y dicta normas para la agilización de los procesos de
promoción de la inversión privada”, que tiene como
objeto establecer los principios, procesos y atribuciones
del Sector Público para la evaluación, implementación y
operación de infraestructura pública o la prestación de
servicios públicos, con participación del sector privado,
así como establecer el marco general aplicable a las
iniciativas privadas. Es de señalar, que en el artículo 3º
de la referida norma, se def‌i ne a las Asociaciones Público
Privadas - APP como modalidades de participación de
la inversión privada en las que se incorpora experiencia,
conocimientos, equipos, tecnología, y se distribuyen
riesgos y recursos, preferentemente privados, con el
objeto de crear, desarrollar, mejorar, operar o mantener
infraestructura pública o proveer servicios públicos (...);
18 de diciembre de 2008, se aprobó el Reglamento del
Decreto Legislativo Nº 1012, el que posteriormente con
Decreto Supremo Nº 127-2014-EF de fecha 31 de mayo

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