Decreto de Alcaldia Nº 012-2022-MDC/A. Convocan a la ciudadanía en general del distrito de Cieneguilla, a la Audiencia Pública de Rendición de Cuentas de la Municipalidad Distrital de Cieneguilla

Fecha de publicación23 Diciembre 2022
SecciónSeparatas de Normas Legales
Cieneguilla, 15 de diciembre del 2022

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CIENEGUILLA;

VISTO:

La Ordenanza Municipal Nº 349-2022-MDC, de fecha 30 de noviembre del 2022, que aprueba el Reglamento de Audiencia Pública de Rendición de Cuentas del año fiscal 2021 y el año fiscal 2022 de la Municipalidad Distrital de Cieneguilla, Informe Nº 423-2022-GPP/MDC, de fecha 15 de diciembre del 2022, emitido por la Gerencia de Planificación y Presupuesto, y;

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificado por el artículo único de la Ley Nº 30305, establece que las municipalidades son órganos de gobierno local, con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, lo cual es concordante con lo estipulado en el artículo II del TÍTULO PRELIMINAR de la Ley Nº 27972 – “Ley Orgánica de Municipalidades”, y que dicha autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración con sujeción al ordenamiento jurídico;

Que, la Constitución Política del Perú, en su Artículo 31º, consagra el derecho de los ciudadanos a participar en forma activa en la Gestión Municipal de acuerdo a la normatividad sobre la materia y en los artículos 197º y 199º establecen que las municipalidades promueven, apoyan y reglamentan la participación vecinal en el desarrollo local, formulan sus presupuestos con la participación de la población y rinden cuenta de su ejecución, en forma anual y bajo responsabilidad.

Que, la Ley de Bases de Descentralización Nº 27783, en su Título III, Aspectos Generales de la Descentralización, Capitulo IV, dispone que los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales deberán garantizar el acceso de todos los ciudadanos a la información pública, con las excepciones que señala la Ley, así como la conformación de espacios y mecanismos de consulta, concertación, control, evaluación y rendición de cuentas;

Que, los Gobiernos Locales son entidades básicas de organización territorial del Estado y canales inmediatos de participación vecinal en los asuntos públicos que institucionalizan y gestión con autonomía los intereses de la población de sus correspondientes colectividades,

Que, el literal d) del numeral 2.4. Artículo 2º del Decreto Supremo Nº 004-2013-PCM, aprueba la Política Nacional de Modernización de la Gestión Publica establece “La transparencia, rendición de cuentas y ética pública, los funcionarios públicos deben servir a los intereses de la Nación, procurar aumentar la...

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