Decreto de alcaldia N° 011-2023-ALC/MVES. Aprueban el Reglamento para el Funcionamiento del Centro Integral de Atención al Adulto Mayor - CIAM de la Municipalidad Distrital de Villa El Salvador

Fecha de publicación17 Septiembre 2023
SecciónSección Única
Villa El Salvador, 14 de setiembre del 2023

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE

VILLA EL SALVADOR

VISTOS: El Memorando Nº 609-2023-GM/MVES de la Gerencia Municipal, el Informe Nº 258-2023-OAJ/MVES de la Oficina de Asesoría Jurídica, el Informe Nº1348-2023-OPP/MVES de la Oficina de Planificación y Presupuesto, el Informe Nº 057-2023-GDIS/MVES de la Gerencia de Desarrollo e Inclusión Social y el Informe Nº 0517-2023-SGSSBSDOC-GDIS/MVES de la Subgerencia de Salud Sanidad y Bienestar Social (DEMUNA, OMAPED Y CIAM), sobre aprobación de Reglamento para el Funcionamiento del Centro Integral de Atención al Adulto Mayor (CIAM) de la Municipalidad Distrital de Villa El Salvador, y;

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, concordante en el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, establece que: “Los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, precisando que, esta radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico”;

Que, asimismo el artículo 4º de la Carta Magna precisa: “La comunidad y el Estado protegen, entre otros, al anciano en situación de abandono (…).”; de igual modo, el artículo 7º señala: “Todos tienen derecho a la protección de su salud, la del medio familiar y la de la comunidad, así como el deber de contribuir a su promoción y defensa. La persona incapacitada para velar por sí misma a causa de una deficiencia física o mental tiene derecho al respeto de su dignidad y a un régimen legal de protección, atención, readaptación y seguridad.”

Que, el numeral 6) del artículo 20° de la Ley Nº 27972Ley Orgánica de Municipalidades, establece que son atribuciones del Alcalde entre otras: ¨Dictar Decretos y Resoluciones de Alcaldía, con sujeción a las leyes y ordenanzas¨; y el artículo 42° señala que: “Los Decretos de Alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del Concejo Municipal”;

Que, la Ley Nº 30490, Ley de las Personas Adultas Mayores, tiene por objeto establecer un marco normativo que garantice el ejercicio de los derechos de la persona adulta mayor, a fin de mejorar su calidad de vida y propiciar su plena integración al...

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